El ambiente regulatorio del comercio exterior, por su propia naturaleza, no puede permanecer estático sino que las disposiciones que lo rigen requieren cambios que le permitan estar vigente para el contexto económico, y acorde con las tendencias de los negocios internacionales. Por ello, es importante anticipar los efectos que dichos cambios pudiesen generar en las operaciones aduaneras con el propósito de mitigar, en la medida de lo posible, el impacto o, en su caso, potenciar las oportunidades.
En este contexto, la próxima ratificación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) por parte Canadá para poder alcanzar la esperada entrada en vigor es un punto clave en el comercio exterior de México, ya que después de más de dos décadas trabajando al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), se presenta un nuevo acuerdo que conlleva cambios en las reglas de origen para varios sectores industriales.
Es preciso mencionar que, para ciertas industrias, los cambios que introducirá el T-MEC en sus operaciones aduaneras no se ceñirán a temas de forma sino que tendrán un significado mayor, al grado de verse en la necesidad de replantear sus esquemas operativos y, en algunos casos, revolucionar su cadena de suministro a efectos de ser aptos para cumplir los requerimientos de este tratado. 2
Una vez que entre en vigor el T-MEC (se espera que sea a inicios del segundo semestre de 2020), la regulación aduanera de México deberá establecer el marco idóneo para su implementación. En el primer trimestre, las empresas están en posibilidad de revisar sus procedimientos de calificación de origen para evaluar si, bajo las nuevas disposiciones, podrán seguir obteniendo ventajas competitivas de un trato arancelario preferencial o, si incluso tendrán oportunidad de beneficiarse con una proyección internacional. Aunado a lo anterior, es preciso gestionar anticipadamente con los proveedores la emisión de declaraciones de origen para efectos de este tratado.
En cualquiera de los supuestos en los que se encuentren las empresas, ya sea con el reto de asimilar en sus operaciones las nuevas reglas del T-MEC o con la oportunidad de irrumpir en el escenario internacional con el aval del mismo, incluso, en un tercer supuesto en el que las reglas de origen de la industria no hubiesen sufrido mayores cambios y la operación aparentemente se mantuviese constante, es conveniente robustecer los procedimientos de resguardo de la información que soporte el origen de la mercancía para efectos de importación y exportación, pues la revisión de origen es una tendencia relevante en la fiscalización.
La atención general se encuentra en el procedimiento de ratificación y en la futura entrada en vigor del T-MEC; sin embargo, también es importante revisar, al menos cinco años atrás, la aplicación de preferencias arancelarias con base en las disposiciones del TLCAN.
Esta revisión tiene como objetivo evaluar el grado de cumplimiento con respecto al resguardo de la información que soporta la calificación de origen de las mercancías beneficiadas. La relevancia de esto estriba en que las autoridades aduaneras de los tres países que forman parte del tratado conservarán sus facultades de verificación para solicitar la documentación comprobatoria del origen manifestado conforme a la disposiciones del TLCAN (por la operaciones que se realizaron mientras este estuvo vigente) y, en su caso, podrán exigir los créditos fiscales que se deriven de la imposibilidad de acreditar que fue correcta la aplicación de una tasa arancelaria preferencial.
Esquema de garantía para mercancías sensibles
Dentro del ambiente del comercio exterior, el Programa IMMEX había logrado consolidarse como institución del comercio exterior que atendiese al desarrollo económico, como su propio nombre lo indica, así como al fomento de la industria manufacturera y de servicios de exportación de México.
Casi tres años después de su última modificación significativa, en 2019 se presentaron nuevamente cambios en cuanto a los aspectos formales del cumplimiento a las obligaciones inherentes al Programa IMMEX mediante la iniciativa denominada “simplificaciones de trámites”, que por medio de oficios y boletines modificó el marco regulatorio y de certeza que había imperado hasta entonces.
Estos cambios han representado un reto significativo para la industria, en lo particular en el desarrollo y la ejecución de las operaciones de comercio exterior. De forma paralela a esta modificación, se publicaron diversas versiones de un anteproyecto enfocado al control de las importaciones temporales de mercancías sensibles, denominado “esquema de garantías”, el cual suplirá las ampliaciones que deben solicitarse al amparo del Programa. Esto, con el fin de evitar prácticas comerciales que pudieran ocasionar un perjuicio a la producción nacional. Este nuevo sistema propuesto consistiría en la obligación de garantizar el valor comercial de las mercancías sensibles que se importen de forma temporal al amparo del IMMEX, con los montos que se señalan en un anexo creado para tal efecto.
Las empresas con Programa IMMEX que cuenten con la autorización para importar mercancía sensible al amparo de la certificación con modalidad de impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), no están exentas de la obligación de cumplir con el esquema de garantías, salvo que, antes de que entre en vigor esta nueva disposición, se incluya alguna facilidad para modalidad del IVA y el IEPS.
Asimismo, el proyecto del esquema de garantías obligaría a las empresas que requieren importar las mercancías sensibles para sus procesos productivos o actividades de servicios, a reportar el inventario existente mediante la Ventanilla Digital del Comercio Exterior, y tener un control sobre las mismas. Las disposiciones del proyecto, una vez publicado, entrarían en vigor 90 días después, de ahí que, a efectos de estar preparados ante este nuevo reto que incorporará el IMMEX, es imperativo evaluar el impacto económico (en cuanto a la garantía) y de control para lograr una correcta administración.
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[1] Los órganos de gobierno de México y Estados Unidos de América ya realizaron lo propio, por lo que se espera que el País parte que está pendiente de ratificar el Tratado lo lleve a cabo en este primer trimestre de 2020.
2 Por mencionar algunos ejemplos relevantes: Industria automotriz, autopartes, textil y confección, entre otras.
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