Implementación del Formulario 1119 V:1 para la presentación de la Declaración Jurada de Retenciones SEM y del Código 958 para el pago de las retenciones SEM

Mediante Resolución No. 201-1394 de 5 de febrero de 2025 el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Ingresos, ha adoptado el Formulario 1119 V.1 para la "Declaración Jurada de Retenciones SEM" y ha habilitado el Código de Impuesto 958 en la Boleta de "Pagos - Tributación Internacional".

Aspectos para considerar del Formulario 1119 V:1:

  • Es obligatorio para las retenciones del 5% sobre el monto a ser remitido a las compañías bajo el régimen de Sede de Empresa Multinacionales (SEM) por los servicios prestados a personas naturales y jurídicas en Panamá, que consideren dicho pago como un gasto deducible por tener incidencia en la producción de renta gravable.
  • Es obligatorio paralas retenciones del 5% sobre el 50% (tasa efectiva de 2.5%) de la suma a ser remitida por las compañías bajo el régimen SEM por servicios recibidos de personas naturales o jurídicas con domicilio fuera de Panamá.
  • Se presenta en línea a través del Sistema E-Tax 2.0 de la Dirección General de Ingresos.

Aspectos para considerar del Código 958:

  • Se habilita el Código 958 para “Retenciones SEM” dentro de la Boleta de Pago de Tributación Internacional para el pago del impuesto.

Estas implementaciones se encuentran vigentes a partir del día 12 de febrero del 2025, día siguiente a su publicación en la gaceta oficial.

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