Flash Informativo Mayo 14

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Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

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Juan Mauricio Joya Lizarazo

Gerente Senior de Servicios Legales

KPMG in Colombia

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Laboral y migratorio

Promulgada la Ley 2088 de 2021 por la cual se regula el trabajo en casa

Mediante la Ley 2088 del 12 de mayo de 2021 se reguló la figura del trabajo en casa, como una medida de protección al empleo en el marco de la pandemia ocasionada por el COVID-19.

Con la citada Ley se habilita el trabajo en casa como una forma de prestar el servicio en situaciones ocasionales, excepciones o especiales, sin que esto conlleve a una variación o modificación en las condiciones laborales preexistentes entre el empleador y sus trabajadores. Teniendo en cuenta lo anterior, en la figura del trabajo en casa se mantiene la facultad subordinante del empleador, junto con la potestad que éste tiene de supervisar las labores del trabajador. De igual forma, permanecen todas las obligaciones, derechos y deberes que se derivan de la prestación personal del servicio y, se mantienen vigentes las disposiciones referentes a la jornada de trabajo preexistentes en la compañía.

Es importante señalar que esta nueva figura prevé dos criterios de gran importancia para su aplicación, a saber:

  • Coordinación: en el sentido que las funciones y las actividades laborales deben desarrollarse de manera armónica y complementaria entre el empleador y el trabajador.
  • Desconexión laboral: corresponde a la garantía y el derecho que tienen los trabajadores a disfrutar su tiempo de descanso.

Otro aspecto relevante que establece la Ley 2088 de 2021, es el relativo al término del trabajo en casa, encontrando que esta habilitación se extiende hasta por un término de tres (3) meses prorrogables por un término igual por única vez, es decir, por un máximo de seis (6) meses, salvo que persistan las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que dieron lugar a la aplicación de esta figura.

Ahora bien, como último aspecto relevante a señalar, encontramos que la Ley 2088 de 2021 prevé que aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) SMMLV y que se les reconozca el auxilio de transporte, durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación del trabajo en casa, se le reconocerá dicho pago a título de auxilio de conectividad digital, el cual no es acumulable con el auxilio de transporte.

Recuerde que KPMG tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en torno a esta medida, para lo cual podrá contactar a Camilo Rodríguez (Director): camilorodriguez@kpmg.com, Juan Joya (Gerente): jjoya@kpmg.com o María Camila Ortiz (Senior): mariacortiz@Kpmg.com.

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