Novedades Nacionales
Otras Ofertas Públicas con Autorización Automática. Oferta Pública con Autorización Automática de Acciones.
CNV. Resolución General N° 1072/2025. B.O. 24/6/
La CNV aprobó una regulación específica para la oferta pública con autorización automática de acciones, continuando con la simplificación de procesos y la flexibilización dentro de la operatoria del mercado de capitales. La norma incorpora una regulación específica para la oferta pública con autorización automática de acciones, lo que permitirá reducir sensiblemente los costos involucrados en el proceso de apertura del capital accionario, y simplificar asimismo el trámite de acceso al régimen de oferta pública, incorporando DOS (2) regímenes especiales aplicables al ofrecimiento de acciones que, por su bajo o mediano impacto, puedan ser eximidos, total o parcialmente, de las obligaciones aplicables a los participantes en el régimen de oferta pública; pero que, a la vez, puedan ser considerados como ofertas públicas que cuenten con autorización automática de la CNV.
- Bajo Impacto: Se prevé un monto de hasta 1.000.000 de UVA, sin la necesidad de presentar prospectos y otros documentos ni obtener autorización previa de la CNV con sólo efectuar una notificación a CNV según el modelo especificado en la Norma.
- Mediano Impacto: El límite será de hasta 7.000.000 de UVA, y requerirá un trámite de ingreso al régimen con menores exigencias, cumpliendo con obligaciones informativas específicas para proteger adecuadamente a los inversores.
Modificación Régimen PyMEs FF y FCI
CNV. Resolución General N° 1070/2025. B.O. 23/6/2025
A través del dictado de la RG N°1070, la Comisión Nacional de Valores resolvió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2025 el porcentaje del CUARENTA POR CIENTO (40%) dispuesto para la participación de entidades que no sean consideradas “Grandes Empresas” en los regímenes especiales para la constitución de los Fideicomisos Financieros destinados al financiamiento de PyMEs y amplió transitoriamente el universo de activos elegibles para los Fondos Comunes de Inversión PyMEs.
La medida se dictó a fines de mejorar las oportunidades de acceso al mercado de capitales para las empresas mencionadas a través de los fondos comunes de inversión y de los fideicomisos financieros.
En línea con ello en esta oportunidad -como disposición transitoria y por un período determinado- se incorporó la posibilidad de ampliación del detallado porcentaje, al de CUARENTA POR CIENTO (40%) hasta el 31.12.2025.
Regímenes de productos de inversión colectiva de cese laboral.
CNV. Resolución General N° 1071/2025. B.O. 23/6/2025
Mediante la presente Resolución, la CNV establece un régimen especial para Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral, en los términos del Decreto N° 847/2024.
La normativa reglamenta el Sistema de Cese Laboral, dispuesto por el mencionado decreto, el cual establece un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo. Este sistema permite a los empleadores y trabajadores sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, así como otros rubros indemnizatorios.
El Sistema de Fondo de Cese se establecerá por medio del Convenio Colectivo de Trabajo y deberá administrarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos o Fideicomisos Financieros.
Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Período fiscal 2024. Plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante.
ARCA. Resolución General 5715/2025. B.O. 24/6/2025
Se extiende hasta el 26 de junio de 2025, inclusive el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago del saldo resultante de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 5.692 y 2.151, sus modificatorias y complementarias.
Feria Fiscal - Cómputo de plazos en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social
Resolución General (ARCA) 5712/2025. B.O 17/6/2025
Se fija la feria fiscal de invierno del año 2025, entre los días 14 y 25 de julio de 2025, ambas fechas inclusive.
Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre. BOPREAL
ARCA. Resolución General 5714/2025. B.O. 18/6/2025
Se efectúan precisiones respecto de las condiciones para gestionar la transferencia de los BOPREAL a la cuenta comitente de ARCA. Dicha transferencia no resultará procedente en las fechas en las que el Banco Central de la República Argentina realice el pago de los intereses devengados y de las cuotas de amortización.
ARCA. Resolución General 5713/2025. B.O. 18/6/2025
Se establece el procedimiento y las condiciones que los contribuyentes y/o responsables deberán observar para la cancelación de sus obligaciones en el marco del Decreto N° 384/25, adoptando el mecanismo previsto por el artículo 2° de la Resolución General N° 5.469 en relación con el tipo de cambio aplicable para la determinación del valor técnico de los “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) - Serie 4
Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77. Resolución General 15/2025. Resolución 14/2025. B.O. 23/6/2025
Se dispone que los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser ingresados en pesos, tomando en consideración la cotización al tipo vendedor vigente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a aquel en que se efectuó la recaudación del tributo, fijada por el Banco de la Nación Argentina.
Domicilio Fiscal Electrónico Federal
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77. Resolución General 14/2025. Resolución 14/2025. B.O. 23/6/2025
Se aprueba el sistema informático que funcionará en el sitio seguro, personalizado y válido, denominado “Domicilio Fiscal Electrónico Federal”, que estará disponible para su utilización y exclusiva administración por cada una de las jurisdicciones para realizar comunicaciones a los contribuyentes y responsables del Convenio Multilateral, y otros sujetos obligados Locales de las propias jurisdicciones, y recibir respuestas de los mismos.
Actualización del módulo para la determinación de multasUIF. Resolución 95/2025. B.O. 23/6/2025
Se actualiza el valor asignado al Módulo, establecido en el artículo 24 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, en particular, la introducida por la Ley N° 27.739, en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA ($54.140).
Novedades Provinciales
Provincia de Buenos Aires
ARBA. Resolución Normativa 17/2025. Tasas de Interés. B.O. 18/6/2025
A partir del 1° de julio de 2025 se fija en un 6,6%, no acumulativo, la tasa de interés mensual aplicable a la falta de pago de obligaciones fiscales, originadas en el impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario, a los automotores y embarcaciones deportivas o de recreación, a la transmisión gratuita de bienes, a la venta de energía eléctrica y tasas retributivas de servicios administrativos y judiciales. Y también se fija en un 8,3%, no acumulativo, la tasa de interés mensual aplicable a los cobros por vía de apremio de deudas, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el efectivo pago.
Provincia de Chaco
Ley F-4155. Modificaciones al Código Tributario Provincial. B.O. 11/6/2025
Se establecen modificaciones al Código Tributario Ley F-83- respecto de los agentes de retención, los agentes de percepción y/o recaudación de los impuestos como sujetos de obligaciones tributarias y para la aplicación de multas por retenciones, percepciones y recaudaciones no ingresadas. También se establecen modificaciones respecto de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
Ley F-4156. Modificaciones a la Ley Tarifaria. B.O. 11/6/2025
Se establecen modificaciones a la ley tarifaria F-299-, entre las cuales destacamos las siguientes relativas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
- Se reduce la alícuota general al 3,2% hasta el 31/12/2025 y 2,9% desde el 01/01/2026;
- Se reduce al 0,50 % la alícuota especial para producción primaria, en tanto la venta no se efectúe a sujetos que revistan el carácter de consumidor final, y no tengan previsto un tratamiento específico en la ley impositiva o en el Código Tributario;
- Se establece la alícuota especial para comercio por mayor al 3,00 % hasta el 31/12/2025 y 2,9 % desde 01/01/2026;
- Se reduce la alícuota especial para comercio por menor al 3,2 % hasta el 31/12/2025. y 2,9 % desde 01/01/2026
- Se reduce la alícuota especial para servicios en general al 3,2 % hasta el 31/12/2025 y 2,9 % desde 01/01/2026;
- Se reduce al 0,50 % la alícuota especial para acopiadores de productos agropecuarios;
- Se establece la alícuota especial del 0,75% para la comercialización de productos primarios obtenidos como contraprestación de operaciones de canje.
Provincia de Santa Fe
API. Resolución General 30/2025. Régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para servicios digitales prestados por sujetos no residentes. B.O. 17/6/2025
Los prestatarios de los servicios digitales brindados por sujetos no residentes, cuya utilización económica o consumo se realice en la Provincia de Santa Fe, serán pasibles de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos conforme lo establecido en la presente Resolución.
Las entidades que administren o faciliten pagos, incluidos procesadores de pagos y billeteras electrónicas, actuarán como agentes de percepción, percibiendo el monto correspondiente en cada transacción.
Al momento de realizarse el pago se procederá a efectuar la percepción cuya base imponible estará determinada por el monto total de la operación, neta de Impuesto al Valor Agregado.
Las disposiciones de esta Resolución entrarán en vigencia a partir del 1 de julio de 2025.
Provincia de Jujuy
DPR. Resolución General 1714/2025. Trámite de solicitud de alícuota reducida y exención en ingresos brutos para determinadas actividades. B.O. 13/6/2025
Se adecúa el procedimiento establecido para la solicitud del beneficio de reducción de alícuota y exención para determinadas actividades del Impuesto sobre los ingresos brutos -Decreto Acuerdo 2980/2025-, disponiendo que dicho beneficio será procedente sin necesidad de una solicitud previa y al momento de confeccionar la declaración jurada, se podrá optar por la aplicación de dicho beneficio, en el marco de las condiciones establecidas.
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