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      Como parte de nuestro compromiso con la actualización permanente y la excelencia técnica, compartimos un resumen de las principales novedades normativas provinciales en materia de impuestos indirectos, con impacto directo en la gestión tributaria de empresas y contribuyentes.


      🟢 Tierra del Fuego: Adhesión al Portal Federal Tributario y uso obligatorio del domicilio fiscal electrónico federal

      La Resolución General (AREF T. del Fuego) 245/2026 establece:

      • Adhesión al Portal Federal Tributario (COMARB) y al Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF).
      • Obligación de habilitar el servicio antes del 31/5/2026 para contribuyentes locales y de Convenio Multilateral.
      • Vigencia: desde el 14/4/2026.

      🟢Chaco: Ratificación del Domicilio Fiscal Electrónico local y adopción supletoria del sistema federal

      Mediante la Resolución (ATP Chaco) 9/2026, la Administración Tributaria Provincial ratifica la obligatoriedad del Domicilio Fiscal Electrónico Local (DFE) para todos los contribuyentes y responsables de tributos provinciales, incluyendo Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral con alta en Chaco. Principales aspectos:

      • El DFE Local es el canal prioritario para notificaciones electrónicas.
      • Se adopta el Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF) como medio válido de notificación, con carácter supletorio (cuando no se haya constituido el DFE local, notificaciones masivas, razones técnicas, etc.).
      • Las notificaciones en ambos medios producen plenos efectos administrativos y judiciales; la fecha válida será la primera perfeccionada.
      • Vigencia: 01/04/2026

      🟢Misiones: Implementación de la Mesa de Entradas Virtual de Rentas

      La Resolución General (DGR Misiones) 7/2026 implementa la Mesa de Entradas Virtual:

      • Canal oficial para recepción de documentos, notas y comunicaciones electrónicas.
      • Presentaciones digitales tienen efectos jurídicos y administrativos equivalentes a las presenciales, si son validadas.
      • Vigencia: 14/04/2026

       

      🟢Entre Ríos: Reglamentación del régimen de transparencia fiscal al consumidor en la publicación de precios

      Por Decreto (E. Ríos) 634/2026, se reglamenta la obligación de informar en la publicación de precios:

      • Debe exhibirse el importe final y el importe neto sin impuestos (IVA, impuestos nacionales indirectos, Ingresos Brutos y Profesiones Liberales), acompañado de la leyenda “precios sin impuestos”.
      • No se exige discriminación de tributos en comprobantes fiscales.
      • Se regula la leyenda en servicios de libre acceso (“solventado con los tributos de los contribuyentes”).
      • Vigencia: desde el 10/04/2026.

      🟢Ciudad de Buenos Aires: Reglamentación del Régimen de transparencia fiscal

      La Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 169/2026 reglamenta el régimen de transparencia fiscal:

      • Contribuyentes locales y de Convenio Multilateral (excepto Régimen Simplificado) deben exteriorizar la alícuota de Ingresos Brutos en comprobantes a consumidores finales (“ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%”).
      • Leyendas adicionales para atribución jurisdiccional, promociones o exenciones.
      • Plazo de adecuación: hasta el 31 de agosto de 2026.

       

      🟢Catamarca: Actualización del monto mínimo para exigir el Código de Operación de Transporte (COT)

      La Disposición General (ARCAT Catamarca) 12/2026 eleva el umbral de valor para exigir el COT:

      • Nuevo mínimo: $9.529.691 o 4.500 kg para bienes no incluidos en listados específicos.
      • El valor se readecuará periódicamente y se publica en el sitio oficial.
      • Vigencia: desde el 10/4/2026.

      🟢Ciudad de Buenos Aires: Determinación de la base imponible para intermediarios en Ingresos Brutos

      La Ley (Bs. As. cdad.) 6943 modifica el Código Fiscal:

      • La base imponible para intermediarios será la diferencia entre ingresos y los importes transferidos a comitentes.
      • Precisa el tratamiento para agentes de carga internacional, franquiciados, distribuidores de recarga, etc.
      • Vigencia: desde el 1/1/2026.


      Contactos

      Rodolfo Canese Méndez

      Socio Líder de Impuestos y Legales

      KPMG Argentina

      Hernán Mandará

      Socio de Impuestos

      KPMG Argentina