Autor: Denisse Ordoñez, Directora de Asesoría Tributaria en KPMG Perú
El 2026 presenta un escenario particularmente complejo para las empresas agrarias peruanas, los fenómenos naturales preocupan y el contexto internacional encarece los costos. El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) mantiene la alerta de El Niño Costero y proyecta lluvias extremas, inundaciones, aumento de la temperatura marina y saturación de suelos, afectando directamente la productividad agrícola y la infraestructura logística del sector. En paralelo, las estimaciones oficiales del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred), muestran que hasta 7,3 millones de hectáreas agrícolas se encuentran en zonas de riesgo por eventos climáticos extremos; entre los cultivos con mayor exposición figuran arándanos, uva, mango y palta, precisamente la columna vertebral de nuestra canasta agroexportadora.
Simultáneamente, la capa geopolítica presiona los precios de combustibles, fertilizantes y fletes, elementos críticos para la estructura de costos del sector agrario. La escalada en Medio Oriente se ha traducido en encarecimiento de la urea, uno de los fertilizantes más utilizados en el país, con aumentos cercanos a 20% en pocas semanas. Estas tensiones refuerzan la volatilidad del tipo de cambio y elevan el costo de importación de insumos, impactando la competitividad de la agroexportación peruana.
Lo dramático del declive del clima y los costos es que no solo erosiona rendimientos y calidad; además impacta en la gestión fiscal. Este no es un año para improvisaciones, sino para detenerse a replantear la estrategia fiscal del negocio en distintos ámbitos. Entre otros temas de interés fiscal, cabe resaltar que SUNAT ya ha precisado que las mermas son deducibles si, y solo si, están debidamente acreditadas mediante informe técnico emitido por un profesional u organismo competente, con metodología y pruebas detalladas. Es decir, la pérdida cuantitativa debe ser técnicamente demostrable, no declarativa. En desmedros, la regla es más exigente porque la deducción exige acreditar la destrucción. La forma no sustituye al fondo, ya que, la falta de sustento formal invalida la deducción.
Los gastos asociados a la crisis climática o energética deben superar la prueba de causalidad, es decir, el vínculo con la generación o mantenimiento de la fuente, razonabilidad y proporcionalidad, además de acreditar la realidad de las operaciones y su devengo oportuno. En un año como este, el sustento documentario no es solo una formalidad, sino una garantía de que el gasto tendrá efecto fiscal como una partida deducible.
Las pérdidas extraordinarias exigen transparencia. Inundaciones, huaicos o fallas de infraestructura pueden destruir inventario en tránsito o en almacén. Si existe seguro, la deducción no será admitida y el ingreso por el resarcimiento del daño patrimonial no será gravable; si no lo hay, el contribuyente debe probar fehacientemente el siniestro y su nexo con el evento, con actas, peritajes, fotografías, reportes oficiales y constancias de disposición final. Hacerlo bien no solo protege el resultado del ejercicio; sobre todo, reduce la exposición a reparos que hacen más costosa la carga fiscal, los que suelen aparecer cuando el evento ya ocurrió.
Ahora bien, toda estrategia fiscal preventiva en un año de emergencia debe empezar por documentar el clima con evidencia oficial. Incluir en los papeles de trabajo tributarios avisos y pronósticos de SENAMHI para la zona y ventana temporal del evento, así como mapas de riesgos del CENEPRED manteniendo así la trazabilidad objetiva del entorno que motivó la decisión de negocio y, por extensión, los gastos o costos extraordinarios o la pérdida tributaria.
La agroindustria peruana administrará adecuadamente el riesgo fiscal bajo la actual coyuntura si convierte la evidencia en ventaja mediante informes técnicos probos para mermas, protocolos para desmedros, causalidad y fehaciencia blindadas para gastos extraordinarios, cobertura cambiaria documentada y precios de transferencia que reflejen la economía real de la cadena. Ese es el estándar que este año nos exige; y es, también, la forma más sensata de proteger el resultado fiscal de 2026 y una posición fiscal sólida de cara al 2027.
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