Inscripción de Sucursales Dedicadas o Especiales

Inspección General de Justicia. Resolución General 19/2024. B.O. 5/9/2024

Mediante esta Resolución General la Inspección General de Justicia establece el procedimiento para realizar la Inscripción de las Sucursales Dedicadas o Especiales de acuerdo a lo previsto por el artículo 170 de la Ley N° 27.742 y el artículo 6 del ANEXO I del Decreto N° 749/2024.

La inscripción de una Sucursal Dedicada o Especial de una Sociedad Anónima, incluidas las Sociedades Anónimas Unipersonales (SAU), o de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, requiere la presentación de:

  • 1. Testimonio de escritura pública o instrumento privado original conteniendo la decisión de apertura de la Sucursal Dedicada o Especial a los efectos de adherir al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
  • 2. Dictamen contable expidiéndose sobre la composición de los bienes afectados a la asignación del capital de la Sucursal Dedicada o Especial.

La inscripción como Sucursal Dedicada o Especial de una sucursal correspondiente a una sociedad constituida en el extranjero, además de cumplir todos los recaudos indicados en el párrafo anterior, requiere la presentación de la resolución del órgano social competente de la matriz disponiendo la apertura de la Sucursal Dedicada o Especial a los efectos de adherir al RIGI.

Asimismo, se permite la inscripción de Sucursales Dedicadas o Especiales de S.A., S.R.L., o sociedades extranjeras inscriptas en los términos del art. 118 de la LGS, que se encuentren inscriptas en jurisdicción provincial. En tal caso, deberá presentarse un certificado que acredite la vigencia de la matrícula social, o en su defecto, incluirse los datos de registro en el dictamen de precalificación profesional.

Por último, se invita a los Registros Públicos de las jurisdicciones que adhieran al RIGI a replicar los procedimientos y normativas contenidos en esta resolución general y que consideren pertinentes, a efectos de permitir la inscripción en tales Registros Públicos a las Sucursales Dedicadas o Especiales, facilitando y haciendo más simple y efectiva su implementación en todo el territorio del país.

Esta Resolución General entrará en vigencia el día 6 de septiembre de 2024. 

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