Flash Informativo Julio 19
Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.
Sancionan la Ley 2101 de 2021 que reduce la jornada laboral semanal
Mediante la Ley 2101 de 2021 se reduce la jornada laboral semanal. Esta reducción consiste en que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, que anteriormente era de 48 horas semanales, ahora corresponde a 42 horas a la semana, las cuales podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso. Es preciso señalar que esta reducción no afecta el salario ni los derechos adquiridos y las garantías con que cuentan los trabajadores.
La reducción de la jornada laboral podrá ser implementada por los empleadores de forma gradual de la siguiente manera:
- Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la Ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.
- Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la Ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.
- A partir del cuarto (4) año de la entrada en vigencia de la Ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta llegar a las 42 horas semanales (2026).
Lo anterior sin perjuicio de que, a la entrada en vigencia de la Ley, el empleador acoja de manera inmediata la jornada laboral de 42 horas a la semana.
Como se mencionó previamente, la reducción de la jornada laboral no afecta los derechos adquiridos ni las garantías de los trabajadores, lo que significa que el empleador debe respetar todas las normas y principios que protegen al trabajador, sin que la implementación de la nueva jornada implique una reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni tampoco del valor de la hora ordinaria de trabajo.
Recuerde que KPMG tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en torno a esta medida, para lo cual podrá contactar a Camilo Rodríguez (Director): camilorodriguez@kpmg.com, Juan Joya (Gerente): jjoya@kpmg.com o María Camila Ortiz (Senior): mariacortiz@kpmg.com.
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