Flash Informativo Marzo 24
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Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Decreto 278 del 15 de marzo de 2021 – Modificación al régimen de Zonas Francas
El Gobierno Nacional en desarrollo de sus facultades de formular políticas relacionadas con la existencia y funcionamiento de las zonas francas, modificó el Decreto 2147 de 2016 – actual régimen de zonas francas-. De las principales modificaciones podemos destacar:
- Nuevas operaciones autorizadas para las zonas francas respecto de la realización de comercio electrónico transfronterizo para los usuarios de bienes y servicios combinadas con el régimen aduanero de tráfico postal y envíos urgentes.
- Se establece la posibilidad de aplicar el régimen de zonas francas a concesiones aeroportuarias o ferroviarias, así como a todo el sector agropecuario.
- Se reconoce la posibilidad de tratar los activos intangibles como parte de los compromisos de inversión.
- Se incentiva la realización de exportaciones por parte de las zonas francas y sus usuarios estableciendo la posibilidad de reducción de compromisos de inversión.
- Se reduce de 57 a 24 el número de requisitos y de 19 a 6 meses para la acreditación de nuevas declaratorias.
- A partir de la solicitud de declaratoria, se habilita la posibilidad de acreditar el cumplimiento de los compromisos inversión.
- El término máximo de prórroga para las zonas francas permanentes y las zonas francas especiales se iguala a 30 años.
- Se reconoce la ampliación de las actividades económicas por las cuales se autorizó la declaratoria sobre zona francas ya existentes.
- Las nuevas zonas francas permanentes que se dediquen a la prestación de servicios ya no deberán acreditar el requisito de un área mínima de 20 hectáreas en municipios con menos de un millón de habitantes. De igual manera se disminuye el compromiso de inversión para la creación de nuevos proyectos de zonas francas que se ubiquen en los municipios con mayores índices de pobreza.
- Se posibilita a las zonas francas la adición de áreas colindantes diferentes al espacio originalmente declarado, siempre y cuando se encuentren en el mismo municipio o limítrofe de la misma jurisdicción aduanera.
Recuerde que KPMG tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en sus operaciones de comercio exterior, así como en el análisis de este Decreto, para lo cual podrá contactar a Camilo Rodriguez (director): camilorodriguez@kpmg.com o a Isabel Cristina Delgado (gerente senior): isabeldelgado@kpmg.com.
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