Flash Informativo Agosto 8

Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

Se modifica el reconocimiento de descanso remunerado durante la lactancia materna.

Por medio de la Ley 2306 de 2023, se modificó el artículo 238 del Código Sustantivo de Trabajo, relacionado con el descanso remunerado al que tiene derecho la madre lactante. 

Con este cambio, los empleadores deberán reconocer a la trabajadora los dos descansos remunerados de 30 minutos durante los 6 primeros meses de edad del recién nacido y una vez culminado este periodo, otorgar un descanso de 30 minutos diarios hasta los 2 años de edad del menor, esto siempre y cuando se mantenga la lactancia materna.

Adicional a lo anterior el empleador deberá conceder más descansos a los anteriormente indicados siempre y cuando la trabajadora presente el certificado médico que justifique las razones para ese mayor número de descansos diarios.

Se debe recordar que el empleador debe establecer una sala de lactancia en las instalaciones en donde se ejecutan las labores o en su defecto contratar con instituciones que permitan estos descansos de lactancia.

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