Por medio de la Ley No. 412 de 21 de noviembre de 2023, se modifica la Ley No. 8 de 2016, que reorganiza la Zona Libre Colón (ZLC).

Mediante la Ley No. 412, se establecen nuevas actividades que las empresas podrán desempeñar dentro de la ZLC, incorporan nuevos términos como la figura del leaseback, beneficios fiscales y un periodo de estabilidad jurídica.

Nuevas actividades autorizadas para desempeñar 

Se adicionan nueve (9) nuevas actividades autorizadas que pueden ser llevadas a cabo por empresas dentro de la ZLC. 

Nuevas actividades

Prestación de servicios a personas naturales o jurídicas*

Los servicios multimodales y logísticos, así como aquellos relacionados con la gestión de cadena de abastecimiento, nearshoring, suministro y manejo de inventarios*

La prestación de servicios inmobiliarios y/o de administración y/o uso de propiedades

Las ventas individuales a nacionales y/o extranjeros, a través de los mecanismos establecidos*

La prestación de servicios relacionados con la ejecución de la industria cinematográfica

La prestación de servicios asociados a la manufactura, procesamiento y reconversión de productos

La prestación de servicios relacionados con el establecimiento y desarrollo de centros de investigación científica y de innovación

La prestación de servicios relacionados con la aviación y los aeropuertos; naves y puertos; la reparación, el mantenimiento, la conversión, reconversión y manufactura de partes y/o piezas

La manufactura de productos, componentes y partes de alta tecnología ya sea para su importación al territorio fiscal, su exportación o la enajenación o traspaso entre las empresas de Zona Libre y otras zonas libres o áreas económicas especiales

*Actividad existente, fue modificada por la Ley 412

Igualmente, las empresas constituidas bajo el régimen EMMA, SEM o Ciudad del Saber también podrán operar dentro de la ZLC.

 

Leaseback

El leaseback es un tipo de acuerdo de reconocimiento de inversiones en el que el beneficiario bajo un contrato de arrendamiento se repaga las inversiones realizadas durante la vigencia del contrato, descontando todo o parte del canon pactado con la ZLC. En ningún caso, el arrendatario podría negociar un leaseback que supere el 80% de los cánones, tasas y otros ingresos que por concepto de servicios cada arrendatario deba pagar a la ZLC.

El crédito aprobado por reconocimiento de inversión será transferible a cualquier contrato de arrendamiento de lote de la persona jurídica que ejecutó la inversión de la infraestructura.

 

Beneficios fiscales

Las empresas constituidas en la ZLC que se dediquen a las actividades establecidas en la Ley 8 de 2016 gozarán de la exoneración de los siguientes impuestos:

Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Los usuarios de la ZLC gozarán de la exención del ISR sobre los ingresos derivados de las actividades listadas en la Ley, siempre que las rentas se produzcan fuera del territorio nacional.   

Los usuarios de la ZLC que realicen transacciones comerciales con personas naturales o jurídicas ubicadas en el territorio fiscal nacional estarán sujetos al régimen fiscal respecto del ISR.

Impuesto de Inmuebles e Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI)

Se le otorga exoneración del impuesto de inmuebles sobre el terreno y las mejoras, así como del ITBI.

Aranceles e Impuestos aduaneros

Los productos manufacturados, procesados o ensamblados por empresas establecidas en la ZLC podrán ser introducidos al territorio fiscal nacional pagando los respectivos aranceles e impuestos aduaneros solamente sobre el valor de las materias primas y componentes extranjeros incorporados en el producto.

Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI)

Se le otorga exoneración del FECI a los préstamos concedidos para financiar operaciones de los usuarios de la ZLC.

Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

Gozaran de la exoneración del ISC las empresas que operen en ZLC, excluyendo los vehículos que gocen del beneficio de la exoneración del impuesto de importación.

Impuesto de Timbre

Los usuarios de la ZLC quedan exonerados los Impuestos de Timbre. 

Impuesto Complementario

Exoneración del pago del impuesto complementario sobre las utilidades generadas indistintamente de la actividad que se desarrolló, con excepción de los servicios logísticos y multimodales.

Impuesto Sobre la Renta a las Ganancias de Capital

Quedan exonerados del impuesto sobre ganancia de capital, la enajenación o traspaso de las acciones de empresas usuarias de la Zona Libre de Colón y ganancias generadas por fuente extranjera. 

ITBMS

Se establecen los supuestos en los cual las empresas establecidas en la ZLC se encuentran exentas del ITBMS.

  1. Todo tipo o clase de mercancía, productos, equipos, bienes, servicios y demás bienes en general introducidos a la ZLC cuyo destino final sea el extranjero.
  2. Los servicios que presten los usuarios a personas naturales o jurídicas establecidas dentro o fuera de Panamá, incluyendo los servicios que presten entre sí los usuarios de la ZLC.
  3. Los servicios que reciban los usuarios de la ZLC (salvo por las excepciones que establezca la Ley Fiscal).

Aviso de Operación

Las empresas de la ZLC que cuenten con su respectiva clave de operación quedarán exentas del pago de Aviso de Operación hasta el 1 de enero del 2028.

Estabilidad jurídica

Las empresas establecidas en la ZLC gozarán de estabilidad jurídica de las inversiones conforme a la Ley 54 de 1998.

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