Novedades Nacionales
CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
Decreto 908/2024. B.O. 16/10/2024
- Se adopta la Decisión N° 12/23 del CONSEJO DEL MERCADO COMÚN y varias Resoluciones del GRUPO MERCADO COMÚN.
- Se introducen modificaciones al Anexo I del Decreto Nº 557/23 y se sustituyen varios Anexos del mismo Decreto (en particular, se modifican los anexos con la Lista de Excepciones al Arancel Externo Común, el referido a Bienes de Capital, el Listado de Alícuotas sujetas al Incremento Arancelario Transitorio, y la Lista de Excepciones sobre Reintegros a la Exportación).
- También se modifica el Anexo II de la Resolución N° 909/94 (y sus modificaciones), con relación a la prohibición de importación para consumo de los bienes usados allí indicados.
- Se establece el tratamiento arancelario a partir del 1° de enero de 2025, con un cronograma detallado de porcentajes para Derechos de Importación Extrazona, para las mercaderías que clasifican en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR 4011.10.00 (neumáticos de los tipos utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar ("break" o "station wagon") y los de carreras).
- Se suprimen, a partir del 1° de julio de 2025, las posiciones arancelarias correspondientes a ciertas motocicletas, de la Lista de Alícuotas Sujetas al Incremento Arancelario Transitorio, y se establece que a partir de dicha fecha, comenzarán a tributar, en concepto de Derecho de Importación Extrazona, las alícuotas establecidas del Arancel Externo Común.
- Entrada en vigencia: 17/10/2024.
Anexos:
Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77
Disposición 7/2024. B.O. 17/10/2024
Se tiene por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo 9/2024, cuyo vencimiento operó el día 15 de octubre del corriente, correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), hasta el día 16 de octubre del corriente año.
Impuesto a las Ganancias. Régimen de anticipos.
AFIP. Resolución General 5584/2024. B.O. 14/10/2024
Las obligaciones de ingreso del primer y segundo anticipo del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 975 y 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias -con vencimientos originales en los meses de agosto y de octubre de 2024-, deberán cumplirse, con carácter de excepción, hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT del contribuyente y/o responsable, se indican a continuación:
- IMPUESTO A LAS GANANCIAS
PRIMER ANTICIPO |
|
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE VENCIMIENTO |
0 a 9 |
25/10/2024 |
- IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
PRIMER ANTICIPO |
|
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE VENCIMIENTO |
0, 1, 2 y 3 |
14/10/2024 |
4, 5 y 6 |
15/10/2024 |
7, 8 y 9 |
16/10/2024 |
SEGUNDO ANTICIPO |
|
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE VENCIMIENTO |
0, 1, 2 y 3 |
13/11/2024 |
4, 5 y 6 |
14/11/2024 |
7, 8 y 9 |
15/11/2024 |
Planes de facilidades de pago. Tasa de interés mensual de financiamiento.
AFIP. Resolución General 5583/2024. B.O. 14/10/2024
En el marco de la moratoria impositiva y el “alivio fiscal” -L 27653- y ante la significativa disminución de la tasa BADLAR y a fin de reducir el costo financiero de las cuotas que vencen a partir del mes de octubre del corriente año, se estima apropiado establecer como límite para los contribuyentes de menor envergadura la tasa de interés mensual de financiamiento aplicable para las medianas empresas y demás contribuyentes.
Esta Resolución General resultará de aplicación para las cuotas cuyos vencimientos operen en los meses de octubre de 2024 y siguientes.
Unidad de Información Financiera
Decreto 891/2024. B.O. 10/10/2024
Se modifica la Ley N° 25.246 por la cual se creó la Unidad De Información Financiera (UIF), en cuanto a la eliminación del Consejo Asesor, así como también a las funciones, su integración y el modo de su designación.
Régimen de identificación de mercaderías.
AFIP. Resolución General 5581/2024. B.O. 9/10/2024
Se establece el “Sistema Digital de Identificación de Productos” (SiDIP) como régimen único y obligatorio para la identificación por medios electrónicos/digitales de mercaderías -nuevas o usadas- importadas para consumo.
Las mercaderías alcanzadas por dicho sistema de identificación, los manuales del desarrollador y los procedimientos de declaración correspondientes estarán disponibles en el micrositio “Sistema Digital de Identificación de Productos” (SiDIP) del sitio web de la AFIP.
Importación. Valores criterio de carácter precautorio.
AFIP. Resolución General 5582/2024. B.O. 9/10/2024
Se abroga la Resolución General N°2.730 y su modificatoria, así como toda otra norma que establezca valores criterio de importación de carácter precautorio.
Las destinaciones definitivas de importación para consumo podrán ser seleccionadas para ser sometidas a un control de valor ex post, en base al procedimiento y/o parámetros que la Dirección General de Aduanas establezca en el marco de sus competencias, a partir de un enfoque basado en el análisis de riesgo y la utilización de nuevas tecnologías, la simplificación del comercio internacional y el debido control aduanero.
La Dirección General de Aduanas podrá requerir, al momento de la oficialización del despacho de importación para consumo, la constitución de una garantía, únicamente en aquellos casos en los cuales, en base a datos objetivos y justificados, el operador pudiese presentar un riesgo al interés fiscal o cuando la diferencia entre el valor declarado y el establecido por las normas vigentes sobre control de valor exceda de parámetros razonables.
En tal caso, el plazo máximo para la devolución de la garantía será de 120 días corridos contados desde la fecha de digitalización de la destinación. Cumplido ese plazo sin que la Dirección General de Aduanas hubiese notificado formalmente la liquidación de tributos aduaneros al operador, la garantía será liberada automáticamente.
Régimen de Regularización de Activos. Decreto N° 864/24. Prórroga.
AFIP. Resolución General 5578/2024. B.O. 1/10/2024
En virtud de la prórroga dispuesta por el Decreto 864/2024, se adecua la Resolución General N° 5528 por la cual se establecieron las disposiciones que deben observar los sujetos alcanzados por el Régimen a los efectos de formular su adhesión y cumplir con la determinación e ingreso del Impuesto Especial de Regularización, entre otras obligaciones.
Estado de Emergencia Agropecuaria
Ministerio De Economía. Resolución 984/2024. Provincia del CHACO B.O. 1/10/2024
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por el término de un año a partir del 27 de marzo de 2024, a las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía, en los Departamentos de Independencia, General Güemes, Maipú, Comandante Fernández, Quitilipi, Almirante Brown, O ´Higgins, General Belgrano, 25 de Mayo y Presidencia de la Plaza de la Provincia del CHACO.
Ministerio De Economía. Resolución 986/2024. Provincia de LA PAMPA. B.O. 1/10/2024
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 30 de septiembre de 2023 y hasta el 30 de septiembre de 2024, a las explotaciones agrícolas-ganaderas y apícolas afectadas por sequía, en todos los departamentos de la Provincia de LA PAMPA, a excepción de los Departamentos Chapaleufú, Quemú Quemú, Catriló y la Sección I, Fracción C, Lotes 2 a 9, 13 a 19, 22 a 25 del Departamento Maracó, la Sección II, Fracción A, Lotes 3 a 8, 13 a 15 del Departamento Conhelo y la Sección III, Fracción B, Lotes 2 a 9, 12 a 19 del Departamento Atreucó.
Novedades Provinciales
Provincia de La Rioja
Ley 10749. Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales. B.O. 4/10/2024
Se establece con carácter general un Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales, que abarcará a todos los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Dirección General de Ingresos Provinciales y que comprenderá a aquellas obligaciones de deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto del año 2024 inclusive.
El plazo de vencimiento para el acogimiento al presente Régimen operará el 29 de noviembre de 2024.
DGIP. Resolución General 21/2024. Reglamentación del Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales. B.O. 11/10/2024
Se reglamenta el Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales establecido por la Ley 10749.
Provincia de Corrientes
Ley 6696. Adhesión al Régimen de Regularización de Activos. B.O. 1/10/2024
La Provincia de Corrientes adhiere al “Régimen de Regularización de Activos” establecido en el Título II de la Ley Nacional N° 27.743.
Ley 6694. Adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). B.O. 1/10/2024
La Provincia de Corrientes adhiere al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), creado por la Ley N° 27.742 “De bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, Título VII, artículos 164 al 228.
Provincia de Catamarca
DGR. Disposición General 37/2024. Domicilio fiscal electrónico. B.O. 24/9/2024
Se establece el procedimiento para la constitución del domicilio fiscal electrónico. Los contribuyentes y/o responsables deberán constituirlo con carácter obligatorio para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y será un requisito previo a darse de alta en los impuestos y/o regímenes correspondientes.
Provincia de San Luis
DPIP. Resolución General 29/2024. Plan de facilidades de pago. B.O. 23/9/2024
Se establece un Plan de Facilidades de Pago aplicable a quienes registren deuda con una antigüedad mayor a 30 días al momento de la suscripción del plan, para todos los contribuyentes, responsables y/u obligados de los tributos, accesorios, multas y obligaciones que autorice la presente norma.
Para acceder al Plan deberán acreditar el pago de las obligaciones corrientes que no se encuentren contempladas en lo dispuesto en el párrafo anterior.
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la publicación la publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia.
Provincia de Chaco
Ley 4086-A. Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (R.I.G.I.). B.O. 30/9/2024
La Provincia del Chaco adhiere en todos sus términos y condiciones, al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (R.I.G.I.), creado por el Titulo VII de la ley nacional 27.742.
Ley 4076-F. Prórroga del Régimen de Regularización Excepcional. B.O. 30/9/2024
Se modifican los artículos 1°, 9° y 20 de la ley 3898-F -Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias y se dispone que el acogimiento podrá formularse desde su vigencia y hasta el 30 de noviembre del año 2024.
Se podrán incluir además planes de facilidades de pago correspondientes al propio Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias - ley 3898-F y modificatoria presentados hasta el 31 de julio del año 2024, que hayan caducado.
ATP. Resolución General 30/2024. Reglamentación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales. B.O. 30/9/2024
Se dispone que de conformidad con los términos de la Ley N° 3898-F y su modificatoria Ley N° 4076-F, los contribuyentes y/o responsables de los distintos tributos provinciales podrán formular el acogimiento al “Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias”, hasta el 30 de noviembre de 2024 inclusive, bajo las mismas formas, requisitos y condiciones establecidas por la Resolución General N° 2165/23.
Provincia de Jujuy
DPR. Resolución General 1681/2024. Régimen Especial de Regularización Tributaria. B.O. 30/9/2024
Se establecen las condiciones que deberán cumplir los contribuyentes que pretendan regularizar las obligaciones comprendidas en el Régimen instituido por el Decreto Acuerdo Nº 1399-HF-2024, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Provincia de Misiones
Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos. Resolución 1330/2024. Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias. B.O. 1/10/2024
Se establece un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias con el fin de lograr el pago voluntario de las obligaciones cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas y del Impuesto Provincial del Automotor cuyo cobro se encuentra a cargo de los Municipios.
Estarán comprendidos en el siguiente régimen los contribuyentes y responsables por las obligaciones vencidas al 31 de marzo del año 2.024, inclusive, y por las infracciones cometidas hasta la mencionada fecha, relacionadas o no con aquellas obligaciones.
El acogimiento al régimen podrá formularse desde la fecha de entrada en vigencia y hasta transcurrido noventa (90) días corridos desde aquella fecha inclusive.
Quedan comprendidas en el presente régimen las siguientes obligaciones:
a) Deudas por obligaciones impositivas, aunque se encuentren en discusión administrativa o judicial, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, del Impuesto Inmobiliarios Básico y adicional e Impuestos de Sellos;
b) Deudas por obligaciones respecto de las cuales hubiera prescripto las facultades de la Dirección General de Rentas para determinarlas y exigirlas, y sobre las que se hubiera formulado denuncia penal;
c) Deudas por obligaciones de los agentes de retención y/o percepción que hubiera omitido retener o percibir;
d) Deudas por actualizaciones, intereses y/o multas;
e) Deudas por obligaciones del Impuesto Provincial al Automotor;
f) Deudas por obligaciones fiscales incluidas en planes de facilidades de pagos y moratorias, respecto de los cuales haya operado o no la caducidad a la fecha de entrada en vigencia del presente régimen, siempre que consistan en las deudas establecidas en el inciso a), b), c), d) y e) del presente artículo.
g) Deudas por obligaciones de Tasa de Servicios Forestales y Tasa por Guía Minera.
ATM. Resolución 11/2024. Reglamentación del Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias. B.O. 3/10/2024
Se disponen los requisitos a fin de adherir al plan de facilidades de pago dispuesto por el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias establecido en la Resolución N° 1330/2.024 del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.
Provincia de Tucumán
Ley 9803. Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI). B.O. 14/10/2024
La Provincia de Tucumán adhiere al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI) previsto en el Título VII de la Ley Nacional N° 27.742 y de conformidad a lo dispuesto en su Artículo 224.
Decreto3185-3/2024. Prórroga del régimen de regularización de deudas fiscales. B.O. 2/10/2024
Se prorroga hasta el día 31 de octubre de 2024 inclusive, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021.
Provincia de Entre Ríos
ATER. Resolución 360/2024. Modificaciones al sistema “SIRTAC”. B.O. 3/10/2024
Se efectúan adecuaciones a la Resolución N° 273/22 ATER de modo de adaptarla a las normativas vigentes de AFIP y ATER, en cuanto a parámetros de habitualidad y exclusiones, uniformándose además el plazo de ponderación de la base imponible para los sujetos pasibles a los fines de determinar las alícuotas generales o especiales a aplicar, fijándolo en las últimas seis (6) declaraciones juradas tanto para contribuyentes locales como para aquello comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral.
Ley 11.152. Registro Provincial de la Economía del Conocimiento RePEC. B.O. 8/10/2024
Se modifica la Ley N°10.895 y se crea el Registro Provincial de la Economía del Conocimiento –RePEC-, en el que deberán inscribirse quienes deseen acceder a los beneficios creados por la misma.
La Autoridad de Aplicación será la responsable de la confección y mantenimiento de este Registro, y deberá generar mecanismos ágiles de inscripción, procurando la complementariedad del RePEC para con el Registro Nacional a fin de evitar la superposición de trámites
Provincia de Tierra del Fuego
Ley 1557. Régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas. B.O. 30/9/2024
Se establece un Régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas para la cancelación de las obligaciones fiscales cuya aplicación, recaudación, percepción y fiscalización estén a cargo de la Agencia de Recaudación Fueguina, cuyos vencimientos para el pago hayan operado hasta el 31 de agosto de 2024.
AREF. Resolución General 782/2024. Reglamentación del Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas. B.O. 3/10/2024
Se establecen las disposiciones a observar por los sujetos alcanzados por el Régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas previsto por la ley 1557, a los fines de acceder a los beneficios.
los sujetos comprendidos deberán formalizar la solicitud y cumplir con los requisitos que se establecen en esta Resolución hasta el día 30 de noviembre de 2024 inclusive.
Provincia de La Pampa
Ley 3589. Ley tarifaria 2024. B.O. 10/10/2024
Se sustituye el primer párrafo del artículo 4° de la Ley 3582 y se incrementa la alícuota prevista en la Ley Impositiva 2024 para las actividades desarrolladas por los Bancos u otras instituciones sujetas a la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 que registren habilitadas ante el Banco Central de la República Argentina más de 30 Agencias y/o sucursales en el Territorio de la Provincia de La Pampa (Cód. Act. 641910, 641920, 641930 y 641941) fijándose en el 20%.
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