El 8 de septiembre de 2025, el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presentó al Congreso de la Unión el Paquete Económico (PEF) para 2026. Este documento incluye los criterios generales de política económica (CGPE), la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), el proyecto de presupuesto de egresos de la federación (PEF), reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), ajustes a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y a la Ley Federal de Derechos, así como modificaciones arancelarias y en materia aduanera, entre otros elementos relevantes.

A continuación, compartimos un resumen ejecutivo de las principales modificaciones:

🏛️ Contexto general

  • El PEF 2026 es el segundo paquete económico de la administración actual, presentado en un entorno internacional complejo y con presiones fiscales internas
  • Se busca equilibrar la certeza para inversionistas con las prioridades sociales del gobierno
  • El Secretario de Hacienda destacó una política económica con responsabilidad fiscal y prosperidad compartida

 

📊 Indicadores económicos proyectados

  • Crecimiento del producto interno bruto (PIB): 1.8–2.8% (vs. 2.0–3.0% en 2025)
  • Inflación: 3.0% (vs. 3.5%)
  • Tasa de interés nominal: 6.6% (vs. 8.9%)
  • Tipo de cambio: MXN 19.3 por dólar
  • Precio del petróleo: USD 54.9 por barril

 

💰 Ingresos y gasto público

  • Ingresos estimados: MXN 10.19 billones
  • Recaudación proyectada: MXN 5.8 billones (+5.7% real), equivalente al 15.1% del PIB
  • Déficit fiscal: 4.10% del PIB
  • Gasto neto total: MXN 10.19 billones

 

🏗️ Inversión y programas sociales

  • 3% del PIB se destinará a programas sociales prioritarios
  • Más de MXN 228,000 millones para infraestructura estratégica bajo el Plan México

 

📈 Recaudación por impuestos (2026 vs. 2025)

Concepto

Recaudación 2025

Recaudación 2026

Variación (%)

Impuesto sobre la renta (ISR)

MXN 2.86 billones

MXN 3.07 billones

+3.73%

Impuesto al valor agregado (IVA)

MXN 1.46 billones

MXN 1.59 billones

+4.92%

IEPS

MXN 713,000 millones

MXN 761,000 millones

+3.07%

Comercio exterior

MXN 151,000 millones

MXN 254,000 millones

+62.16%

 

🏛️ Asignación presupuestaria por dependencia

  • Aumentos significativos: Secretaría de Energía (+86.83%), Defensa Nacional (+4.23%), Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) (+72.64%)
  • Reducciones totales: Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y Comisión Reguladora de Energía (CRE) reciben MXN 0 (eliminación presupuestaria)
  • Reducción en Presidencia (-6.09%) y Seguridad Ciudadana (-17.53%)

 

📍 Estados con mayor variación presupuestaria

  • Aumentos: Nuevo León (+2.81%), Coahuila (+3.20%) y Chihuahua (+1.90%)
  • Reducciones: Ciudad de México (-4.99%), Sonora (-5.63%) y Tamaulipas (-3.59%)

 

⚖️ Reformas y código fiscal

  • Se fortalece la fiscalización contra comprobantes fiscales falsos y operaciones inexistentes
  • Se propone negar inscripción al registro federal de contribuyentes (RFC) a empresas relacionadas con personas que tengan un historial fiscal negativo
  • Se amplían facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para verificar comprobantes fiscales y realizar visitas domiciliarias con herramientas tecnológicas
  • Se incrementa el rigor en sanciones por contrabando, simulación de operaciones y falsificación de documentos

 

📦 Ley Federal de Derechos

  • Ajustes en cuotas por servicios sanitarios, marítimos, migratorios, espacio aéreo y uso de agua
  • Eliminación de duplicidades como el certificado de calidad del agua
  • Adecuaciones en telecomunicaciones y espectro radioeléctrico para ampliar cobertura

 

🚛 Comercio exterior y aranceles

  • Mayor facultad y claridad en las atribuciones de la ANAM
  • Mayor participación y control en registros de agentes y agencias aduanales
  • Cambios en regulaciones respecto a plazos y obligaciones para importación temporal, depósito fiscal y tránsito
  • Nuevas infracciones y sanciones por delitos aduaneros como la evasión fiscal

A continuación, se presenta una explicación detallada de los cambios propuestos por el Poder Ejecutivo.

 

Ley de Ingresos de la Federación

1. Contexto y principios

  • La iniciativa se fundamenta en los principios de justicia social, combate a la corrupción, austeridad republicana y priorización de los sectores más vulnerables
  • El eje rector es el “Humanismo mexicano”, que busca progreso con justicia, equidad y fraternidad
  • Se enfatiza la continuidad de políticas públicas orientadas a fortalecer el mercado interno, la autosuficiencia alimentaria y energética, y la inversión pública para el bienestar social

2. Pronóstico de ingresos para 2026

  • Ingreso total estimado: MXN 10,193,683.7 millones
  • Principales fuentes:
    • Impuestos: MXN 5,838,541.1 (57% del total)
      • ISR: MXN 3,070,149.1
      • IVA: MXN 1,589,069.0
      • IEPS (combustibles, bebidas, tabacos, entre otros): MXN 761,501.9
      • Impuestos al comercio exterior: MXN 254,756.8
    • Cuotas y aportaciones de seguridad social: MXN 641,782.1
    • Derechos: MXN 157,081.7
    • Productos: MXN 16,488.3
    • Aprovechamientos: MXN 203,520.5
    • Ingresos por ventas de bienes y servicios (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE): MXN 1,630,973.6
    • Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo: MXN 232,630.4
    • Ingresos derivados de financiamientos (deuda): MXN 1,472,626.4

3. Proyecciones y tablas relevantes

  • Ingresos presupuestarios como porcentaje del PIB:
    • 2021: 22.3%
    • 2025 (estimado): 21.9%
    • 2026-2031 (proyección): 22.4% anual
  • Participación de ingresos petroleros: se mantiene en torno a 3% del PIB para los próximos años
  • Participación de ingresos no petroleros: alrededor del 19.4% del PIB

4. Política de endeudamiento

  • Endeudamiento neto interno autorizado: hasta MXN 1.78 billones
  • Endeudamiento neto externo autorizado: hasta USD 15,500 millones
  • Pemex: endeudamiento interno hasta MXN 160,619.6 millones y externo hasta USD 5,342.1 millones
  • CFE: endeudamiento interno hasta MXN 8,764.2 millones y externo hasta USD 969 millones
  • Ciudad de México: endeudamiento neto hasta MXN 3,500 millones para obras públicas

5. Reformas a disposiciones en materia de ISR e IVA

  • Sistema financiero:
  • Homologación de reglas de deducción de créditos incobrables con el resto de los contribuyentes
  • Eliminación de la deducción de tres cuartas partes de las cuotas pagadas al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) por instituciones de banca múltiple
  • Plataformas digitales:
  • La propuesta extiende el régimen de retención de IVA e ISR a entidades legales (B2B), aplicando la misma lógica que se usa actualmente para personas físicas. La plataforma de intermediación digital debe retener:
    • 50% de retención de IVA y 4% de ISR, cuando el vendedor (entidad legal) proporciona un RFC nacional a la plataforma de intermediación digital
    • 100% de retención de IVA y 20% de ISR cuando el vendedor no proporciona un RFC
  • Además, la plataforma necesita retener 100% del IVA en estos escenarios:
    • Cuando las ventas son realizadas por no residentes cuando los bienes están en México
    • Cuando el precio de las ventas, servicios o uso temporal o disfrute de bienes se deposita en cuentas bancarias extranjeras
  • Las plataformas deben emitir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) de retención en todos los casos anteriores y reportar información de todos los vendedores, incluidas entidades legales, no residentes y vendedores en México con liquidaciones en el extranjero, incluso si la plataforma no procesa el pago. El SAT emitirá más reglas administrativas
  • La reforma tiene como objetivo abordar esquemas de evasión, como personas físicas que se hacen pasar por entidades legales o no residentes que usan RFC nacionales para eludir las obligaciones de la plataforma
  • Finalmente, la tasa de retención de ISR aplicable a individuos en México que vendan o presten servicios a través de plataformas de intermediación, aumenta de 1% a 2.5%
  • El Ejecutivo propone una nueva obligación importante para las plataformas digitales que requeriría que los proveedores de servicios digitales (tanto residentes extranjeros como en México) otorguen al SAT acceso en línea y en tiempo real a los datos operativos y registros de las transacciones provenientes del país. Las especificaciones técnicas serán publicadas por el SAT a través de reglas administrativas generales. El incumplimiento de esta nueva disposición desencadenará el bloqueo temporal del acceso a internet (kill switch)
  • Repatriación de capitales:
  • Se propone un beneficio fiscal de pagar 15% de ISR sin deducción alguna sobre capitales repatriados a México de recursos lícitos
  • Los recursos retornados del extranjero deberán destinarse a actividades productivas por un plazo mínimo de tres años a la luz del Plan México

6. Medidas fiscales y estímulos

  • Ajuste en tasas de recargos: 1.38% mensual sobre saldos insolutos; tasas diferenciadas para pagos a plazos
  • Estímulos fiscales: para sectores agropecuario, transporte, minería, cultura y libros, así como para importación de gas natural
  • Estímulo fiscal de 100% de multas, recargos y gastos de ejecución: contribuyentes que no excedan de MXN 300 millones de ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024, siempre que subsanen todas las irregularidades antes del 31 de diciembre del 2026, entre otras reglas
  • Exenciones y beneficios: se mantienen exenciones para ciertos sectores y se otorgan beneficios fiscales para la organización de la Copa Mundial FIFA 2026
  • Retención de ISR sobre intereses: se establece una tasa de 0.90% anual para 2026 (misma que ha sido de 0.50% en 2025)

7. Otras disposiciones

  • Austeridad y transparencia: se refuerzan medidas para asegurar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos
  • Recaudación federal participable: se estima en MXN 5.34 billones
  • Inversión en capital humano: hasta 3.6% del PIB en educación, salud y formación, excluidos del equilibrio presupuestario
  • Fondo de pensiones para el bienestar: se destinan remanentes y recursos excedentes de diversas fuentes para fortalecer este fondo

8. Consideraciones económicas

  • Entorno internacional: se reconoce un contexto de incertidumbre global, pero se prevé que México mantenga crecimiento moderado, apoyado en la demanda interna, exportaciones y programas sociales
  • Riesgos: persisten riesgos por volatilidad internacional, política comercial y revisión del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)

9. Vigencia

  • La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 entrará en vigor el 1 de enero de 2026

 

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

1. Tabacos labrados y productos con nicotina

  • Aumento de impuestos: se propone incrementar la tasa del IEPS para cigarros, puros y otros tabacos labrados de 160% a 200%, y para puros hechos a mano del 30.4% al 32%. Además, se incrementa la cuota específica por cigarro de MXN 0.6445 en 2025 a MXN 1.1584 en 2030, con incrementos graduales cada año fiscal de 2026 a 2029
  • Nuevos productos gravados: se incluyen en la base gravable otros productos que contengan nicotina, naturales o artificiales (como bolsas de nicotina), con la misma tasa de 200% y una cuota específica basada en el contenido de nicotina
  • Exenciones: se exenta del IEPS a productos de nicotina utilizados como terapia de reemplazo que cuenten con registro sanitario como medicamento
  • Justificación: el objetivo es reducir la asequibilidad y el consumo, especialmente entre jóvenes, y alinearse con recomendaciones internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)

2. Bebidas saborizadas con edulcorantes añadidos

  • Aumento de cuota: se eleva la cuota específica por litro de bebidas saborizadas de MXN 1.6451 en 2025 a MXN 3.0818 en 2026
  • Ampliación de la base: ahora se gravan también las bebidas saborizadas que contengan edulcorantes añadidos, sean naturales o artificiales, no solo azúcares
  • Motivo: México tiene uno de los consumos más altos de bebidas saborizadas, lo que contribuye a la obesidad y enfermedades crónicas. El incremento busca desincentivar su consumo y mejorar la salud pública

3. Juegos con apuestas y sorteos

  • Aumento de tasa: se incrementa la tasa del IEPS para juegos con apuestas y sorteos de 30% a 50%, incluyendo los realizados por internet o medios electrónicos por residentes en el extranjero
  • Regulación digital: se establecen obligaciones fiscales y sanciones para plataformas digitales y operadores extranjeros que ofrezcan estos servicios en México, incluyendo el bloqueo temporal del acceso en caso de incumplimiento
  • Justificación: el crecimiento de la industria y los riesgos sociales y económicos asociados justifican una mayor carga fiscal y control

4. Videojuegos con contenido violento, extremo o para adulto

  • Nuevo impuesto: se propone gravar con una tasa de 8% del IEPS la venta y descarga de videojuegos con contenido violento, extremo o para adulto, no aptos para menores de 18 años, tanto en formato físico como digital
  • Definición y alcance: incluye videojuegos con violencia intensa, sangre, contenido sexual gráfico, lenguaje fuerte o apuestas con moneda real. También se grava el contenido adicional pagado dentro del videojuego y las membresías o suscripciones que den acceso a este tipo de juegos
  • Obligaciones para plataformas: las plataformas digitales deberán retener y enterar el impuesto, publicar precios con IEPS incluido y proporcionar información al SAT
  • Motivo: se busca reducir la exposición de menores a estos contenidos y atender las externalidades negativas en la salud mental y social

5. Actualización de referencias legales

  • Ciudad de México: se actualizan las referencias de "Distrito Federal" a "Ciudad de México" en la Ley

6. Disposiciones transitorias

  • Entrada en vigor: el decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026. La nueva cuota específica para cigarros será aplicable a partir del 1 de enero de 2030, con cuotas graduales y transitorias para los años 2026 a 2029
  • Reglas para operaciones previas: se establecen reglas para operaciones celebradas antes de la entrada en vigor del decreto

 

Código Fiscal de la Federación

1. Combate a los falsos comprobantes fiscales

  • Se refuerzan las medidas para combatir la emisión y uso de comprobantes fiscales falsos (facturas falsas), incluyendo prisión preventiva oficiosa para cualquier actividad relacionada con estos comprobantes
  • Se amplía la definición de comprobante falso: no solo los apócrifos, sino también aquellos que, aunque timbrados por el SAT, amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas
  • El SAT podrá negar la inscripción en el RFC a personas morales cuyos socios, accionistas o representantes legales hayan estado involucrados en empresas con antecedentes de operaciones inexistentes, créditos fiscales firmes, o sentencias condenatorias por delitos fiscales
  • Se establece como requisito que los CFDI amparen operaciones reales, verdaderas y existentes. Si no cumplen, se considerarán falsos
  • Se crea un procedimiento expedito de visita domiciliaria para verificar la veracidad de los CFDI, con suspensión inmediata de la facturación del presunto infractor y plazos abreviados para la resolución

2. Simplificación fiscal y seguridad jurídica

  • Se elimina la obligación de verificación de identidad de los usuarios en la creación de firmas electrónicas avanzadas, quedando solo a cargo del SAT
  • Personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza quedan liberadas de presentar declaración anual, debiendo solo realizar pagos mensuales definitivos
  • Se amplía el plazo para cancelar CFDI hasta el mes en que se deba presentar la declaración anual del ISR, atendiendo a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
  • Se precisa que la reconsideración administrativa solo procede respecto de resoluciones definitivas que determinan créditos fiscales
  • Se otorga una multa atenuada a contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza por infracciones relacionadas con la expedición de CFDI
  • Se amplía el plazo para notificaciones fiscales no personales de tres a 20 días hábiles

3. Fortalecimiento de facultades de la autoridad fiscal

  • Se agregan nuevas causales para la restricción temporal del certificado de sello digital para facturar, incluyendo créditos fiscales firmes impagos y prácticas indebidas en la comercialización de hidrocarburos
  • Se permite a la autoridad fiscal verificar estados de cuenta de todas las entidades financieras, no solo bancos
  • Se refuerzan los supuestos para la suspensión y cancelación del RFC por inactividad, para depurar el padrón y prevenir el uso indebido de empresas inactivas
  • Se obliga a los fedatarios públicos a pronunciarse sobre la autenticidad de documentos presentados ante el SAT cuando así se requiera
  • Se establece la obligación de consignar el número de permiso vigente de la CNE en los CFDI de hidrocarburos y petrolíferos
  • Se adiciona la revisión en tiempo real a plataformas digitales, obligando a los prestadores de servicios digitales a dar acceso en línea y en tiempo real a la autoridad fiscal
  • Se autoriza el uso de herramientas tecnológicas (fotos, videos, audios) en visitas domiciliarias y verificaciones de bienes en transporte

4. Delitos fiscales y de comercio exterior

  • Se modifica la obligación del contador público inscrito de informar sobre actos potencialmente constitutivos de delito, como resultado de la elaboración de su dictamen
  • Se equipará a delito de contrabando la comercialización de cigarros sin código de seguridad o con código apócrifo
  • Se sanciona penalmente la presentación de hechos o documentos falsos en procedimientos fiscales
  • Se agregan nuevos supuestos de presunción de contrabando, especialmente para maquiladoras y operaciones de comercio exterior simuladas
  • Se endurecen las sanciones para quienes certifiquen falsamente el origen de mercancías para obtener trato arancelario preferencial

5. Otros cambios relevantes

  • Se reestructura el orden y modalidades para garantizar el interés fiscal, priorizando el billete de depósito del Banco del Bienestar
  • Se elimina la dispensa de garantizar el crédito fiscal al promover recursos de revocación, para evitar prácticas evasivas
  • Se ajustan plazos y procedimientos para notificaciones, embargos, inmovilización de cuentas y ejecución de créditos fiscales
  • Se establecen sanciones específicas para la destrucción o alteración de sellos de clausura y para la expedición de CFDI condicionada a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal (CIF)

6. Transitorios

  • Las reformas al CFF entrarán en vigor el 1 de enero de 2026
  • Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor se resolverán conforme a la legislación vigente al momento de su inicio

 

Ley Federal de Derechos

La iniciativa propone ajustes fiscales y administrativos en múltiples sectores, con el objetivo de:

  • Actualizar cuotas de derechos conforme al costo real de los servicios públicos
  • Fortalecer la eficiencia operativa de instituciones federales
  • Alinear la Ley Federal de Derechos con reformas sectoriales recientes

 

Principales reformas propuestas

1. Migración

  • Aumento de 14.2% en la cuota por documento de visitante sin permiso para actividades remuneradas
  • Incremento de 100% en cuotas para residentes temporales y permanentes
  • Descuento de 50% para ciertos perfiles migratorios (unidad familiar, oferta de empleo, invitación institucional)
  • Cobro por autorización para abordar embarcaciones en navegación de altura
  • Cobro por emisión del formato de autorización de salida de menores

2. Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)

  • Exención de derechos para inscripción simplificada de valores
  • Metodología de cálculo proporcional para emisoras simplificadas
  • Eliminación de supervisión fiscal para emisoras simplificadas

3. SAT – Marbetes y precintos

  • 50% de ingresos por derechos se destinarán al SAT para mejorar impresión y autenticidad

4. Competencia económica

  • Extinción de la Cofece
  • Creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA)
  • Derogación de artículos relacionados con derechos por notificación de concentración

5. Sanidad vegetal y animal

  • Incremento en cuotas por certificados fitosanitarios y zoosanitarios para exportación

6. Aviación civil

  • Ajuste de cuotas por servicios aeronáuticos, certificaciones, verificaciones y licencias
  • Exención de pago entre órganos desconcentrados del mismo sector

7. Telecomunicaciones y radiodifusión

  • Sustitución del Instituto Federal de Telecomunicaciones por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
  • Creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
  • Reformas para reflejar nuevas figuras jurídicas y concesiones
  • Descuentos por uso del espectro radioeléctrico condicionados a cobertura en zonas prioritarias
  • Exención para concesiones comunitarias, indígenas y afromexicanas

8. Derechos de autor

  • Eliminación del cobro por procedimiento de avenencia
  • 100% de ingresos por derechos se destinarán al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor)

9. Agua y medioambiente

  • Eliminación del certificado de calidad del agua como requisito para exención fiscal
  • Revisión de parámetros de calidad conforme a la NOM-001-SEMARNAT-2021
  • Reforzamiento del cobro coactivo por incumplimiento en programas de infraestructura hídrica

10. Zona federal marítimo terrestre

  • Inclusión de nuevos municipios (El Dorado y Juan José Ríos) en la ZONA II
  • Actualización del nombre del municipio de Solidaridad a Playa del Carmen

11. Bienes culturales

  • Creación de la categoría IV para zonas arqueológicas con museo (Chichén Itzá, Uxmal, Dzibilchaltún)
  • Descuentos para nacionales y residentes en categorías I, II y III
  • Acceso gratuito al Museo Nacional de Arquitectura

 

Disposiciones transitorias

  • La mayoría de las reformas a la Ley Federal de Derechos entrarán en vigor el 1 de enero de 2026
  • Algunas disposiciones dependerán de la integración de nuevos órganos (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y CNA)

 

Ley Aduanera

Facultades de las autoridades aduaneras

  • Tanto la ANAM como el SAT son reconocidos por la Ley Aduanera
  • Reconocen tener facultades de verificación, inspección y control de mercancías

 

Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones

  • Autoridad aduanera encargada de formular y conducir las políticas de inclusión y gobierno digital en la Administración Pública Federal
  • Se permite para el ejercicio de facultades del SAT podrán apoyarse de equipo tecnológico, de videograbación o cualquier otro medio con el que se cuente

 

Agentes y agencias aduanales

  • La patente de Agente Aduanal tendrá vigencia de diez años, prorrogables a diez años más
  • Agentes aduanales deberán certificarse cada dos años
  • Creación de un Consejo Aduanero
  • Requisitos más estrictos para autorización y operación

 

Mensajería y paquetería

  • ANAM podrá otorgar autorización a las empresas de mensajería y paquetería para realizar el despacho mediante el procedimiento simplificado
  • Se deberá de contar con un sistema de análisis de riesgo permitiendo el acceso a la autoridad en línea
  • Determinar el pago de contribuciones aplicando el factor que publique el SAT considerado por sector

 

Procedimientos aduaneros

  • En caso de mercancías sujetas a Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información, la facultad de las autoridades ya no será retenidas en caso de incumplimiento, sino de embargo precautorio
  • Embargo precautorio si no son dirigidas al domicilio autorizado
  • Se faculta a la autoridad para requerir mayor información y documentación adicional

 

Régimen de depósito fiscal en almacenes generales de depósito

  • Dentro de un plazo de 20 días naturales para arribo de mercancía en caso de no arribar en ese periodo, proceder a cambio de régimen

 

Recinto fiscalizado estratégico

  • Garantizar el pago de contribuciones mediate cuentas aduaneras de garantía
  • No podrán obtener la autorización personas que ya cuente con el registro o vinculadas
  • Nuevas regulaciones para el retiro de la mercancía del recinto, así como quiénes están facultados
  • La autoridad determinará que mercancías no están sujetas a este régimen

 

Tratados internacionales

  • Para aplicación de preferencias, presentar documentación que acredite que estuvo en vigilancia de las autoridades aduaneras de un país no miembro
  • Aplicación de preferencia solicitando posterior dentro del plazo previsto en ley

 

Operador económico autorizado

  • Se propone establecer que al ser cancelado del programa si deriva de un delito fiscal o relacionado con entrada y salida de mercancía, no tener la oportunidad de obtención de nueva cuenta de la certificación

 

Actualización y adecuación del marco jurídico

Definiciones y modernización conceptual

  • Se actualizan definiciones relacionadas con comercio exterior, agentes aduanales y figuras de representación

 

Reglas generales de comercio exterior

  • Comprobante digital por internet para amparar traslado de mercancía en territorio nacional
  • Incluir dentro del expediente electrónico información que acredite los recursos para efectuar las operaciones de comercio exterior
  • Comprobar para el caso de transferencia de mercancía desde su importación hasta su incorporación en el proceso productivo
  • Nuevas sanciones y fracciones por temas de omisiones o conductas encaminadas a evasión o elusiones fiscales

 

Presupuesto de egresos de la federación

1. Disposiciones generales

  • El presupuesto regula la planeación, ejercicio, control, seguimiento y evaluación del gasto público federal para 2026, conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y otras leyes relacionadas
  • La interpretación administrativa corresponde a la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
  • La información presupuestaria debe enviarse a la Cámara de Diputados y publicarse en formato electrónico

2. Montos y distribución del gasto

  • Gasto neto total: MXN 10,193,683,700,000
  • Déficit presupuestario previsto: MXN 1,393,770,634,695
  • El gasto se distribuye en anexos y tomos que detallan erogaciones por ramos autónomos, administrativos, generales, proyectos de inversión, compromisos plurianuales, previsiones salariales, deuda pública, y programas prioritarios (educación, salud, igualdad de género, desarrollo rural, entre otros)

3. Recursos federales y transferencias

  • Se establecen reglas para la transferencia de recursos a entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México
  • Los fondos federales deben ser ejercidos conforme a la ley y reportados trimestralmente
  • Se detallan fórmulas para la distribución de fondos como FORTAMUN y FAM, considerando variables como PIB per cápita y población

4. Lineamientos para el ejercicio fiscal

  • Los subejercicios y ahorros se reasignarán a programas sociales e infraestructura
  • Se refuerzan medidas de austeridad y disciplina presupuestaria: no creación de plazas salvo excepciones, control de remuneraciones, consolidación de contrataciones públicas, y transparencia en contratos y pagos
  • Se prohíbe el uso de recursos para fines distintos a los autorizados y se establecen mecanismos de control y reporte

5. Remuneraciones y servicios personales

  • Se fijan límites mínimos y máximos de percepciones para servidores públicos de todos los poderes y órganos autónomos
  • Se detallan tabuladores y prestaciones para cada nivel jerárquico, incluyendo sueldos base, compensaciones, aguinaldos, primas, seguros y otros beneficios
  • Se prohíben pagos extraordinarios por término de encargo o administración

6. Igualdad de género, inclusión y derechos

  • Se establece la transversalidad de la perspectiva de género en todos los programas federales
  • Se promueve la inclusión de personas con discapacidad y el desarrollo integral de pueblos indígenas y afromexicanos, con recursos etiquetados y reglas de operación específicas

7. Inversión pública y evaluación

  • Se autorizan nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, principalmente para la CFE
  • Se detallan los mecanismos de evaluación del desempeño de los programas presupuestarios, con énfasis en resultados y transparencia

8. Programas y subsidios prioritarios

  • Se listan los programas sujetos a reglas de operación y los principales programas federales, incluyendo becas, pensiones, apoyos al campo, salud, vivienda, cultura, ciencia y tecnología
  • Se incluyen anexos con montos asignados por entidad federativa y por programa

9. Disposiciones transitorias

  • El decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026
  • Se establecen reglas para la continuidad administrativa, transferencias de recursos y adecuaciones presupuestarias derivadas de reformas legales

Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos y Legal de KPMG México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones anteriores.

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