Flash Informativo Junio 4

Flash Informativo Junio 4

Este documento se centra en la actualización de leyes residentes, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

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Alexandra López Rodríguez

Directora

KPMG in Colombia

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COVID-19 Información exógena

La DIAN vuelve a extender los plazos para la presentación de la información exógena

Mediante la Resolución 000053 del 28 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN - amplió nuevamente los plazos para presentar la información tributaria y cambiaria, atendiendo la prórroga de las medidas de aislamiento obligatorio y de la Emergencia Sanitaria; acogiendo las peticiones de varios obligados a presentar la información y en aras de facilitar la presentación de la información por parte de los obligados.

La modificación de los plazos es la siguiente:

Plazos para suministrar la información anual y anual con corte mensual:

Grandes Contribuyentes:

 

ÚLTIMO DÍGITO PLAZO INICIAL PRIMERA MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 000027 DEL 25 DE MARZO DE 2020 SEGUNDA MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 000046 DEL 07 DE MAYO DE 2020 NUEVA MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 000053 DEL 28 DE MAYO DE 2020

0

28 de Abril de 2020

15 de mayo de 2020

09 de junio de 2020

16 de junio de 2020

9

29 de Abril de 2020

18 de mayo de 2020

10 de junio de 2020

17 de junio de 2020

8

30 de Abril de 2020

19 de mayo de 2020

11 de junio de 2020

18 de junio de 2020

7

04 de Mayo de 2020

20 de mayo de 2020

12 de junio de 2020

19 de junio de 2020

6

05 de Mayo de 2020

21 de mayo de 2020

16 de junio de 2020

23 de junio de 2020

5

06 de Mayo de 2020

22 de mayo de 2020

17 de junio de 2020

24 de junio de 2020

4

07 de Mayo de 2020

26 de mayo de 2020

18 de junio de 2020

25 de junio de 2020

3

08 de Mayo de 2020

27 de mayo de 2020

19 de junio de 2020

26 de junio de 2020

2

11 de Mayo de 2020

28 de mayo de 2020

23 de junio de 2020

30 de junio de 2020

1

12 de Mayo de 2020

29 de mayo de 2020

24 de junio de 2020

1 de julio de 2020

Personas Jurídicas y Naturales:

 

ÚLTIMOS DÍGITOS PLAZO INICIAL PRIMERA MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 000027 DEL 25 DE MARZO DE 2020 ÚLTIMOS DÍGITOS NUEVA MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 000053 DEL 28 DE MAYO DE 2020

96 a 00

13 de mayo de 2020

01 de junio de 2020

91 a 00

16 de junio de 2020

91 a 95

14 de mayo de 2020

02 de junio de 2020

81 a 90

17 de junio de 2020

86 a 90

15 de mayo de 2020

03 de junio de 2020

71 a 80

18 de junio de 2020

81 a 85

18 de mayo de 2020

04 de junio de 2020

61 a 70

19 de junio de 2020

76 a 80

19 de mayo de 2020

05 de junio de 2020

51 a 60

23 de junio de 2020

71 a 75

20 de mayo de 2020

08 de junio de 2020

41 a 50

24 de junio de 2020

66 a 70

21 de mayo de 2020

09 de junio de 2020

31 a 40

25 de junio de 2020

61 a 65

22 de mayo de 2020

10 de junio de 2020

21 a 30

26 de junio de 2020

56 a 60

26 de mayo de 2020

11 de junio de 2020

11 a 20

30 de junio de 2020

51 a 55

27 de mayo de 2020

12 de junio de 2020

01 a 10

1 de julio de 2020

46 a 50

28 de mayo de 2020

16 de junio de 2020

   

41 a 45

29 de mayo de 2020

17 de junio de 2020

   

36 a 40

01 de junio de 2020

18 de junio de 2020

   

31 a 35

02 de junio de 2020

19 de junio de 2020

   

26 a 30

03 de junio de 2020

23 de junio de 2020

   

21 a 25

04 de junio de 2020

24 de junio de 2020

   

16 a 20

05 de junio de 2020

25 de junio de 2020

   

11 a 15

08 de junio de 2020

26 de junio de 2020

   

06 a 10

09 de junio de 2020

30 de junio de 2020

   

01 a 05

10 de junio de 2020

01 de julio de 2020

   

Información correspondiente al impuesto de industria y comercio

La información correspondiente al Impuesto de Industria y Comercio de que trata el numeral 37.3 del artículo 37 de la Resolución 01104 de 2019 se deberá reportar a más tardar el último día hábil del mes de agosto de 2020.

 

Información correspondiente a las resoluciones del orden distrital y municipal.

La información del periodo agosto-diciembre de 2019 correspondiente a las resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital prevista en el numeral 37.4 del artículo 37 que había sido adicionado a la mencionada Resolución 01104 por la Resolución 8 de 2020, deberá ser reportada a más tardar el 01 de julio del presente año.

Desde KPMG en Colombia seguimos trabajando para nuestros clientes y estaremos atentos para continuar informándoles y asesorándolos en esta coyuntura que está atravesando Colombia.

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