Flash Informativo Marzo 17

Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

Declarado inconstitucional el actual régimen sancionatorio aduanero

La Corte, mediante la Sentencia C-072 del 27 de febrero de 2025, MP. Cristina Pardo, declaró la inconstitucionalidad del Régimen sancionatorio aduanero contenido en el Decreto Ley 920 de 2023, expedido en desarrollo de las facultades contenidas en el Art. 68 de la Ley 2277 de 2022, al considerar que su expedición excedió las competencias del Ejecutivo.

Lo anterior, producto de la inconstitucionalidad del Art. 68 de la Ley 2277 de 2022, que otorgaba facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas, incluyendo el procedimiento aplicable, las cuales fueron desarrolladas por el Decreto Ley 920 de 2003.

La Corte fundamento su decisión en la vulneración del artículo 150, numeral 10, de la Constitución, el cual establece que la expedición de códigos y regímenes normativos de carácter integral es una potestad exclusiva del Congreso de la República y no puede ser delegada al Presidente mediante facultades extraordinarias.

El fallo resalta que la norma demandada confería al Ejecutivo la facultad de estructurar y adoptar un régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera, configurándose como un código en términos constitucionales. La prohibición de delegación en estos casos busca garantizar la separación de poderes y el principio democrático, al exigir que este tipo de regulaciones sean sometidas al debate y aprobación del Congreso, en su calidad de órgano legislador.

La Sentencia C-441 de 2021 ya había advertido sobre la necesidad de que el Congreso regulara directamente este régimen, señalando que el modelo de regulación a través de decretos administrativos o leyes marco no era compatible con los principios constitucionales de legalidad y reserva de ley en materia sancionatoria. La decisión de la Corte ratifica la postura que ha mantenido durante los últimos años frente a cerrar la posibilidad de que el Ejecutivo continúe regulando este tema mediante decretos con fuerza de ley.

Efectos del fallo y transición normativa

Para evitar un vacío normativo en materia sancionatoria aduanera, la Corte decidió diferir los efectos de la sentencia hasta el 30 de junio de 2026. Esto significa que, aunque el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 y el Decreto Ley 920 de 2023 fueron declarados inconstitucionales, seguirán vigentes temporalmente, permitiendo la aplicación del régimen sancionatorio actual hasta que el Congreso expida una nueva ley que regule el tema de manera definitiva.

Este plazo impone un reto legislativo significativo, pues el Congreso deberá tramitar y aprobar una normativa que sustituya el régimen sancionatorio aduanero expedido por el Ejecutivo, garantizando que cumpla con los estándares de legalidad, proporcionalidad y debido proceso exigidos en materia sancionatoria.

Impacto en el sector aduanero

La decisión genera un escenario de incertidumbre para importadores, operadores de comercio exterior y la DIAN, quienes deberán continuar aplicando el régimen transitorio hasta que el Congreso defina la nueva legislación. Si bien la vigencia temporal del Decreto 920 de 2023 evita un colapso ante un vacío normativo en la fiscalización aduanera, el fallo deja en evidencia la necesidad de regular estas materias dentro del marco constitucional.

Además, el pronunciamiento de la Corte establece un precedente clave para futuros debates sobre el alcance de las facultades extraordinarias del Ejecutivo, subrayando que no pueden ser utilizadas para expedir cuerpos normativos con el alcance de un código, lo que podría impactar otras regulaciones en el ámbito sancionatorio.

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