A través de Gaceta Oficial No. 29515-B, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 16 de 12 de abril de 2022, el cual enlista las jurisdicciones reportables para el año 2022, sobre intercambio de información para fines fiscales, de acuerdo con el estándar común de reporte (CRS, por sus siglas en inglés), correspondiente al período fiscal 2021.
El listado publicado refiere a 71 jurisdicciones reportables, de las cuales adiciona a cinco (5) nuevos países, que no se encontraban enlistados en el Decreto Ejecutivo No. 164 de 2021 (jurisdicciones reportables al 2021), de los cuales podemos mencionar al Principado de Andorra, República de Ecuador, República de Kazajstán, República de Perú y la República Federal de Nigeria.
Detallamos el nuevo listado de jurisdicciones reportables:
Detallamos el nuevo listado de jurisdicciones reportables:
Antigua y Barbuda
Bailía de Guernsey
Bailía de Jersey
Barbados
Canadá
Confederación Suiza
Estado de Israel
Estado de Japón
Estados Unidos Mexicanos
Federación de Malasia
Federación de Rusia
Gibraltar
Gran Ducado de Luxemburgo
Granada
Groenlandia
Hungría
Irlanda
Isla de Man
Islandia
Islas Cook
Islas Feroe
Mancomunidad de Australia
Nueva Zelanda
Principado de Andorra
Principado de Mónaco
Reino de Arabia Saudita
Reino de Bélgica
Reino de Dinamarca
Reino de España
Reino de los Países Bajos
Reino de Noruega
Reino de Suecia
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
República Argentina
República Checa
República de Austria
República de Azerbaiyán
República de Chile
República de Chipre
República de Colombia
República de Corea
República de Costa Rica
República de Croacia
República de Ecuador
República de Eslovaca
República de Eslovenia
República de Estonia
República de Finlandia
República de Indonesia
República de Kazajstán
República de la India
República de Letonia
República de Lituana
República de Malta
República de Mauricio
República de Perú
República de Polonia
República de Seychelles
República de Singapur
República de Sudáfrica
República Federal de Alemania
República Federal de Nigeria
República Federativa de Brasil
República Francesa
República Helénica (Grecia)
República Italiana
República Oriental de Uruguay
República Popular China
República Portuguesa
Serenísima República de San Marino
Las Instituciones Financieras panameñas que estén sujetas a emitir los reportes ante la Autoridad Competente, deberán suministrar la información tomando como fecha límite el 31 de julio del 2022; ello, conforme lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto Ejecutivo No. 124 de 2017 y sus modificaciones, por medio del cual se reglamenta la Ley No. 51 de 2016.
En caso de dudas o consultas, pueden contactar al gerente, director o socio que les atiende o a nuestro equipo de especialistas en Servicios Tributarios.
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