Flash Informativo Abril 6
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Este documento se centra en la actualización de leyes residentes, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Resolución 385 de 1 de abril de la UGPP
Mediante la Resolución No. 385 del pasado 1 de abril, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP- suspendió, durante la emergencia sanitaria, los términos en los procesos administrativos de determinación, sancionatorios, de discusión, por interposición de recursos de reconsideración o acción de revocatoria directa, y cobro de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social que adelanta esta entidad.
Los términos de las actuaciones administrativas se reanudarán a partir del día hábil siguiente a la superación de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional.
Esta entidad manifestó que lo anterior no aplicará cuando el aportante u obligado, mediante comunicación dirigida a la Unidad, solicitare la continuidad del proceso administrativo o el trámite de la solicitud de terminación por mutuo acuerdo o conciliación judicial, casos en los cuales la entidad, mediante acto de trámite, atenderá la solicitud ordenando la reanudación de los términos suspendidos.
Así mismo, la UGPP suspendió los términos previstos en la Resolución 2082 de 2016, para la remisión del reporte consolidado de cartera y reporte desagregado de cartera por aportante.
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