Mediante Gaceta Oficial No. 29,458-A de 19 de enero de 2022, se publica la Resolución No. 201-0251 de 12 de enero de 2022 en la que la Dirección General de Ingresos (DGI) resuelve establecer los plazos para la emisión de las resoluciones por las solicitudes de adopción del sistema de facturación electrónica de Panamá (SFEP), así como para la implementación de este sistema bajo la modalidad de Proveedor de Autorización Calificado (PAC) y el sistema de facturación gratuito, para que sea llevado de la manera más expedita y eficiente.
De igual manera, se modifican ciertos conceptos y alcances que permitirán a los usuarios tener el conocimiento necesario para la implementación y uso de los distintos métodos de facturación como se detalla a continuación:
Plan piloto:
- Aquellos contribuyentes del plan piloto que no se encuentran utilizando este método para facturar, deberán solicitar la correspondiente autorización de uso del SFEP cumpliendo con las disposiciones del Decreto Ejecutivo No. 766 de 2020, sus modificaciones y la presente resolución. Además, será el único método que podrán utilizar para facturar.
Facturador gratuito:
- Podrá ser utilizado por las personas naturales o jurídicas cuyo rango de ingresos brutos anuales es de hasta Un Millón de Balboas (B/.1,000,000.00) y un número de documentos mensuales de doscientos (200), por lo que ya no hay división por rangos de ingresos brutos anuales y se podrán acoger las micro, pequeñas, medianas empresas, comerciantes o profesionales independientes que se encuentren dentro de los supuestos ahora señalados.
Modalidad de adopción:
- Las personas naturales o jurídicas deberán completar el formulario de declaración de adopción del SFEP solicitando el registro en el SFEP por medio del sistema de e-Tax 2.0. Este formulario es una declaración jurada bajo gravedad de juramento presentada ante la DGI.
- Se deberá brindar la siguiente información:
- Tipo de servicio a utilizar:
- PAC
- Facturador Gratuito
- Datos actualizados:
- Razón social/Nombre
- Nombre comercial
- Registro Único de Contribuyentes (RUC)
- Dígito Verificado (DV)
- Número de aviso de operación de las actividades que por norma lo requieren
- Fecha de inicio de operaciones
- Actividad económica u ocupación
- Número de sucursales
- Cantidad de equipos fiscales
- Promedio mensual de facturas emitidas
- Tipo de negocio
- Venta de negocios entre empresas
- Venta al consumidor final
- Ambos
- Tipo de establecimiento
- Físico
- Tienda virtual
- Ambos
- Tipo de servicio a utilizar:
Plazo de implementación:
- Facturador Gratuito: Máximo quince (15) días calendario contados desde la presentación de la declaración jurada de adopción del SFEP para iniciar a facturar. La DGI otorgará un certificado de recepción como constancia de la presentación de la declaración.
- Bajo modalidad PAC:
CONTRIBUYENTES | RANGO SEGÚN INGRESOS BRUTOS | PLAZOS |
---|---|---|
Personas Naturales | N/A | Hasta 60 días calendario |
Personas Jurídicas | Menores o iguales a B/.1,000,000.00 |
Hasta 60 días calendario |
B/.1,000,000.00 hasta B/.2,500,000.00 | Hasta 90 días calendario | |
B/.2,500,000.01 o más | Hasta 120 días calendario |
- Si la resolución se emitió antes de la presente Resolución, los plazos (arriba descritos) se comienzan a computar a partir del 13 de octubre de 2021.
- Si la resolución se emitió posterior al 13 de octubre de 2021, los plazos (arriba descritos) se comienzan a computar a partir de que la resolución de aprobación quede en firme y ejecutoriada.
- Durante el tiempo en que se encuentren en proceso de implementación de la factura electrónica, los contribuyentes deberán mantener el método de facturación anterior.
Firma electrónica:
- Aquella persona jurídica bajo modalidad PAC deberá solicitar la firma electrónica por medio del apoderado y realizar la gestión a través del sistema e-Tax2.0. El trámite final deberá gestionarse en la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá.
Procedimiento de afiliación contribuyentes – confirmación de PAC:
- Una vez se terminen las pruebas de certificación y los plazos otorgados, el usuario emisor autorizado deberá asegurarse que el PAC informe, a través del servicio web, la afiliación para que la factura electrónica sea habilitada.
- ¿Cómo se debe realizar la afiliación?
- Por medio del sistema e-Tax 2.0 y realizar la confirmación de afiliación PAC.
Uso de otros mecanismos actuales de facturación:
- Solo podrán utilizarse los mecanismos actuales de facturación durante el cumplimiento de los plazos establecidos para la adopción del SFEP.
Entrada en vigor de la resolución no. 201-0251:
- Esta resolución comienza a regir a partir del 1 de febrero de 2022.