A través de Gaceta Oficial No. 29515-B, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 16 de 12 de abril de 2022, el cual enlista las jurisdicciones reportables para el año 2022, sobre intercambio de información para fines fiscales, de acuerdo con el estándar común de reporte (CRS, por sus siglas en inglés), correspondiente al período fiscal 2021.

El listado publicado refiere a 71 jurisdicciones reportables, de las cuales adiciona a cinco (5) nuevos países, que no se encontraban enlistados en el Decreto Ejecutivo No. 164 de 2021 (jurisdicciones reportables al 2021), de los cuales podemos mencionar al Principado de Andorra, República de Ecuador, República de Kazajstán, República de Perú y la República Federal de Nigeria.

Detallamos el nuevo listado de jurisdicciones reportables:

Detallamos el nuevo listado de jurisdicciones reportables:

Antigua y Barbuda

Bailía de Guernsey

Bailía de Jersey

Barbados

Canadá

Confederación Suiza

Estado de Israel

Estado de Japón

Estados Unidos Mexicanos

Federación de Malasia

Federación de Rusia

Gibraltar

Gran Ducado de Luxemburgo

Granada

Groenlandia

Hungría

Irlanda

Isla de Man

Islandia

Islas Cook

Islas Feroe

Mancomunidad de Australia

Nueva Zelanda

Principado de Andorra

Principado de Mónaco

Reino de Arabia Saudita

Reino de Bélgica

Reino de Dinamarca

Reino de España

Reino de los Países Bajos

Reino de Noruega

Reino de Suecia

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

República Argentina

República Checa

República de Austria

República de Azerbaiyán

República de Chile

República de Chipre

República de Colombia

República de Corea

República de Costa Rica

República de Croacia

República de Ecuador

República de Eslovaca

República de Eslovenia

República de Estonia

República de Finlandia

República de Indonesia

República de Kazajstán

República de la India

República de Letonia

República de Lituana

República de Malta

República de Mauricio

República de Perú

República de Polonia

República de Seychelles

República de Singapur

República de Sudáfrica

República Federal de Alemania

República Federal de Nigeria

República Federativa de Brasil

República Francesa

República Helénica (Grecia)

República Italiana

República Oriental de Uruguay

República Popular China

República Portuguesa

Serenísima República de San Marino

Las Instituciones Financieras panameñas que estén sujetas a emitir los reportes ante la Autoridad Competente, deberán suministrar la información tomando como fecha límite el 31 de julio del 2022; ello, conforme lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto Ejecutivo No. 124 de 2017 y sus modificaciones, por medio del cual se reglamenta la Ley No. 51 de 2016.

En caso de dudas o consultas, pueden contactar al gerente, director o socio que les atiende o a nuestro equipo de especialistas en Servicios Tributarios.

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