Competencia de la SCT

8/04/2020

 

¿Cuáles son las actividades esenciales en cuanto a infraestructura, transporte, operaciones portuarias y comunicaciones?

 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió el “Acuerdo por el que se precisan las actividades esenciales de su competencia en el marco de atención de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 31 de marzo de 2020”, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2020. El acuerdo establece:

 

Actividades en materia de infraestructura

· Operación de la red de carreteras, autopistas de cuota, libres de peaje, así como todos aquellos caminos rurales y alimentadores, y puentes entregados a los gobiernos de las entidades federativas y municipios para su operación, mantenimiento, conservación, rehabilitación y vigilancia.

 

Actividades en materia de transporte

· Aéreo. Comprende principalmente servicios de certificación de vuelos seguros; exportación y aeronavegabilidad; explotación de servicios aéreos y su renovación; permisos de taller; autorizaciones de sobrevuelos, vuelos de rescate y humanitarios; servicios aeroportuarios, complementarios, de ayuda de navegación; asignación y cancelación de matrículas de aeronaves al servicio público, aprobación de pólizas de seguro

· Ferroviario. Prestación de servicio público de carga y de pasajeros, rehabilitación, conservación y mantenimiento de vías y equipo ferroviario

· Autotransporte federal:

i. Las actividades vinculadas con: servicios de transporte de personas y carga federal; mantenimiento de flota vehicular; proveeduría de refacciones y servicios conexos; servicios de limpieza y desinfección para vehículos de todo tipo; terminales de pasajeros; paradores; estaciones de servicios mecánicos y venta de diésel y gasolina; servicios de carga, paquetería o mensajería; servicios de grúa, arrastre, salvamento y depósito de vehículos

ii. Terminales de pasajeros y unidades de verificación auxiliarles al autotransporte federal

iii. Supervisión de las principales terminales centrales de autobuses de pasajeros del país

iv. Expedición de autorizaciones provisionales para circular sin placas metálicas, para que las unidades destinadas al autotransporte federal puedan transitar y prestar servicios mientras persista la emergencia sanitaria

· Marítimo. Expedición de autorizaciones, permisos y servicios vinculados con el transporte de pasajeros y carga, así como con la producción y distribución de gas, petróleo, gasolina o turbosina; permisos temporales para navegación de cabotaje a embarcaciones extranjeras; autorizaciones de permanencia a artefactos navales extranjeros para operar en las zonas marinas mexicanas y permisos para prestación de servicios de transporte de pasajeros en vías navegables

 

Actividades en materia de operación portuaria

Relativas a la operación de entrada y salida de buques, carga y descarga de mercancías y pasajeros necesarios para la continuidad del abasto de suministros; prestación del servicio de pilotaje y aquellas actividades inherentes a la operación de los buques en puerto; maniobras de enmienda y fondeo de embarcaciones en los puertos; servicio de pilotaje y aquellas actividades inherentes a la operación de los buques en puerto que requieran atención inmediata por las oficinas de servicios a la marina mercante y la autorización de maniobras de enmienda y fondeo de embarcaciones en los puertos.

 

Actividades en materia de comunicaciones

Acciones para garantizar la continuidad de las redes de telecomunicaciones y radiodifusión para que la población pueda acceder a ellos; acciones de salvaguarda de infraestructura crítica; continuidad de proyectos de cobertura social; difusión de información sobre uso racional de las tecnologías de telecomunicaciones y radiodifusión; servicios de correo y mensajería a cargo de Sepomex; servicios de oficinas y de dispersión de recursos, así como satelitales Telecomm; mantenimiento de la red privada del gobierno federal y evaluación de proyectos de desarrollo tecnológico.

 

Como siempre, el personal de la Práctica de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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