Flash Informativo Febrero 26

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Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

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Martin Escobar

Director de KPMG Law

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Programas de Transparencia y Ética Empresarial

Decreto 176 de 2021: Reuniones ordinarias

Con el fin de determinar una fecha máxima y cierta para la celebración de las reuniones ordinarias del máximo órgano social correspondientes al fin de los ejercicios 2019 y 2020, el pasado 23 de febrero, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo profirió el Decreto 176 de 2021, por medio del cual se adoptan, entre otras, las siguientes medidas:

  1. Se determinó como plazo máximo para la realización de las reuniones ordinarias correspondientes al fin del ejercicio 2019, el 31 de marzo de 2021.
  2. Las reuniones correspondientes al fin del ejercicio 2020, se deberán llevar a cabo siguiendo las reglas del artículo 422 del Código de Comercio, el cual remite a las disposiciones estatutarias que las sociedades tengan al respecto, y en ausencia de estas, dispone que la reunión deberá celebrarse dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio.
  3. Respecto a la modalidad de la reunión, el Decreto 176 determina que cada sociedad podrá escoger si celebra la reunión de forma presencial, no presencial o mixta, siempre y cuando se garanticen no solo las disposiciones legales y estatutarias relativas al régimen de convocatorias, quórums y mayorías, sino también las condiciones sanitarias y de bioseguridad (cuando se opte por la realización de reuniones de forma presencial o mixta).
  4. En cuanto al ejercicio del derecho de inspección, asunto de permanente consulta el año pasado por los administradores de las sociedades, el Decreto autorizó a los administradores a usar repositorios electrónicos de información o cualquier otra herramienta digital que garantice el acceso y reserva de la información.
  5. Por último, el Decreto también incorpora disposiciones referentes a la imposibilidad de la realización de las reuniones por derecho propio y a la aplicación de las medidas del Decreto a los distintos tipos societarios y propiedades horizontales.

KPMG Advisory, Tax & Legal S.A.S. pone a disposición de sus clientes y demás usuarios sus servicios de asesoría legal para estos asuntos, a través de César Barrero Berardinelli (Socio) cesarbarrero@kpmg.com y Martín Escobar (Gerente Senior) martinescobar@kpmg.com.

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