El 12 de diciembre de 2022, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que establece los criterios a considerar para el cumplimiento y la constatación de obligaciones patronales a los empleadores de la industria hotelera.

Asimismo, la publicación delimita las actividades y consideraciones que serán tomadas en cuenta por la autoridad laboral para determinar las prestaciones de servicios que podrán ser calificadas como especializadas.

En virtud de lo anterior, las personas físicas o morales que se dediquen a prestar servicios especializados referentes a limpieza de habitaciones, atención o registro de huéspedes, cuidado de la cocina, reservaciones y cargos a la habitación, así como cocineros, cantineros, capitanes de meseros, meseros, encargados de lavandería o ropería y lavalozas deberán revisar los contratos de servicios especializados que se tengan celebrados.

De igual forma, las entidades deberán supervisar el enrolamiento ante el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse). Lo anterior, con el objetivo de que los documentos y la operación se encuentren adecuados a los requisitos emitidos por la STPS.

¿Cuándo entra en vigor?

El acuerdo cobra vigencia a partir del 13 de diciembre de 2022, por lo cual es de extrema importancia que las organizaciones de la industria revisen y adecuen la documentación y operación de conformidad con los señalamientos de la autoridad, ya que la STPS tendrá la facultad de sancionar a quienes no cumplan con lo publicado.

Por otro lado, se estableció que dicho órgano tendrá la obligación de efectuar visitas de inspección a los patrones de la industria hotelera con el objetivo de constatar el acatamiento de dicho acuerdo.

En tal virtud, las empresas que no cumplan con lo mencionado a partir de la fecha estipulada podrán ser sancionadas con una multa de entre MXN 192,400 y MXN 4,811,000, por lo que se recomienda la revisión y adaptación oportuna de la documentación y los servicios prestados.

 

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

Contenido relacionado