Novedades Nacionales
Operaciones económicas concertadas entre residentes en el país y representantes de sujetos o entes del exterior. Régimen de información
ARCA. Resolución General 5752/2025. B.O. 4/09/2025
Se abrogan las Resoluciones Generales Nros. 3.285 y 3.364, por las que se estableció un régimen de información respecto de toda operación económica, cualquiera sea su naturaleza, aun a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior, sin perjuicio de su aplicación a los hechos acaecidos durante sus respectivas vigencias.
Esta Resolución General entro en vigencia el 1 de septiembre de 2025.
IVA. Regímenes de percepción. Plazos para el cómputo de los importes percibidos
ARCA. Resolución General 5750/2025. B.O. 27/08/2025
A través de la Resolución General 5750, ARCA modifica la Resolución General 2408, entre otras, mediante las cuales se implementaron los regímenes de percepción del IVA aplicables a diversas operaciones comerciales realizadas en el mercado interno.
Dicha modificación se dispone con el objeto de permitir el cómputo de las percepciones del IVA en la declaración jurada del período fiscal en que fueron practicadas, o en su caso, en la correspondiente a alguno de los 5 períodos fiscales inmediatos siguientes.
Esta norma entrará en vigencia para las declaraciones juradas de IVA —originales o rectificativas— que se presenten a partir del 1 de septiembre de 2025, inclusive.
Combustibles
Decreto 617/2025. B.O. 29/8/2025
Se difieren parcialmente los incrementos del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono aplicable a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil originados en las actualizaciones correspondientes al año calendario 2024 y al primer y segundo trimestres calendario del año 2025.
Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de octubre de 2025, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos de impuesto a que se refiere el párrafo introductorio de este artículo, que resulte de adicionar el remanente de la actualización del año calendario 2024 y de aquella correspondiente al primer y segundo trimestres calendario del año 2025.
Las disposiciones de este Decreto entran en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025, inclusive.
Tokenización
CNV. Resolución General CNV N° 1081/2025. B.O. 21/8/2025
A través de la presente, la Comisión Nacional de Valores, aprueba la segunda etapa del Régimen de Tokenización. Se introducen las siguientes novedades relevantes:
- Ampliaron el número de valores negociables admitidos para su representación digital, incorporando las acciones (incluidas las de doble listado), obligaciones negociables y CEDEARs.
- Incorporaron la participación de los "Proveedores de Servicios de Activos Virtuales" ("PSAV"), en la medida en que intervengan en la representación digital de valores negociables, como nuevos depositantes ante el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN).
- Habilitan a los Agentes de Liquidación y Compensación Integrales (ALyC) como posibles titulares registrales.
- Reconocen al inversor el derecho de requerir en cualquier momento el reemplazo de la representación digital por las formas tradicionales de representación.
- Admiten la tokenización para los valores negociables que se encuadren dentro de los regímenes de emisores frecuentes con autorización automática establecidos en la normativa vigente.
Asimismo, se comunicó que el Sandbox Regulatorio que fue establecido por el término de un año, posee como fecha de finalización del el 21 de agosto de 2026 (pudiendo la CNV prorrogar dicho plazo)
Actualización de Patrimonio Neto Mínimo y Activos Elegibles como Contrapartida Líquida
CNV. Resolución General N° 1080/2025. B.O. 21/8/2025
La Comisión Nacional de Valores introduce modificaciones en los requisitos patrimoniales que deben cumplir los mercados y las Cámaras Compensadoras, reforzando así los estándares de solvencia y liquidez aplicables a diversas entidades reguladas por la CNV; y actualiza el listado de activos que pueden ser utilizados por las entidades bajo su fiscalización para cumplir con los requisitos de contrapartida líquida y fondo de garantía.
Modificación reglamentación operaciones a plazo del tipo pase
CNV. Resolución General N° 1079/2025. B.O. 14/8/2025
A través de la presente, la CNV actualiza su normativa respecto de las Operaciones a plazo, a fin de habilitar la posibilidad de realizar operaciones a plazo del tipo pase sobre valores negociables de emisión individual, susceptibles de negociación en los Mercados, como cheques de pago diferido, pagarés bursátiles, facturas de crédito electrónicas MiPyMEs, entre otros.
Sistema de Información Simplificado Agrícola “SISA”
ARCA. Resolución General 5748/2025. B.O. 19/8/2025
Se modifica la Resolución General N° 4310, por la que se reglamentaron los requisitos y condiciones para integrar el “Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA y se amplía a 45 días corridos el plazo adicional al que otorga la comunicación de inducción para subsanar incumplimientos, y que en caso de no haber sido subsanado el incumplimiento origina la modificación en el estado del SCORING del contribuyente
Presentación digital del manifiesto desconsolidado de importación para la vía acuática.
ARCA. Resolución General 5744/2025. B.O. 14/8/2025
Se establece el procedimiento de presentación digital ante el servicio aduanero del manifiesto desconsolidado de importación para la vía acuática -formulario OM 744/2- por parte de los Agentes de Transporte Aduanero desconsolidadores.
El procedimiento será de carácter obligatorio y se efectuará mediante los aplicativos “web” “Gestión de Manifiesto Acuático” y “Ratificación de Autoría de Manifiesto Acuático”.
Procedimiento. “Controladores Fiscales” de nueva tecnología. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas
ARCA. Resolución General 5747/2025. B.O. 14/8/2025
Se homologa, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias, el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología. Se trata de una caja registradora.
Fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica
ARCA. Resolución General 5746/2025. B.O. 14/8/2025
Se aprueba el programa aplicativo denominado “RENDICIÓN COMPROBANTES DE SERVICIOS PÚBLICOS - Versión 2.0”, que deberá ser utilizado -en sustitución de la versión anterior- por los prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica alcanzados por el Capítulo B de la Resolución General N°3.571 y sus modificatorias, que reciban la inyección de excedentes de energía eléctrica de origen renovable a la red de distribución por parte de los Usuarios-Generadores, a efectos de informar las operaciones diarias realizadas, mediante la rendición de sus respectivos comprobantes.
ARCA. Resolución General 5751/2025. B.O. 1/9/2025
Se precisan los requisitos y las formalidades que deberán cumplimentar los empleadores respecto de las relaciones laborales iniciadas desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2026, a fin de usufructuar los beneficios del Programa “PUENTE AL EMPLEO”.
Convenio multilateral. Prórroga para la presentación de la declaración jurada anual 2024
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77. Resolución General 16/2025. B.O. 18/8/2025
Se ratifica la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 9/2025, por la que se dispuso extender al 4 de julio el plazo para la presentación de la declaración jurada anual 2024 –Formulario CM05–.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77. Disposición 10/ /2025. B.O. 2/9/2025
Se establece que a partir del día de la fecha la vigencia del Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos –Pago Electrónico COMARB–, de conformidad con lo establecido en la Resolución General CA N° 5/2025.
El uso del “Pago Electrónico COMARB” será de carácter obligatorio para aquellos contribuyentes notificados de esta novedad, en ocasión de la generación de los instrumentos de pago dentro del sistema SIFERE WEB – Módulo DDJJ.
Emergencia Agropecuaria
Ministerio de Economía. Resolución 1305/2025. B.O. 4/9/2025
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1° de marzo al 31 de agosto de 2025 para explotaciones agropecuarias afectadas por inundación en determinadas circunscripciones de la provincia de Buenos Aires.
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1° de marzo de 2025 y hasta el 31 de agosto de 2025, a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundación en algunas circunscripciones de los partidos de Puán, Nueve de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Guaminí, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez de la provincia de Buenos Aires.
Ministerio de Economía. Resolución 13065/2025. B.O. 4/9/2025
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1° de abril de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, a las explotaciones frutihortícolas afectadas por granizo y/o Peronóspora, en los departamentos de Angaco, 9 de julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal de la provincia de San Juan.
Novedades Provinciales
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
AGIP. Resolución 326/2025. Reempadronamiento de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos B.O. 25/8/2025
Se establece el reempadronamiento de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en las categorías Locales, Régimen Simplificado y Actividades Especiales, exclusivamente respecto de aquellos que se encontraren inscriptos en el tributo bajo algunos de los códigos de actividad sustituidos y que desarrollen actividades comprendidas en algunos de los códigos que se incorporan al 'NAES - Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación' mediante la Resolución N° 12/2025 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, conforme el detalle que se acompaña en los Anexos I, II y III, los cuales forman integrante de la presente Resolución a todos sus efectos.
Subsecretaría de Inversiones. Resolución 41/2025. Requisitos de inscripción y renovación al Registro de la Economía del Conocimiento. B.O. 7/8/2025
Se deja sin efecto la Resolución 7-GCABA-SSIN/2025 y se reemplaza el procedimiento con los requisitos de inscripción y renovación, junto con los mecanismos para la presentación de solicitudes del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
Para el año 2025, las personas humanas y/o jurídicas que deseen realizar su primera inscripción en el REC podrán hacerlo hasta el 15 de agosto de 2025 y se establece que a partir del año 2026 y para los ejercicios subsiguientes, las solicitudes de inscripción y renovación podrán presentarse hasta el 31 de marzo de cada año, sin perjuicio que la Autoridad de Aplicación pueda disponer la ampliación de dicho plazo, de considerarlo necesario.
ARBA. Resolución Normativa 24/2025. Procedimiento abreviado en forma digital, para los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario y a los automotores. B.O. 2/9/2025
Se incrementa de $ 1.000.000 a $ 3.500.000 el monto de saldo a favor, hasta el cual se podrá solicitar su repetición por el procedimiento abreviado en forma digital, para los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario y a los automotores.
ARBA. Resolución Normativa 22/2025. Procedimiento de generación de comprobantes y de presentación de DDJJ de agentes de recaudación de ingresos brutos. B.O. 29/8/2025
Los sujetos obligados a actuar como agentes de recaudación de conformidad con el Régimen General de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos previsto en la Disposición Normativa Serie 'B' N° 1/2004, modificatorias y complementarías y/o con los Regímenes Especiales de Retención establecidos en el Libro Primero, Título V, Capitulo IV, Sección Cinco, de la misma Disposición Normativa, deberán generar los comprobantes de las retenciones efectuadas y presentar las declaraciones juradas -originales y/o rectificativas- que les corresponda en esa condición, de acuerdo al procedimiento que se regula en esta Resolución Normativa.
El procedimiento regulado en la presente Resolución Normativa no resultará de aplicación con relación a los Bancos y Entidades Financieras, cualquiera sea el régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el que actúen.
La presente Resolución Normativa comenzará a regir a partir del 1 ° de diciembre de 2025.
ARBA. Resolución Normativa 21/2025. Adecuación del régimen de recaudación SIRTAC. B.O. 27/8/2025
Se establece que los importes recaudados en moneda extranjera sean ingresados en pesos, tomando la cotización al tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre de las operaciones del día hábil inmediato anterior a aquel en el que se efectuó la recaudación del tributo.
ARBA. Resolución Normativa 20/2025. Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre honorarios profesionales regulados. B.O. 27/8/2025
Se deroga el artículo 431 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/2004 y modificatorias por el que se había dispuesto que los señores Jueces y demás entidades públicas y privadas no ordenarán ni autorizarán ningún trámite posterior al devengamiento o pago de honorarios, sin la previa acreditación del ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los mismos, debiendo utilizarse a tal efecto el formulario R114v2 “Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Anticipo Honorarios Profesionales”;
ARBA. Resolución Normativa 19/2025. Suspensión de medidas cautelares. B.O. 26/8/2025
Se dispone que desde la fecha de la vigencia de la presente Resolución Normativa y hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, no se solicitarán las medidas cautelares previstas en el artículo 14 del Código Fiscal -Ley N° 10397 (T.O. 2011) y modificatorias- en juicios de apremio.
Provincia de Santa Fe
API. Resolución General 39/2025. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Exención para profesionales. B.O. 27/8/2025
Se establecen los requisitos y el procedimiento que deberá observarse para el otorgamiento de la exención dispuesta en el inciso I) del artículo 213 del Código Fiscal
API. Resolución General 38/2025. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Prórroga para la presentación de la Declaración Jurada Anual 2024. B.O. 14/8/2025
Se considera ingresada en término la Declaración Jurada Anual a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 201 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias), resumiendo la totalidad de las operaciones del año 2024, cuando la misma se presente hasta el día 30 de septiembre de 2025.
API. Resolución General 37/2025. Devolución y/o compensación de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. B.O. 1/8/2025
Se modifica el artículo 4 de la Resolución General N° 31/2025 y se establece un nuevo importe límite para devolver mediante el esquema simplificado de devolución/compensación, ampliando de esta manera el rango de contribuyentes que puedan acceder al mismo.
Dentro de las modificaciones, se destaca la elevación del tope del Saldo a Favor Autorizado (SFA) a $10.000.000.
Provincia de Tucumán
Decreto 2141/2025. Régimen de regularización de deudas fiscales. B.O. 6/8/2025
Se prorroga la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el -D. 1243-3/2021- hasta el día 29 de agosto.
Provincia de Entre Ríos
ATER. Resolución 391/2025. Régimen de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. B.O. 26/8/2025
Se adecuan las alícuotas de dicho Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en concordancia con las nuevas alícuotas fijadas para los distintos sectores económicos en las últimas reformas a la Ley Impositiva a fin de no generar saldos a favor ni inconvenientes en la aplicación del Régimen.
ATER. Resolución 350/2025. Régimen especial de regularización fiscal. B.O. 8/8/2025
Se reglamenta el Régimen especial de regularización fiscal para la cancelación de tributos administrados por la Administradora Tributaria previsto por el Decreto 1843/2025 y se establece como modalidad de acogimiento general la suscripción del “Régimen Especial de Regularización Fiscal” vía web, reservando la posibilidad de realizarlo en forma presencial en casos excepcionales y cuando existan razones debidamente fundadas.
Decreto 2142/2025. Impuesto sobre los ingresos brutos. B.O. 28/8/2025
Se actualizan determinados importes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el período fiscal 2025.
Provincia de San Juan
DGR. Resolución 1015/2025. Recurso de Reconsideración Digital. B.O. 5/8/2025
Se regula la presentación de Recurso de Reconsideración Digital a través de la página web de la Dirección General de Rentas www.sanjuandgr.gob.ar a través de la Sección “Solicitudes y Trámites”, en la pestaña “Fiscalización y Recaudación” seleccionar “Recurso de Reconsideración”.
La presentación del mencionado Recurso de Reconsideración Digital se debe realizar ingresando en la página mencionada en el párrafo anterior mediante la autenticación de su Ciudadano Digital (CIDI), teniendo en cuenta que debe contar con la Delegación de Contribuyente, caso contrario solicitarlo en la pestaña “Agregar Delegación de Contribuyente”, “Delegación de CUIT” y posteriormente seleccionar “Solicitud de Delegación de Administración de CUIT con Aprobación DGR”.
Provincia de Chaco
Decreto 1165/2025. Régimen de Promoción de los Call Center, Contact Center, Alojamiento Web y Software, Hardware y Servicios Informáticos. B.O. 5/8/2025
Se aprueba la reglamentación de la Ley N° 1669-F, de Promoción de los Call Center, Contact Center, Alojamiento Web y Software, Hardware y Servicios Informáticos (tv).
Provincia de Misiones
ATM. Resolución General 15/2025. Simplificación de trámites de devolución, compensación, cesión de saldos, exclusión o reducción de alícuota de los regímenes de recaudación. B.O. 11/8/2025
Se modifica la R.G. N° 02/2.018 por la que se establecieron requisitos generales y especiales para las solicitudes que presenten los contribuyentes y/o responsables para trámites varios como exclusiones de regímenes de retención, percepción, pagos a cuenta y anticipos, reducción de las alícuotas, devolución de saldos a favor, compensaciones, cesiones y transferencias de saldos a favor y se elimina el requisito de certificación de Contador Público, para algunos de los trámites las solicitudes de contribuyente.
Provincia de Salta
DGR. Resolución General 13/2025. Régimen Promocional de Reducción de la Carga Fiscal. B.O. 11/8/2025
El beneficio de reducción de alícuotas previsto en el artículo 1° de la Ley N° 8496 resultará aplicable taxativamente a las actividades indicadas en los incisos a) y b) del citado artículo, de acuerdo a los criterios que se indican a continuación:
a) Respecto de las actividades “Comercio Mayorista, Minorista y Reparaciones” están comprendidas en el beneficio aquellas nomencladas bajo los códigos 451110 al 479900, gravadas a la alícuota del 5%, conforme a los Anexos I y II de la Resolución General N° 16/2022.
b) Respecto a la venta a consumidores finales, están comprendidas en el beneficio aquellas gravadas a la alícuota del 5% conforme a los Anexos I y II de la Resolución General N° 16/2022.
c) Respecto de las actividades “Hoteles y Restaurantes” están comprendidas en el beneficio aquellas nomencladas bajo los códigos 551021 al 562099, gravadas a la alícuota del 4,5%, conforme a los Anexos I y II de la Resolución General N° 16/2022. Quedan excluidas de tal intervalo los códigos 562010 y 562091.
Solo podrán usufructuar el beneficio referido en el artículo anterior los contribuyentes que sean incluidos en el mismo de oficio por la Dirección General de Rentas, situación que será notificada fehacientemente a través del domicilio fiscal electrónico.
Los contribuyentes no comprendidos en el párrafo anterior, y que no obstante consideren que tienen derecho al beneficio de que se trata, podrán solicitar su incorporación, a través del servicio web, una vez que esté habilitado, ingresando con clave fiscal a www.dgrsalta.gov.ar. en la opción 'Ley 8496 / Reclamo beneficio art.1° Ley 8496'.
El beneficio de alícuota reducida del anticipo de julio de 2025 se aplicará sobre la totalidad de los ingresos brutos devengados en dicho periodo mensual y correspondiente a las actividades alcanzadas por el régimen.
DGR. Resolución 14/2025. Impuesto a las Actividades Económicas. B.O. 11/8/2025
Se prorroga exclusivamente para el Impuesto a las Actividades Económicas en cabeza propia, tanto de contribuyentes jurisdiccionales como de aquellos comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral, los vencimientos establecidos en la Resolución General N° 16/2024 para el anticipo 07/2.025, hasta el día 21 de agosto de 2.025.
DGR. Resolución 15/2025. Plan de facilidades de pago especial y transitorio. B.O. 13/8/2025
Se establece un Plan de Facilidades de Pagos Especial y Transitorio para la regularización de obligaciones tributarias, sus intereses, recargos y multas, legisladas por el Código Fiscal de la Provincia de Salta, cuya recaudación se encuentre a cargo de esta Dirección General.
El presente régimen será aplicable a las obligaciones devengadas o aplicadas desde el 1 de abril de 2024 y hasta el 31 de julio de 2025, incluyendo aquellas que se encuentren en curso de discusión administrativa. Quedan excluidas del presente régimen las multas previstas en los Capítulos I y II del Título VIII del Libro Primero del Código Fiscal y las deudas que se encuentren en gestión judicial.
El acogimiento podrá realizarse hasta el 31 de octubre de 2025. No podrán ser incorporadas al presente régimen las obligaciones fiscales que, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente, hayan sido objeto de un plan de pagos, ya sea que este se encuentre vigente o caduco.
Provincia de Córdoba
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Resolución 119/2025. Delegación de competencias referidas al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. B.O. 14/8/2025
Se delega la aplicación de la ley 10649 “ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - LEY N° 27506” y su modificatoria, reglamentada por el Decreto 193/2021, en el titular de la Secretaría de Ciencia y Tecnología dependiente de este Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica.
Provincia de Chubut
ARECH. Resolución 243/2025. Régimen especial transitorio para regularización de deudas fiscales. B.O. 26/8/2025
Se disponen las formalidades, los plazos, requisitos y demás condiciones que se deberán observar para solicitar la adhesión al régimen que se establece en esta Resolución y se fijan las modalidades de pago y los beneficios para quienes regularicen su situación fiscal a través de este régimen de transitorio.
Se dispone que son susceptibles de regularización de acuerdo a las prescripciones de la presente resolución: a) las obligaciones fiscales cuyo vencimiento se hubiese producido con anterioridad al día 31 de agosto de 2025 inclusive; b) deudas incluidas en planes de pago otorgados en virtud del artículo 66° del Código Fiscal y que se encuentren caducos a la fecha de entrada en vigencia de la presente; c) Deuda en instancia judicial.
El plazo para adherir al presente régimen será desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive.
Decreto 891/2025. Transparencia fiscal a consumidores finales. B.O. 11/8/2025
Se faculta a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut, en el ámbito de su competencia, a dictar las normas complementarias para la implementación gradual del régimen de transparencia fiscal.
Ley XXIV-117. Reducción de intereses. B.O. 27/8/2025
Se faculta a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut (ARECH) a establecer y reducir en forma transitoria y excepcional, para el plan de pago especial que ésta establezca y/o otorgue durante el período comprendido desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre del año 2025, la tasa de interés prevista en el Artículo 42 del Código Fiscal, calculada desde la fecha de vencimiento del pago de esas obligaciones cuando corresponda y, exclusivamente para las obligaciones regularizadas en dichos planes de pago, la ARECH podrá establecer la reducción de la tasa de interés prevista en el Artículo 44 del Código Fiscal, calculados desde la fecha de inicio de demanda.
Provincia de Santa Cruz
Ley 3934. Modificaciones al Código Fiscal. B.O. 12/8/2025
Se establecen modificaciones al Código Fiscal – Ley 3486 – incorporando como actividades no gravadas en el impuesto sobre los ingresos brutos los ingresos obtenidos por sujetos radicados en las Zonas Francas Santacruceñas, los generados por la introducción de bienes desde el Territorio Aduanero General o Especial con destino a la misma zona, como también los derivados de las locaciones, y prestaciones de servicios que se realicen efectivamente en el mismo ámbito
Provincia de Catamarca
DGR. Disposición General 30/2025. Certificados de cumplimiento fiscal y libre deuda. B.O. 12/8/2025
Se sustituye el Certificado de Cumplimiento Fiscal F-5566 y Certificados de Libre Deuda F-5567, F-5552, para su utilización en todos los trámites y gestiones en que resulten exigibles conforme la normativa vigente.
Provincia de Río Negro
ART. Resolución General 580/2025. Incentivo fiscal para contribuyentes que patrocinan o tutelan actividades culturales. B.O. 14/8/2025
Se establece que para aplicar los beneficios previstos en el Artículo N° 9° de la Ley N.° 5.744, la autoridad de aplicación, la Secretaría de Cultura de la Provincia de Río Negro o el organismo que en el futuro lo reemplace definirá el porcentaje de incentivo fiscal que podrán deducir los contribuyentes que desarrollen actividades de patrocinio o tutoría de las actividades culturales, quienes pueden deducir sobre todo impuesto provincial una suma igual de hasta el 100% del monto efectivamente aportado.
La bonificación podrá utilizarse como pago a cuenta en una o más posiciones mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no pudiendo en ningún caso exceder el 25% del impuesto determinado en cada anticipo mensual hasta completar el 100% del monto del patrocinio. En el caso de la PyMes dicho porcentaje podrá ser de hasta el 50%.
En todos los casos, se aplicará el incentivo sobre el impuesto determinado en el período fiscal dentro del cual se desarrolle la actividad de patrocinio o el periodo siguiente solo cuando el monto y/o la fecha del evento cultural así lo requieran.
Provincia de San Luis
DPIP. Resolución 24/2025. Plan de facilidades de pago para deudas tributarias y no tributarias. B.O. 15/8/2025
Se establece un Plan de Facilidades de Pago aplicable a quienes registren deuda con una antigüedad mayor a 30 días al momento de la suscripción del plan, para todos los contribuyentes, responsables y/u obligados de los tributos, accesorios, multas y obligaciones que autorice la presente norma.
Para acceder al Plan deberán acreditar el pago de las obligaciones corrientes que no se encuentren contempladas en lo dispuesto en el párrafo anterior.
Se podrá incorporar deuda proveniente de:
- Impuesto Inmobiliario.
- Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas.
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Multas por Omisión establecidas en el Art. 63° del Código Tributario.
- Cuotas de Viviendas correspondientes a planes habitacionales del Gobierno de la Provincia.
- Multas aplicadas por los Organismos del Estado Provincial centralizados, descentralizados y autárquicos.
Se encuentran alcanzados por el presente plan: capital, intereses y/o multas relativos a las obligaciones detalladas, hayan sido o no intimados, en proceso de determinación y/o sumarial, recurridas en cualquiera de las instancias administrativas y/o judiciales, y/o debatidas en Comisión Arbitral y/o Plenaria del Convenio Multilateral y/o cuestionadas ante la Comisión Federal de Impuestos, sometidas a juicio de apremio y/o ante cualquier estrado judicial, en cualquiera de las etapas procesales, y/o en concurso.
El acogimiento al Plan implica el desistimiento expreso de la acción y del derecho de todos los recursos administrativos, jurisdiccionales y/o judiciales presentados, así como el desistimiento de las defensas opuestas en juicios de apremio que se hubieren promovido a los contribuyentes y/o responsables. También importa la renuncia expresa e incondicional al derecho de repetición, total o parcial de las obligaciones regularizadas, sus intereses, recargos administrativos y/o multas.
Provincia de Mendoza
Ley 9648. Impuesto de sellos. B.O. 20/8/2025
Se incorpora como inciso 42, del artículo 238 del Código Fiscal, el siguiente: Las contrataciones que tengan por objeto la adquisición de bienes o la prestación de servicios, celebradas por los municipios de la Provincia, siempre que el monto no supere al fijado anualmente para la Licitación Pública en su monto mayor, según artículo 140 ley 8706 y Decreto Reglamentario. Excepto cuando se refieran o relacionen con la actividad hidrocarburífera.
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