Para prevenir la evasión fiscal y en apoyo a la transparencia tributaria, se han implementado y desarrollado servicios digitales destinados al cumplimiento de las obligaciones fiscales. Tal es el caso de la facturación electrónica que ahora forma parte del procedimiento habitual de prácticamente todas las transacciones económicas en actividades comerciales en México, Brasil, Chile, Colombia, entre otros países.

En los últimos años, México ha mantenido una postura vanguardista con respecto a la fiscalización estratégica, implementando tecnologías de la información y la comunicación, misma que, debido al éxito recaudatorio, resulta alentadora para naciones de la región.

Dentro de las medidas adoptadas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incluido herramientas tecnológicas para el cumplimiento de obligaciones o trámites como la presentación de declaraciones anuales de personas físicas y morales por medio de aplicativos virtuales; no obstante, a partir del ejercicio fiscal 2019, se han llevado a cabo cambios importantes en la presentación de la información.

Una de las características preponderantes de este aplicativo, a la que se le ha atribuido la eficiencia en el control fiscal y la mitigación de altas tasas de evasión, es el formato prellenado que emplea, pues la plataforma vincula por lo menos 50% de los datos de los contribuyentes a presentar en la declaración anual mediante la precarga del 100% de los ingresos mensuales y la totalidad de la deducción de la nómina de las empresas.

Respecto a los ingresos precargados, la herramienta es capaz de extraer, de los datos presentados por el contribuyente en los pagos provisionales del ejercicio, el total de los ingresos declarados por este y, solo bajo ciertas excepciones, se habilita la opción de editar esta información.

Si bien, actualmente, la precarga mencionada aún toma la información alimentada por el propio contribuyente, es importante considerar que las autoridades fiscales en México reciben de forma mensual las balanzas de comprobación de las entidades y tienen acceso amplio a la facturación electrónica. Por ello, las inconsistencias detectadas por los cruces de información realizados han dado lugar a requerimientos y cartas invitación a los contribuyentes.

No obstante, se prevé que la carga manual de ingresos mensuales ya no sea necesaria, lo que representaría nuevos retos para los contribuyentes. El SAT se prepara para que el pago provisional mensual contenga información precargada, proveniente de los comprobantes fiscales digitales que la empresa haya emitido en el periodo y de la declaración anual del ejercicio anterior, sin posibilidad de modificar información de forma manual, por lo que, de no conciliar los ingresos, las compañías se verán obligadas a presentar declaraciones complementarias.

Por otro lado, la información respecto a los gastos de nómina (correspondiente a las deducciones para personas morales) se da cuando el aplicativo realiza la precarga de los datos contenidos en los comprobantes fiscales de nómina emitidos por el contribuyente, haciendo inclusión del impuesto sobre la renta (ISR) retenido y enterado por el patrón. De igual manera, la información no es editable a menos que se quiera reclasificar algún sueldo o salario como gasto no deducible, y, de existir inconsistencias, los contribuyentes deben recurrir a la reemisión de los comprobantes correspondientes.

Es indispensable contar con una conciliación de los datos contables registrados y los enterados al SAT para reducir las posibles diferencias entre los mismos, ya que, de detectarse inconsistencias, el contribuyente debe corregir. Justamente, uno de los objetivos de las autoridades para mejorar el proceso de fiscalización es incentivar la autocorrección, con la finalidad de fomentar la cultura fiscal y acortar tiempos en auditorías y requerimientos.

Es notable que las herramientas de programación y fiscalización ya se encuentren en uso, y que las autoridades fiscales sigan buscando alternativas para que, de forma paulatina, el proceso de declaración en materia de ISR se automatice. Sin embargo, también se prevén futuros cambios referentes a las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA) y mejoras en el intercambio de información internacional para la detección de cuentas en el extranjero.

 

Nota: las ideas y opiniones expresadas en este escrito son del autor y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en México.

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