Flash Fiscal: Reglas para el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas

Reglas para el llenado de las declaraciones anuales

El martes 4 de abril se publicó en el portal de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) la versión final de las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal que regulan el llenado y envío de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (declaración informativa maestra, local y país por país).

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El 17 de octubre de 2016, la Prodecon había publicado en su portal el proyecto de reglas para el llenado y envío de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas elaborado originalmente por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mismas que se sometieron a consulta pública hasta el 18 de noviembre de 2016.

 

Derivado de este ejercicio sin precedentes, que incluyó diversas reuniones entre el SAT, la Prodecon, contribuyentes y especialistas en la materia, el día de hoy se emitieron dichas reglas que a continuación se contrastan con las que se habían emitido el 17 de octubre de 2016 y con las publicadas el 5 de octubre de 2015 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como parte del Plan de Acción 13 del proyecto Base Erosion and Profit Shifting (BEPS).

 

Dé clic aquí para conocer a detalle los cambios entre ambas reglamentaciones.
http://www.kpmgmexico.com.mx/externos/AF-2017/flash-fiscal/FF09-17-reglas-llenado-declaraciones-anuales-relacionadas.html

 

Adicionalmente, es necesario precisar que:

 

1.-No existe obligación por parte del contribuyente de presentar el estudio de precios de transferencia ni de exhibir documentación diversa a la que contempla la Ley del Impuesto sobre la Renta como el Plan de Acción 13 del proyecto BEPS dentro de la declaración informativa local

2.-Los grupos empresariales multinacionales mexicanos no deberán presentar varias declaraciones país por país, solo una declaración por la última matriz residente en México

3.-Se reconoce la validez de la declaración informativa maestra elaborada con base en el Plan de Acción 13 de BEPS por una casa matriz en el extranjero

4.-Se incluye la definición de diversos conceptos usados en las reglas, tales como:

 

  • Personas morales operativas
  • Mercados geográficos
  • Cadena de valor
  • Actividades rutinarias y no rutinarias
  • Grupo empresarial multinacional
  • Reestructura de negocios
  • Bienes intangibles
  • Políticas de precios de transferencia

 

5. Reconocimiento del idioma inglés para la declaración informativa maestra, y para los contratos que deben mostrarse en la declaración informativa local

6. Reconocimiento de monedas extranjeras para la presentación de la declaración informativa maestra y país por país

7. La declaración informativa maestra puede entregarse por línea de negocio

8. La declaración informativa maestra puede entregarse como una sola, de manera conjunta, para grupos multinacionales y entidades paraestatales

9. Para la declaración informativa maestra el contribuyente declarará si para presentar la totalidad de la información contenida en la declaración proporcionó información elaborada por las entidades en el extranjero que forman parte del grupo empresarial multinacional al que pertenece

10. Para la declaración informativa maestra, cuando las fechas término del ejercicio fiscal de la entidad extranjera que elaboró dicha declaración del grupo empresarial multinacional no coincidan con el año calendario, el contribuyente obligado podrá indicar lo anterior en la declaración informativa normal a más tardar el 31 de diciembre de 2017, con lo cual se podrá apegar posteriormente a los plazos establecidos para la declaración país por país

11. Para efectos de la declaración informativa local, el contribuyente señalará la fecha de elaboración, RFC del elaborador y asesor, se indicará si la(s) operación(es) está(n) pactada(s) como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables si de dicha documentación e información se desprende algún ajuste y, en su caso, se proporcionarán aclaraciones relativas a la realización de ajustes

 

Para efectos de la declaración informativa local, los contribuyentes que por el ejercicio fiscal a declarar tengan un acuerdo anticipado de precios vigente, para una o varias operaciones con partes relacionadas, o bien, lleven a cabo operaciones de maquila y se hayan apegado al cumplimiento del safe harbor, podrán optar por no presentar dicha declaración informativa.
 

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