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      Como parte de nuestro compromiso con la actualización permanente y la excelencia técnica, compartimos un resumen de las principales novedades normativas provinciales en materia de impuestos indirectos, con impacto directo en la gestión tributaria de empresas y contribuyentes.


      🟢 Tierra del Fuego: Adhesión al Portal Federal Tributario y uso obligatorio del domicilio fiscal electrónico federal

      La Resolución General (AREF T. del Fuego) 245/2026 establece:

      • Adhesión al Portal Federal Tributario (COMARB) y al Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF).
      • Obligación de habilitar el servicio antes del 31/5/2026 para contribuyentes locales y de Convenio Multilateral.
      • Vigencia: desde el 14/4/2026.

      🟢Chaco: Ratificación del Domicilio Fiscal Electrónico local y adopción supletoria del sistema federal

      Mediante la Resolución (ATP Chaco) 9/2026, la Administración Tributaria Provincial ratifica la obligatoriedad del Domicilio Fiscal Electrónico Local (DFE) para todos los contribuyentes y responsables de tributos provinciales, incluyendo Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral con alta en Chaco. Principales aspectos:

      • El DFE Local es el canal prioritario para notificaciones electrónicas.
      • Se adopta el Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF) como medio válido de notificación, con carácter supletorio (cuando no se haya constituido el DFE local, notificaciones masivas, razones técnicas, etc.).
      • Las notificaciones en ambos medios producen plenos efectos administrativos y judiciales; la fecha válida será la primera perfeccionada.
      • Vigencia: 01/04/2026

      🟢Misiones: Implementación de la Mesa de Entradas Virtual de Rentas

      La Resolución General (DGR Misiones) 7/2026 implementa la Mesa de Entradas Virtual:

      • Canal oficial para recepción de documentos, notas y comunicaciones electrónicas.
      • Presentaciones digitales tienen efectos jurídicos y administrativos equivalentes a las presenciales, si son validadas.
      • Vigencia: 14/04/2026

       

      🟢Entre Ríos: Reglamentación del régimen de transparencia fiscal al consumidor en la publicación de precios

      Por Decreto (E. Ríos) 634/2026, se reglamenta la obligación de informar en la publicación de precios:

      • Debe exhibirse el importe final y el importe neto sin impuestos (IVA, impuestos nacionales indirectos, Ingresos Brutos y Profesiones Liberales), acompañado de la leyenda “precios sin impuestos”.
      • No se exige discriminación de tributos en comprobantes fiscales.
      • Se regula la leyenda en servicios de libre acceso (“solventado con los tributos de los contribuyentes”).
      • Vigencia: desde el 10/04/2026.

      🟢Ciudad de Buenos Aires: Reglamentación del Régimen de transparencia fiscal

      La Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 169/2026 reglamenta el régimen de transparencia fiscal:

      • Contribuyentes locales y de Convenio Multilateral (excepto Régimen Simplificado) deben exteriorizar la alícuota de Ingresos Brutos en comprobantes a consumidores finales (“ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%”).
      • Leyendas adicionales para atribución jurisdiccional, promociones o exenciones.
      • Plazo de adecuación: hasta el 31 de agosto de 2026.

       

      🟢Catamarca: Actualización del monto mínimo para exigir el Código de Operación de Transporte (COT)

      La Disposición General (ARCAT Catamarca) 12/2026 eleva el umbral de valor para exigir el COT:

      • Nuevo mínimo: $9.529.691 o 4.500 kg para bienes no incluidos en listados específicos.
      • El valor se readecuará periódicamente y se publica en el sitio oficial.
      • Vigencia: desde el 10/4/2026.

      🟢Ciudad de Buenos Aires: Determinación de la base imponible para intermediarios en Ingresos Brutos

      La Ley (Bs. As. cdad.) 6943 modifica el Código Fiscal:

      • La base imponible para intermediarios será la diferencia entre ingresos y los importes transferidos a comitentes.
      • Precisa el tratamiento para agentes de carga internacional, franquiciados, distribuidores de recarga, etc.
      • Vigencia: desde el 1/1/2026.

      🟢La Pampa: Domicilio Fiscal Electrónico Federal obligatorio para contribuyentes de Convenio Multilateral

      Mediante la Resolución General (DGR La Pampa) 9/2026, la provincia implementa el uso del “Domicilio Fiscal Electrónico Federal” como medio de notificación fehaciente para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral que operen en la provincia.

      • Notificaciones: Todas las citaciones, notificaciones e intimaciones a contribuyentes de Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral se realizarán a través del Domicilio Fiscal Electrónico Federal (RG (COMARB) 14/2025)
      • Sujeto alcanzado: Aplica a contribuyentes que no tengan habilitado el Domicilio Fiscal Electrónico local según el Código Fiscal provincial.
      • No reemplaza la obligación de constituir el Domicilio Fiscal Electrónico local para otros efectos fiscales.
      • Vigencia: 1° de junio de 2026.


      Contactos

      Rodolfo Canese Méndez

      Socio Líder de Impuestos y Legales

      KPMG Argentina

      Hernán Mandará

      Socio de Impuestos especializado en Energía, Recursos Naturales y Minería

      KPMG Argentina