Flash Informativo Abril 7
Flash Informativo Abril 7
Este documento se centra en la actualización de leyes residentes, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Nueva extensión de plazos para presentar las declaraciones de renta de grandes contribuyentes y personas jurídicas.
En atención a la incertidumbre generada por la crisis sanitaria y económica originada por el COVID-19, que sigue afectado la normal operación de los sectores económicos del país, el Gobierno Nacional, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió el Decreto 520 del 06 de abril, por medio del cual se amplían los plazos para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al año gravable 2019 y de la declaración de activos en el exterior tanto para los grandes contribuyentes, como para las personas jurídicas, así:
Impuesto de renta Grandes Contribuyentes
- El Decreto 520 mantiene los plazos para pagar la segunda cuota, sin embargo, no se exigirá la presentación de la declaración en esta fecha, en consecuencia, el PAGO de la segunda cuota deberá realizarse en las siguientes fechas:
Último dígito del NIT | Plazo inicial DECLARACIÓN Y PAGO 2ª cuota | Plazo DECLARACIÓN Y PAGO 2ª cuota, Decreto 435 | Plazo PAGO 2ª cuota Decreto 520 |
0 |
14 de abril de 2020 |
21 de abril de 2020 |
21 de abril de 2020 |
9 |
15 de abril de 2020 |
22 de abril de 2020 |
22 de abril de 2020 |
8 |
16 de abril de 2020 |
23 de abril de 2020 |
23 de abril de 2020 |
7 |
17 de abril de 2020 |
24 de abril de 2020 |
24 de abril de 2020 |
6 |
20 de abril de 2020 |
27 de abril de 2020 |
27 de abril de 2020 |
5 |
21 de abril de 2020 |
28 de abril de 2020 |
28 de abril de 2020 |
4 |
22 de abril de 2020 |
29 de abril de 2020 |
29 de abril de 2020 |
3 |
23 de abril de 2020 |
30 de abril de 2020 |
30 de abril de 2020 |
2 |
24 de abril de 2020 |
4 de mayo de 2020 |
4 de mayo de 2020 |
1 |
27 de abril de 2020 |
5 de mayo de 2020 |
5 de mayo de 2020 |
- Si bien ha sido recurrente que el Gobierno Nacional fije como fecha para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios la fecha en la cual se paga la segunda cuota del tributo, derivado de la emergencia sanitaria y económica, la fecha para PRESENTAR la declaración tributaria se ha ampliado al momento de realizar el PAGO de la tercera cuota, así:
Último dígito del NIT | Plazo DECLARACIÓN Y PAGO 3ª cuota |
0 |
9 de junio de 2020 |
9 |
10 de junio de 2020 |
8 |
11 de junio de 2020 |
7 |
12 de junio de 2020 |
6 |
16 de junio de 2020 |
5 |
17 de junio de 2020 |
4 |
18 de junio de 2020 |
3 |
19 de junio de 2020 |
2 |
23 de junio de 2020 |
1 |
24 de junio de 2020 |
- El Decreto 520 establece que el pago de la segunda cuota, deberá corresponder al 45% del valor del saldo a pagar del año gravable 2018, dentro de las fechas que ya habían sido fijadas con el Decreto 435.
- El Decreto precisa que, en el evento en el que al momento del pago de la primera cuota se hubiera elaborado la declaración y se tenga por cierto que la declaración correspondiente al año gravable arroja saldo a favor, se podrá eximir el contribuyente de su pago, sin perjuicio que al momento de la presentación de la declaración se determine un saldo a pagar, en cuyo evento ser deberá pagar los correspondientes valores y los intereses de mora sobre el monto equivalente a la primera cuota.
- Si al momento del pago de la segunda cuota ya se ha presentado la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, se deberá tomar el impuesto a pagar y se restará el valor de la primera cuota y del saldo se pagará el 50% como segunda cuota y el 50% restante como tercera cuota.
Impuesto de renta Personas Jurídicas
Dos últimos dígitos del del NIT | Plazo inicial DECLARACIÓN Y PAGO 1ª cuota |
Plazo DECLARACIÓN Y PAGO 1ª cuota Decreto 435 |
Plazo PAGO 1ª cuota Decreto 520 |
96 al 00 |
14 de abril de 2020 |
21 de abril de 2020 |
21 de abril de 2020 |
91 al 95 |
15 de abril de 2020 |
22 de abril de 2020 |
22 de abril de 2020 |
86 al 90 |
16 de abril de 2020 |
23 de abril de 2020 |
23 de abril de 2020 |
81 al 85 |
17 de abril de 2020 |
24 de abril de 2020 |
24 de abril de 2020 |
76 al 80 |
20 de abril de 2020 |
27 de abril de 2020 |
27 de abril de 2020 |
71 al 75 |
21 de abril de 2020 |
28 de abril de 2020 |
28 de abril de 2020 |
66 al 70 |
22 de abril de 2020 |
29 de abril de 2020 |
29 de abril de 2020 |
61 al 65 |
23 de abril de 2020 |
30 de abril de 2020 |
30 de abril de 2020 |
56 al 60 |
24 de abril de 2020 |
4 de mayo de 2020 |
4 de mayo de 2020 |
51 al 55 |
27 de abril de 2020 |
5 de mayo de 2020 |
5 de mayo de 2020 |
46 al 50 |
28 de abril de 2020 |
6 de mayo de 2020 |
6 de mayo de 2020 |
41 al 45 |
29 de abril de 2020 |
7 de mayo de 2020 |
7 de mayo de 2020 |
36 al 40 |
20 de abril de 2020 |
8 de mayo de 2020 |
8 de mayo de 2020 |
31 al 35 |
4 de mayo de 2020 |
11 de mayo de 2020 |
11 de mayo de 2020 |
26 al 30 |
5 de mayo de 2020 |
12 de mayo de 2020 |
12 de mayo de 2020 |
21 al 25 |
6 de mayo de 2020 |
13 de mayo de 2020 |
13 de mayo de 2020 |
16 al 20 |
7 de mayo de 2020 |
14 de mayo de 2020 |
14 de mayo de 2020 |
11 al 15 |
8 de mayo de 2020 |
15 de mayo de 2020 |
15 de mayo de 2020 |
06 al 10 |
11 de mayo de 2020 |
18 de mayo de 2020 |
18 de mayo de 2020 |
01 al 05 |
12 de mayo de 2020 |
19 de mayo de 2020 |
19 de mayo de 2020 |
- De modo similar a lo que ocurrió con los grandes contribuyentes, el plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios se amplió, de manera que se trasladó la fecha para presentar la declaración a la segunda cuota, así:
Dos últimos dígitos del del NIT | Plazo DECLARAR Y PAGAR la 2ª cuota Decreto 520 |
96 al 00 |
1 de junio de 2020 |
91 al 95 |
2 de junio de 2020 |
86 al 90 |
3 de junio de 2020 |
81 al 85 |
4 de junio de 2020 |
76 al 80 |
5 de junio de 2020 |
71 al 75 |
8 de junio de 2020 |
66 al 70 |
9 de junio de 2020 |
61 al 65 |
10 de junio de 2020 |
56 al 60 |
11 de junio de 2020 |
51 al 55 |
12 de junio de 2020 |
46 al 50 |
16 de junio de 2020 |
41 al 45 |
17 de junio de 2020 |
36 al 40 |
18 de junio de 2020 |
31 al 35 |
19 de junio de 2020 |
26 al 30 |
23 de junio de 2020 |
21 al 25 |
24 de junio de 2020 |
16 al 20 |
25 de junio de 2020 |
11 al 15 |
26 de junio de 2020 |
06 al 10 |
30 de junio de 2020 |
01 al 05 |
1 de julio de 2020 |
- Cabe resaltar que el pago de la primera cuota equivaldrá al 50% del saldo a pagar determinado en la declaración del año gravable 2018.
- Si a la fecha de vencimiento de la primera cuota el contribuyente ya haya presentado la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2019, la primera cuota será equivalente al 50% del valor a pagar liquidado en esa declaración, y el 50% restante se cancelará con la segunda cuota.
Declaración anual de activos en el exterior
Último dígito del NIT | Grandes Contribuyentes, Decreto 435 | Grandes Contribuyentes Decreto 520 |
0 |
21 de abril de 2020 |
9 de junio de 2020 |
9 |
22 de abril de 2020 |
10 de junio de 2020 |
8 |
23 de abril de 2020 |
11 de junio de 2020 |
7 |
24 de abril de 2020 |
12 de junio de 2020 |
6 |
27 de abril de 2020 |
16 de junio de 2020 |
5 |
28 de abril de 2020 |
17 de junio de 2020 |
4 |
29 de abril de 2020 |
18 de junio de 2020 |
3 |
30 de abril de 2020 |
19 de junio de 2020 |
2 |
4 de mayo de 2020 |
23 de junio de 2020 |
1 |
5 de mayo de 2020 |
24 de junio de 2020 |
Dos últimos dígitos del NIT | Personas Jurídicas, Decreto 435 | Personas Jurídicas |
96 al 00 |
21 de abril de 2020 |
1 de junio de 2020 |
91 al 95 |
22 de abril de 2020 |
2 de junio de 2020 |
86 al 90 |
23 de abril de 2020 |
3 de junio de 2020 |
81 al 85 |
24 de abril de 2020 |
4 de junio de 2020 |
76 al 80 |
27 de abril de 2020 |
5 de junio de 2020 |
71 al 75 |
28 de abril de 2020 |
8 de junio de 2020 |
66 al 70 |
29 de abril de 2020 |
9 de junio de 2020 |
61 al 65 |
30 de abril de 2020 |
10 de junio de 2020 |
56 al 60 |
4 de mayo de 2020 |
11 de junio de 2020 |
51 al 55 |
5 de mayo de 2020 |
12 de junio de 2020 |
46 al 50 |
6 de mayo de 2020 |
16 de junio de 2020 |
41 al 45 |
7 de mayo de 2020 |
17 de junio de 2020 |
36 al 40 |
8 de mayo de 2020 |
18 de junio de 2020 |
31 al 35 |
11 de mayo de 2020 |
19 de junio de 2020 |
26 al 30 |
12 de mayo de 2020 |
23 de junio de 2020 |
21 al 25 |
13 de mayo de 2020 |
24 de junio de 2020 |
16 al 20 |
14 de mayo de 2020 |
25 de junio de 2020 |
11 al 15 |
15 de mayo de 2020 |
26 de junio de 2020 |
06 al 10 |
18 de mayo de 2020 |
30 de junio de 2020 |
01 al 05 |
19 de mayo de 2020 |
1 de julio de 2020 |
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