Autor: Luis Ortiz, Manager de Deal Advisory en KPMG Perú

La adecuada valorización de una marca en transacciones entre partes vinculadas cobra relevancia debido a su revisión por parte de la autoridad tributaria. Estas revisiones usualmente se realizan con un alto nivel de escepticismo respecto a las proyecciones utilizadas, especialmente porque, al momento de la evaluación, ya se conocerán las cifras reales y se deberá probar los elementos que permitan prever la existencia y veracidad de los flujos de caja.

 

Para lograr una estimación sólida en la valorización del intangible, es importante incorporar las siguientes premisas:

  • Marco General: Desde una perspectiva tributaria, se debe tomar en cuenta la premisa metodológica del Arm’s Length Value, que utiliza como referencia el valor que un tercero, bajo las mismas condiciones de comparabilidad, estaría dispuesto a pagar.

  • Metodología de Valorización: De acuerdo con las mejores prácticas del mercado valorizador, la metodología más adecuada es el enfoque de Relief From Royalties. Este método determina el valor del intangible al comparar el ahorro que representaría para la empresa ser propietaria del activo frente al costo que tendría si pagara una licencia por el intangible a un tercero.

  • Drivers de Valor: Para sustentar la valorización, es necesario especificar y detallar claramente los drivers de valores históricos y proyectados. Entre estos se pueden incluir, el desempeño financiero, estrategia de marca, plan de marketing, nueva oferta de productos y servicios, adaptación a cambios tecnológicos, nuevos competidores, entre otros. Cabe destacar que el nivel de documentación exigido en una valorización bajo fines tributarios es más extenso que el requerido en una valorización comercial.

  • Tasa de descuento: La tasa de descuento se estima a partir de drivers específicos de la entidad analizada y siguiendo las premisas relacionadas a la Ley del Impuesto a la Renta (32 A). Es importante mencionar que la metodología utilizada por el mercado valorizador corresponde al modelo CAPM (Capital Asset Pricing Model), siendo una tasa apropiada aquella cercana al costo patrimonial.

  • Fecha de valorización: En la práctica, se espera que la valorización sea a la fecha de la transacción.

  • Horizonte de proyección: De acuerdo con la ley de impuesto a la renta el periodo de flujo de caja debe ser como mínimo 10 años. En el caso que el intangible tenga un periodo de vida menor se considerará el saldo remanente.

  • Rango de Valores: Los resultados deben presentarse a nivel de rangos inter-cuartiles.

  • Regalías: Las regalías deben ser obtenidas de fuentes públicas cuyo arrendador y arrendatario no deben tener ninguna vinculación.

 

A diferencia de una valorización bajo el enfoque comercial o contable, una valorización bajo fines tributarios sigue los criterios establecidos por la entidad fiscal, lo que puede generar que el resultado difiera frente a otros enfoques.  Cabe resaltar que su finalidad es exclusivamente fiscal, el cual permitirá establecer la base impositiva del activo intangible para el pago de impuestos.

Contacto

Contacto

Luis Ortiz

Manager de Deal Advisory en KPMG Perú

leortiz@kpmg.com