Presentación de declaraciones juradas e ingreso de ciertas obligaciones tributarias. Adecuación de vencimientos correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2025

RG ARCA 5787/2025. B.O. 13/11/2025

Se establece, con carácter de excepción, el día 25 de noviembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimientos fijados originalmente para los días 26 y 27 de noviembre del corriente año, conforme se detalla a continuación:

1. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

1.1. Régimen general

1.2. Micro y Pequeñas Empresas

1.3. Actividad agropecuaria

2. IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS 

3. IMPUESTOS INTERNOS - CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos)

4. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS 

5. REGÍMENES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN

Y también se establece, con carácter de excepción, el día 26 de diciembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento fijado originalmente para el día 29 de diciembre del corriente año, conforme se detalla a continuación:

1. IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO - Régimen de anticipos.

2. IMPUESTOS INTERNOS - CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos).

3. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos).

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