Recientemente, ha sido publicado el Decreto Ejecutivo 3 de 20 de enero de 2023, en la Gaceta Oficial No. 29,706-B de 23 de enero de 2023, que modifica el artículo 7 del Decreto Ejecutivo 25 de 2022 que reglamenta los artículos 11 y 12 de la Ley 76 de 1976 y establece el calendario para implementar el uso de equipos fiscales autorizados y el Sistema de Facturación Electrónica.
¿Qué cambios genera este Decreto?
El Decreto Ejecutivo ha modificado las fechas de implementación de los equipos fiscales autorizados o Sistema de Facturación Electrónica de Panamá para algunas actividades previamente calendarizadas.
¿Qué actividades previamente calendarizadas tienen nueva fecha de implementación y cuál es esta?
ACTIVIDAD |
FECHA PREVIA |
FECHA ACTUAL |
Servicios de transporte público de pasajeros internacional por vía terrestre, aérea o marítima, no exceptuados mediante Ley. |
2 de enero de 2023 |
1 de marzo de 2023 |
Servicios de transporte público de pasajeros nacional por vía aérea. |
2 de enero de 2023 |
1 de marzo de 2023 |
Operaciones y servicios en general realizados por los bancos y otras instituciones financieras, incluidas las empresas de arrendamiento financiero y los fondos de inversión, así como las actividades realizadas por las instituciones financieras regidas por leyes especiales las cooperativas, las instituciones y fondos de ahorros, los fondos de pensión, los fondos de retiro y previsión social y las entidades de ahorro y préstamo. |
1 de febrero de 2023 |
30 de abril de 2023 – Primera Fase
30 de junio de 2023 – Segunda Fase
31 de agosto de 2023 – Tercera Fase
***Las fases deben ser reglamentadas |
Operaciones realizadas por la Bolsa de Valores y de productos autorizados para operar en Panamá. |
2 de enero de 2023 |
31 de agosto de 2023 |
Operaciones realizadas por el sector seguro. |
No definida anteriormente |
31 de agosto de 2023 |
Operaciones realizadas por otras actividades financieras previamente no tipificadas. |
No definida anteriormente |
31 de agosto de 2023 |
Zona Franca del Barú. |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 |
Ciudad del Saber. |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 |
Zonas Francas. |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 |
Sede de Empresas Multinacionales (SEM). |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 ** Solo pueden usar factura electrónica |
Área Económica Especial Panamá Pacífico (AEEPP). |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 |
Zona Libre de Colón (ZLC). |
1 de febrero de 2023 |
30 de junio de 2023 |
Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA). |
No definida anteriormente |
30 de junio de 2023 ** Solo pueden usar factura electrónica |
¿Qué actividades mantienen su fecha de implementación señaladas en el Decreto Ejecutivo 25 de 2022?
Las siguientes actividades mantienen su fecha de implementación al 2 de enero de 2023:
- Entidades privadas debidamente autorizadas por la Autoridad Marítima de Panamá para que garanticen el cumplimiento de las normas de construcción, navegación, prevención de la contaminación y de seguridad de las naves mercantes, de transporte de pasajeros, de placer, de investigación científica, trabajo, exploración petrolífera y de perforación de tráfico internacional, estén o no inscritas en la Marina Mercante de Panamá.
- Los servicios de transporte de carga de derivados del petróleo.
- Los hostales que tengan menos de siete cuartos.
- La actividad de arrendamiento de bienes inmuebles bajo contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, realizada por personas naturales o jurídicas que administren sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.
En caso de dudas o consultas, pueden contactar a nuestro equipo de especialistas en servicios tributarios.