NewsFlash: Recientemente, el Poder Ejecutivo presentó ante la Asamblea Legislativa cinco Proyectos de Ley en materia fis

newsflash-mayo-19-2023

Este boletín se basa en la actualización de leyes, reglamentos y criterios de las autoridades.

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Carmen Sánchez

Socia a cargo de la práctica de Impuestos & Servicios Legales

KPMG in Costa Rica

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Recientemente, el Poder Ejecutivo presentó ante la Asamblea Legislativa cinco Proyectos de Ley en materia fiscal parte de la iniciativa denominada Trazando la Prosperidad Fiscal

En esta primera entrega nos referiremos al Proyecto de Ley No. 23.760 Ley del Impuesto sobre la Renta mediante el cual propone derogar la Ley del Impuesto la Renta vigente.

El proyecto de ley consta de 139 artículos y 5 transitorios y plantea una reforma integral al sistema tributario con la finalidad de adoptar concepto de renta ingreso, enfocándose en una mayor globalidad.

También se gravan las rentas pasivas derivadas del capital y ganancias del capital sobre bienes o derechos invertidos en el exterior. Este último aspecto, como la alternativa planteada por el Gobierno, a fin de que Costa Rica sea excluido de la lista de jurisdicciones no cooperantes de la Unión Europea. La extensión de la territorialidad aplicaría tanto a personas físicas como jurídicas.

El texto establece que los impuestos retenidos en el exterior podrán acreditarse hasta el monto del impuesto que hubiera sido de aplicación en Costa Rica.

El proyecto crea tres cédulas de impuestos:

  • Titulo Primero. Impuesto sobre la renta de persona física.
  • Titulo Segundo. Impuesto sobre la renta de persona jurídica.
  • Titulo Tercero. Impuesto sobre la renta de no residentes.

El impuesto sobre la renta de personas físicas propone gravar las rentas de fuente costarricense derivadas del trabajo personal, pensiones, y ejercicio de actividades económicas, y también las rentas pasivas derivadas de las rentas de capital y ganancias de capital generadas fuera del territorio costarricense.

Las personas físicas integrarán sus rentas en una sola base imponible, denominada la base general, salvo las rentas de capital mobiliario y ganancias de capital que se integrarán en una base especial.

Las tarifas del impuesto sobre la renta se calcularán de manera progresiva hasta un 30%. El tipo impositivo general aplicable a rentas de capital mobiliario y ganancias de capital es de un 15%. En términos generales, se establecen nuevas obligaciones formales para las personas físicas residentes, quienes deberán presentar su declaración de renta. El periodo fiscal será de enero a diciembre.

El impuesto sobre la renta de personas jurídicas integrará en una sola base todas las rentas de fuente costarricense derivada de las actividades económicas, así como las rentas de capital y ganancias de capital obtenidas por el contribuyente. También se gravan las rentas de capital y ganancias de capital sobre rendimientos extraterritoriales, permitiéndose acreditar el impuesto retenido en el exterior.

Se introducen modificaciones relevantes en materia de gastos deducibles respecto de pérdidas de periodos anteriores, cuentas incobrables, amortización de intangibles, entre otros.

En términos generales la tarifa del impuesto sobre la renta es de un 30%, estableciéndose exenciones progresivas para las pequeñas y medianas empresas que cumplan ciertos requisitos en un plazo determinado.

Por último, respecto del impuesto sobre las remesas al exterior, se introducen cambios sustanciales respecto del hecho generador y tarifas. Se introduce una sola tarifa de 15% y se establece que el impuesto se causaría al momento en que se registre exigible. Este capítulo también incluye cambios para el tratamiento de las rentas generadas por establecimientos permanentes que operen en el país.

 

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