Tax
Todo lo que un ejecutivo internacional necesita para su tributación personal. Revisa lo que podemos hacer por ti.
Revisa nuestros servicios
Una vez recibida la solicitud y aprobación de la empresa, procederemos a realizar una reunión o conferencia telefónica con el ejecutivo, de un tiempo estimado de una hora con el objetivo de proporcionar asesoramiento tributario en relación con su asignación internacional. Lo anterior, podría incluir tanto una reunión en el país de origen como en el país de destino.
Nuestros servicios consisten en la preparación de las declaraciones anuales de impuesto a la renta tanto en país de origen como de destino. En el caso de Chile, esto incluirá la preparación de la Declaración Jurada 1929 (para declarar los ingresos de fuente extranjera) y Formulario 22 (declaración anual). La declaración anual de impuestos será preparada con la información solicitada al cliente, a través de correos electrónicos, reuniones, conferencias telefónicas o sitios web, según lo acordado con cada ejecutivo.
Cabe señalar que el servicio de declaración anual de impuestos prestado a trabajadores de la empresa no comprende la preparación de contabilidad personal, en caso de que se trate de contribuyentes que estén acogidos al régimen de contabilidad completa o simplificada, así como tampoco, lo relacionado a empresas individuales, E.I.R.L, o rentas atribuibles a sociedades de personas. Nuestro departamento de GMS no presta servicios relacionados con impuestos corporativos.
Por último, cuando nuestro trabajo consista en la preparación de declaraciones de impuestos, se preparará el borrador de dicha declaración, pero, en cualquier caso, la responsabilidad final de la veracidad de la declaración de impuesto corresponde al cliente. Adicionalmente nuestros servicios no comprenden la auditoría de la información sobre los ingresos facilitados por la compañía o por los expatriados directamente.
En caso de que, tras el análisis de la situación de declaración anual de impuestos del ejecutivo, KPMG Chile determine que el ejecutivo no tiene la obligación de presentar una declaración de impuestos en Chile en el año correspondiente, se emitirá un "Carta de no declaración", explicando nuestra conclusión y los hechos considerados.
Este servicio consiste en la preparación de la nómina espejo en el país de destino con el objeto de incluir en la misma la remuneración que el ejecutivo mantiene en su país de origen. Lo anterior, con el fin que la remuneración reportada en el exterior pague el impuesto correspondiente en el país de destino evitando así cualquier contingencia tributaria para la empresa o el ejecutivo.
Nuestro departamento de GMS apoyará a los ejecutivos que la empresa nos indique con la preparación de sus respectivas declaraciones mensuales de impuestos a la renta tanto en país de origen como de destino en cualquier otro país que requieran.
En el caso de Chile, nuestro trabajo consistirá en lo siguiente:
Determinación del Impuesto Adicional, Impuesto Único de Segunda Categoría o el cálculo del Pago Provisional Mensual (PPM), según corresponda, sobre las rentas que los ejecutivos de la empresa reciban desde alguna entidad en el exterior y no estén reflejadas en la liquidación de sueldos de Chile.
Preparación de los Formularios 29 y 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, ya sea generando cupones de pago o generando Formularios en pantalla. En ambos casos, será necesario que cada ejecutivo de la empresa tenga en su poder una clave de acceso al sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
Asistiremos aquellos ejecutivos que la empresa nos autorice ante el Servicio de Impuestos Internos en el proceso de fiscalización de sus respectivas declaraciones anuales de impuestos con el objeto de obtener la aprobación de la Autoridad Tributaria.
Este servicio aplica para los ejecutivos que puedan tener un periodo de asignación internacional en el país mayor a tres años sin la intención de radicarse definitivamente en Chile. Dependiendo de la situación particular del ejecutivo, será posible presentar una petición administrativa ante el Servicio de Impuestos Internos con el objetivo de solicitar la prórroga de este plazo de los 3 años, establecido en la Ley Sobre Impuesto a la Renta para que el ejecutivo no tenga una obligación de tributar en Chile sobre sus rentas de fuente mundial y de esta manera solo tenga la obligación de tributar en el país solo por sus rentas de fuente chilena.
Nuestro equipo de profesionales especializado en asignaciones internacionales atenderá todo tipo de consultas tributarias que la empresa o sus trabajadores nos trasmitan, con relación a la legislación tributaria que resulte aplicable tanto en el país de origen como en el de destino, legislación de seguridad social, aplicación de Convenios para evitar la Doble Tributación y otros temas relativos. Nuestras conclusiones pueden explicarse por correo electrónico, reuniones, preparación de informes, según las necesidades de la empresa.
Liderazgo
Conoce a nuestro equipo a cargo