Novedades Destacadas

Publicadas del 16 al 22 de septiembre de 2023, inclusive.

Impuesto a las Ganancias de los Trabajadores

AFIP. Resolución General 5417/2023. B.O. 16/9/2023

La Resolución General N° 5417/2023 de la AFIP publicada en el Boletín Oficial el día 16 de septiembre de 2023, dispuso que si durante los meses transcurridos en el segundo semestre de 2023, el valor promedio de la remuneración no hubiere superado 15 salarios mínimos, vitales y móviles, se deberá efectuar la devolución de las sumas retenidas a cuenta del Impuesto a las Ganancias sobre la segunda cuota del SAC, junto a las remuneraciones devengadas del mes de septiembre de 2023, bajo la leyenda “Devolución Decreto N° 473/23”.

La segunda cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023, quedará exenta del pago del tributo siempre que el monto de la remuneración bruta mensual o el promedio del segundo semestre calendario, no supere la suma equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes a la fecha antes indicada.

Por otra parte, se estableció que las liquidaciones mensuales correspondientes a rentas devengadas desde el 1° de octubre de 2023, quedarán exentas del pago del Impuesto a las Ganancias cuando la remuneración bruta del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones o haberes brutos mensuales a dicho mes, el que resultare menor -en el período que se extiende desde el 1 de octubre de 2023 y el 31 de diciembre de 2023-, no supere el equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigente al 1° de octubre de 2023.

A los efectos de lo mencionado en el párrafo anterior, los agentes de retención deberán computar, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada, en un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones en concepto de ganancias no imponible, cargas de familia y deducción especial, para que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.

Por último, se incrementó la escala de valores que los agentes de retención deben utilizar para determinar el importe de la retención aplicable.

 

Régimen de reintegro del IVA por compras con tarjetas de débito

Ministerio de Economía. Resolución 1373/2023. B.O. 16/9/2023

Se encomienda a la AFIP la ampliación del universo de beneficiarios del régimen de reintegros del IVA por compras con tarjetas de débito.

 

AFIP. Resolución General 5418/2023. B.O. 16/9/2023

Se reglamenta el régimen de reintegros del IVA por las compras de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, mediante la utilización de tarjetas de débito asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

El reintegro previsto comprenderá las transferencias instrumentadas mediante tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI), así como los pagos con débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR).

Se incorporan como beneficiarios los trabajadores en relación de dependencia, en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de 6 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, los trabajadores de casas particulares y a los monotributistas.

El monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $ 18.800.- por beneficiario.

Novedades Nacionales

Publicadas del 16 al 22 de septiembre de 2023, inclusive.

Programa de Incremento Exportador

Ministerio de Economía. Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.  Resolución 338/2023. B.O. 20/9/2023

Se establece que los exportadores que hayan adherido al Programa de Incremento Exportador creado mediante el Decreto N°576 de fecha 4 de septiembre de 2022 y reestablecido en último término por su similar N°443 de fecha 4 de septiembre de 2023, y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de los productos alcanzados por el citado Decreto N°576/22, vigentes, dentro del régimen creado por la Ley N°21.453 y su similar aclaratoria N°26.351, y con vencimiento del período de embarque y/o la prórroga automática hasta el 30 de septiembre de 2023, inclusive, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del período de embarque de hasta 240 días corridos.

 

Empleadores Sector Salud. Contribuciones Patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

AFIP. Resolución General 5420/2023. B.O. 22/9/2023

Se establecen las formalidades para que los empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) accedan al beneficio de eximición de Contribuciones Patronales con destino al SIPA establecido en el Decreto N° 478 del 14 de septiembre de 2023

Novedades Provinciales

Publicadas del 16 al 22 de septiembre de 2023, inclusive.

Provincia de San Luis

Dirección Provincial de Ingresos Públicos. Resolución General 24/2023. Devolución de importes abonados indebidamente y/o en exceso por tributos B.O. 01/9/2023.

Se actualiza el procedimiento que deberán cumplir los contribuyentes que hubieren abonado indebidamente y/o en exceso tributos y sus accesorios a fin de solicitar su devolución, compensación y/o acreditación.

Así como los requisitos que deben cumplir los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se encuentren alcanzados por los regímenes de retención y/o percepción del impuesto a fin de solicitar el certificado de “no retención” o “no percepción”.

 

Provincia de Santa Fe

API. Resolución General 16/2023. Nueva versión programa aplicativo SIPRIB B.O. 18/9/2023

Se aprueba la Versión 4 - Release 1 del Sistema de Percepciones y Retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (SIPRIB), mediante el cual los agentes de retención y/o percepción del citado impuesto podrán realizar la presentación y pago de sus respectivas declaraciones juradas.

 

Provincia de Chaco

ATP. Resolución General 2160/2023. Régimen de promoción de call center, contact center, alojamiento web y software, hardware y servicios informáticos. B.O. 8/9/2023

Mediante la Ley N° 3839-F, se ha modificado el régimen de promoción de call center, contact center, alojamiento web y software, hardware y servicios informáticos, ampliando de 12 a 16 años el plazo para usufructuar los beneficios de exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, estipulando que durante los primeros doce (12) años la exención será del 100%, y a partir del año decimotercero, la misma se reducirá en un 20% anual.

En ese sentido esta Resolución General actualiza la normativa vigente a fin de contemplar los cambios relacionados a la nueva codificación de las actividades relacionadas al régimen, y al plazo de vigencia del beneficio.

 

Provincia de Tucumán

Decreto 3017-3/2023. Impuesto de sellos. Alícuota 0%. Préstamos “Línea Desarrollo Argentino” B.O. 13/9/2023

Se establece en el Impuesto de Sellos, la alícuota del 0% para los actos, contratos, operaciones y toda otra documentación que se suscriba como consecuencia de los préstamos otorgados en el marco de la “Línea Desarrollo Argentino” (Inversión Productiva y Leasing-FONDEP) destinados a la Financiación de Inversiones de Pequeñas y Medianas Empresas. 

 

Dirección General de Rentas. Resolución General 64/2023. Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento. B.O. 11/9/2023

Se flexibiliza el procedimiento establecido para la remisión de la información, suprimiendo a tales efectos la obligatoriedad de la utilización de la Mesa de Entradas Virtual aprobada por la citada RG (DGR) N° 46/21.

 

Dirección General de Rentas. Resolución General 66/2023. Régimen de regularización de deudas fiscales. B.O. 21/9/2023

A efectos de acogerse al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021 se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias abonadas hasta el día 30 de septiembre de 2023 inclusive, con los respectivos intereses

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