Flash Informativo Abril 20

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Este documento se centra en la actualización de leyes residentes, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

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Juan Mauricio Joya Lizarazo

Gerente Senior de Servicios Legales

KPMG in Colombia

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Circular No. 0033 – Mecanismos sugeridos a los empleadores para la protección del empleo en la fase de mitigación del COVID-19

El Ministerio de Trabajo, expidió la Circular No. 0033 del 17 de abril del 2020, mediante la cual pone de presente mecanismos adicionales a los cuales pueden acudir los empleadores para proteger el empleo de cara a la crisis sanitaria, económica y social ocasionada por el COVID-19. Como mecanismos adicionales se señalaron los siguientes:

  • Licencia remunerada compensable: Además de las licencias señaladas en el Código Sustantivo del Trabajo (licencia de maternidad y paternidad, licencia por luto y licencia por grave calamidad doméstica)  se establece que el empleador puede conceder licencias a sus trabajadores cuando así lo considere, y frente a dichas licencias se puede acordar un sistema de compensación que le permita al trabajador disfrutar del descanso durante el término de la licencia, para que posteriormente labore en jornadas adicionales a las que inicialmente se pactaron.
  • Modificación de la jornada laboral y concertación de salario: Se señala que los empleadores y trabajadores pueden concertar que las condiciones del contrato de trabajo se modifiquen, entre las que se encuentran el salario, la jornada laboral y la modificación de las funciones o la carga laboral asignada al trabajador. En este aspecto vale la pena señalar que estas modificaciones deben ser de manera concertada entre empleador y trabajador y debe constar por escrito, así mismo estas modificaciones sólo pueden durar sólo mientras dure la emergencia sanitaria.
     
  • Modificación o suspensión de beneficios extralegales: El empleador, de manera temporal, puede acordar con el trabajador no otorgar los beneficios extralegales que se encuentren en cabeza del trabajador, con la finalidad de realizar previsiones adecuadas a la estabilidad del empleo y los derechos laborales.
  • Concertación de beneficios convencionales: Se establece la posibilidad de que las organizaciones sindicales o los trabajadores no sindicalizados y los empleadores, establezcan escenarios de diálogo social con el fin de generar soluciones concertadas entre trabajador y empleador. Los acuerdos que aquí se alcancen pueden plasmarse en acuerdos extra convencionales y deben respetar la voluntad de las partes.

Recuerde que KPMG tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en sus trámites laborales más hoy con las modificaciones y ajustes que diariamente se están generando, para lo cual podrá contactar a Camilo Rodriguez (director): camilorodriguez@kpmg.com o a Juan Mauricio Joya (gerente senior): jjoya@kpmg.com.

Lo invitamos a visitar nuestro portal Medidas Fiscales y Legales COVID-19 donde encontrará toda la información que hemos generado en torno a este tema. 

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