¿Qué sucede con las normas en tramitación y qué se puede aprobar?

El adelanto electoral ha generado dudas en los diferentes sectores sobre los siguientes pasos que seguirán las normas que se estaban tramitando.

 

¿Qué sucede con las normas en tramitación y qué se puede aprobar?

  • El Gobierno actual continuará su actividad, aunque con ciertas limitaciones
  • El destino de las normas que se encontraban en tramitación dependerá de si la iniciativa cuenta con rango de ley o rango reglamentario

El adelanto electoral para el próximo 23 de julio ha generado dudas en los diferentes sectores sobre los siguientes pasos que seguirán las normas que, hasta ese momento, se estaban tramitando en las Cortes Generales. Son los casos, por citar algunos ejemplos, de la Ley de creación de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, el de la Ley de Movilidad Sostenible, el de la Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario y el de la Ley de Modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, -como proyectos de ley- o el de la Ley de Mecenazgo, como proposición de ley.

Para Cristina Fernández, directora en el área de Fiscalidad Corporativa y responsable de Gestión del Conocimiento de KPMG Abogados, “el número de proyectos de ley en marcha en el momento de convocar las elecciones es una muestra del intenso momento de producción legislativa en el que estamos inmersos. El resultado de los comicios determinará qué proyectos y proposiciones de ley seguirán adelante y de qué manera por los apoyos parlamentarios que requiere su aprobación”, señala Fernández.

Una vez disueltas las Cortes Generales, las Diputaciones Permanentes del Congreso y el Senado adquieren un papel protagonista. 

Dos vertientes para las normas en tramitación

Desde que se disuelven las Cortes Generales y se convocan las elecciones generales, el destino de las normas que se encontraban en tramitación pueden desdoblarse en dos vertientes dependiendo de si la iniciativa cuenta con rango de ley (proyectos o proposiciones de ley) o rango reglamentario.

A su vez, en los proyectos o proposiciones de ley hay que distinguir si la tramitación procede de un real decreto ley pendiente de convalidación o si la tramitación proviene del procedimiento ordinario. En el primer caso, la norma resulta de aplicación en los términos en los que se había aprobado hasta que no se formalice su convalidación o derogación. Sin embargo, si la tramitación proviene del procedimiento ordinario, las iniciativas decaerían conforme al artículo 207 del reglamento del Congreso. Cuando se constituyan las nuevas Cortes Generales, dichos proyectos de ley podrán tramitarse nuevamente, pero desde el inicio.

Al margen de lo anterior, el Gobierno conserva su capacidad de aprobar decretos leyes, debiendo concurrir razones de extraordinaria y urgente necesidad, requisito necesario para regular por esta vía. Se acaba de hacer público que el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto ley con medidas de muy diversa índole, como la prórroga de medidas tributarias o, incluso, la transposición de la directiva comunitaria de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, que merece ser analizado en detalle.

Algunas iniciativas parlamentarias (proyectos o proposiciones de ley) en tramitación al tiempo de la convocatoria de elecciones

RDL pendiente de convalidación

Entre ellos se encontraban:

  • Proyecto de Ley de medidas urgentes por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la UE en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales (procedente del RD-ley 3/2020, de 4 de febrero).
  • Proyecto de Ley de transposición de directivas de la UE en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales, y defensa de los consumidores (procedente del RD-ley 7/2021, de 27 de abril).
  • Proyecto de Ley de transposición de directivas de la UE en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes (procedente del RD-ley 24/2021, de 2 de noviembre).

 

Tramitados por el procedimiento ordinario

Entre ellos se encontraban:

  • Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales (que se acaba de incorporar al Real Decreto-ley aprobado el 27 de junio).
  • Proyecto de Ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela.
  • Proyecto de Ley por la que se crea la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero para la resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus clientes.
  • Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible.
  • Proyecto de Ley de Familias.
  • Proyecto de Ley de Función Pública.
  • Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  • Proyecto de Ley de Industria.
  • Proposición de Ley de modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

En cuanto a los proyectos de rango reglamentario (como reales decretos y órdenes ministeriales) que, a la fecha de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de las elecciones generales se encontraban en tramitación, pueden continuar su curso y ser aprobados por el Gobierno o, incluso, iniciarse la tramitación de otros nuevos, si se cumplen en tiempo y forma todos los trámites procedimentales, y dentro de determinados límites.

En los últimos días, diversos reglamentos, algunos de ellos en materia tributaria, han iniciado la tramitación de exposición pública, lo que muestra la intención de culminar muchos de los procesos normativos en marcha. En este sentido, Cristina Fernández señala que “la web del Ministerio de Hacienda y Función Pública muestra diversos reglamentos que en las últimas semanas han iniciado el trámite de información pública y que podrían aprobarse próximamente”.

Es el caso del proyecto de real decreto por el que, entre otras novedades, se desarrollan las normas y procedimientos en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por operadores de plataformas. También en fechas recientes el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha sacado a consulta pública el real decreto que desarrolla la factura electrónica incluido en la Ley Crea y Crece.

Fases de tramitación

Una vez disueltas las cámaras y convocadas las elecciones generales se distinguen tres situaciones sobre las normas que hasta el momento estaban pendientes de tramitación. En primer lugar, iniciativas ya calificadas y en tramitación en el momento de la disolución, que han caducado como consecuencia de ésta. Por otro lado, normas pendientes de calificación, que han caducado como consecuencia de la disolución y, por último, iniciativas que se trasladan a la cámara que se constituya en la XV legislatura. Lo anterior, sin perjuicio de los cambios que puedan derivarse de la aprobación de normas vía real decreto ley.

El listado de iniciativas en tramitación es realmente extenso, tal como se ha recogido estos días en los Boletines Oficiales elaborados por la Mesa de la Diputación Permanente del Congreso y del Senado.