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En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 154/2024 del Ministerio de Economía.

Mediante dicha Resolución, se requiere a la Dirección General de Aduanas que el control de las destinaciones de importación para consumo de las mercaderías alcanzadas por las resoluciones comprendidas en su Anexo (dictadas entre abril de 2019 y diciembre de 2023), se realice conforme los criterios de asignación de selectividad general según el procedimiento previsto por la Resolución N° 44/1998 de la Dirección General de Aduanas, y análisis de riesgo aduanero conforme la Resolución General N° 2605/2009 de AFIP.

Asimismo, mediante aquella Resolución, se deroga la Resolución N° 366/2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, mediante la cual se había comunicado a la Dirección General de Aduanas que el control de las destinaciones de importación para consumo de determinadas mercaderías (por ejemplo, alcanzadas por medidas vigentes que establecieran derechos antidumping o compensatorios definitivos), fuera realizado conforme el procedimiento de verificación previsto para los casos que tramitan por el canal rojo de selectividad.

La presente Resolución comienza a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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