Novedades Destacadas
Publicadas del 1 dal 7 de agosto de 2023, inclusive.
Concertación de Operaciones con Liquidación en Moneda Extranjera
CNV. Resolución General 969/2023. B.O. 3/8/2023
Mediante esta Resolución General se extienden las restricciones y demás condiciones a la concertación de operaciones de compra de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, alcanzados por lo dispuesto en el artículo 5° BIS del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y con determinados plazos de liquidación.
Los Agentes, respecto de los restantes sujetos no alcanzados por lo dispuesto en el mencionado artículo 5° BIS sólo podrán:
a) dar curso a órdenes para concertar operaciones de compra venta con valores negociables con liquidación en moneda extranjera, no alcanzados por lo dispuesto en el artículo 5° BIS; o
b) registrar operaciones de compra venta con valores negociables con liquidación en moneda extranjera, alcanzados por lo dispuesto en el artículo 5° BIS, en el segmento de negociación bilateral; o
c) dar curso a órdenes para concertar operaciones de compra de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, alcanzados por lo dispuesto en el artículo 5° BIS, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y en los plazos de liquidación de contado inmediato o de contado veinticuatro (24) horas; o
d) realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si:
- IEn los 15 días corridos anteriores, no se han concertado operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera en jurisdicción local o extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo; y
- Existe manifestación fehaciente de no concertar operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina, bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera en jurisdicción local o extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo, a partir del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 15 días corridos subsiguientes.
Novedades Nacionales
Publicadas del 1 al 7 de agosto de 2023, inclusive.
Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Incorporación del servicio “web” para la recepción de las autorizaciones de importación de pilas y baterías y de artículos que las contengan en su interior o exterior.
AFIP. Resolución General 5398/2023. B.O. 7/8/2023
Se incorpora al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la autorización para la importación definitiva o temporal de las pilas y baterías primarias identificadas en el artículo 3° de la Ley N° 26.184 y sus complementarias, y de aquellos aparatos o artículos que las contengan en su interior o exterior.
Importación. Prohibición a la importación de mercaderías no contempladas en otras normas aduaneras específicas.
AFIP y Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. Resolución General Conjunta 5397/2023. B.O. 7/8/2023
Mediante esta RG se modifica la Resolución General N° 2.146 y se actualiza la normativa aplicable en materia de prohibiciones que afectan a la importación, procediendo a actualizar aquellas que no han sido contempladas en otras normas aduaneras específicas.
Servicios de Comunicación Audiovisual. Cesión de espacios de publicidad para fines electorales. Certificado de Crédito Fiscal.
AFIP. Resolución General 5394/2023. B.O. 31/7/2023
Se establece el procedimiento para la transmisión de la información, registración, consulta e imputación de los certificados de crédito fiscal emitidos en el marco de lo establecido por el artículo 43 quáter de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos N° 26.215 y sus modificaciones, y demás normas reglamentarias.
Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs. Actualización del universo de “empresas grandes”
AFIP. Resolución General 5395/2023. B.O. 1/8/2023
Se sustituye el art. 2 de la RG AFIP 4.367 que dispuso -entre otras cuestiones- la forma, plazo y demás condiciones que deben observar los sujetos obligados o los que adhieran voluntariamente al régimen; así como las normas aplicables al “Registro de Facturas Electrónicas MiPyMEs” y se dispone que las “empresas grandes” mencionadas en el artículo 7º de la Ley Nº 27.440 serán aquellas cuyas ventas totales anuales superen los valores máximos establecidos en la Resolución Nº 220 del 12 de abril de 2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del ex Ministerio de Producción y Trabajo, y sus modificatorias, para la categoría “Mediana tramo 2” del sector que corresponda según la actividad principal declarada por el contribuyente ante la AFIP.
Anualmente la AFIP actualizará el universo de las empresas obligadas al régimen, quienes serán informadas de tal situación en su Domicilio Fiscal Electrónico hasta el séptimo día hábil del mes de mayo de cada año.
Esta Resolución entró en vigencia el 1 de agosto de 2023.
Emergencia Agropecuaria
Ministerio de Economía. Resolución 1070/2023. Provincia de Entre Ríos. B.O. 1/8/2023
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, dispuesto por el Artículo 1° de la Resolución N° 495 de fecha 21 de abril de 2023 del Ministerio de Economía, exclusivamente para las actividades agrícolas de soja, sorgo y maíz en todo el territorio provincial y de arroz irrigado por represas en los Departamentos de La Paz, Feliciano, Federal y Federación de la Provincia de Entre Ríos.
Novedades Provinciales
Publicadas del 1 al 7 de agosto de 2023, inclusive.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
AGIP- U.C.G.P.P. Resolución Conjunta 1/2023. Distrito del Vino y Transformación Urbana del Área Céntrica de la Ciudad de Buenos Aires. Régimen de beneficios impositivos. B.O. 1/8/2023
En los casos que el contribuyente integrante de un proyecto de desarrollo de espacios en los referidos regímenes promocionales cuente con obligaciones tributarias líquidas de cumplimiento exigible ante la AGIP, podrá solicitar que, del monto correspondiente al beneficio a obtener a razón de los mencionados regímenes, se le impute a la cancelación total de tales obligaciones, con más las costas e intereses que determine el Organismo Recaudador.
La AGIP procederá a compensar el beneficio fiscal otorgado, comenzando la cancelación por los períodos fiscales más antiguos de cualquiera de los tributos a cargo del organismo, conforme a lo establecido en el artículo 63 del Código Fiscal vigente.
El contribuyente deberá autorizar que la AGIP pase detalle de la deuda a la Autoridad de Aplicación, debiendo cumplimentar con las obligaciones del secreto fiscal aquellas personas que tomen conocimiento del detalle de los informes de deuda que brinde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
La aceptación de la compensación importa para los contribuyentes y responsables el allanamiento a la pretensión del Fisco.
Provincia de Santiago del Estero
Ministerio de Economía. Resolución 4179/2023. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Exención. B.O. 22/7/2023
Se extiende el plazo de exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos -L. (Sgo. del Estero) 7307- para las actividades sanatoriales por los períodos julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y por el 100% de la obligación de pago de dicho impuesto.
Provincia de Tucumán
Dirección General de Rentas. Resolución General 53/2023. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Nuevo aplicativo. B.O. 24/7/2023
Se aprueba el Release 26 del programa aplicativo denominado “DECLARACIÓN JURADA SiAPre (Sistema Aplicativo de Presentación) Versión 6.0”, que bajo la denominación “SiAPre V.6.0 – Release 26”, que será de utilización obligatoria a partir del 1° de Agosto de 2023 inclusive, para las presentaciones que efectúen los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que determinan el tributo bajo el régimen del Convenio Multilateral.
Decreto 2545/2023. Régimen de regularización de deudas fiscales. B.O. 2/8/2023
Se prorroga hasta el día 31 de agosto de 2023 inclusive, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021.
Dirección General de Rentas. Resolución General 55/2023. Régimen de regularización de deudas fiscales. B.O. 26/7/2023
A fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales previsto por el Decreto 1243/3-2021, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 31 de julio de 2023 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de marzo, abril, mayo y junio 2023, según la obligación de que se trate.
Provincia de San Juan
Dirección General de Rentas. Resolución 901/2023. Suspensión de la calificación de riesgo fiscal B.O. 28/7/2023
Se suspende por el mes de agosto de 2023 la operatividad de la calificación de riesgo fiscal prevista en el art. 6 de la Resolución DGR 1219/2014
Provincia de Corrientes
Dirección General de Rentas. Resolución General 245/2023. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. B.O. 31/7/2023
Se actualizan los parámetros de aplicación vigentes para el Régimen Unificado de Retenciones y Percepciones establecido por la Resolución General N°165/2000, en lo referido a la exclusión temporaria establecida en el artículo 8° del régimen.
En ese sentido se dispone que los saldos a favor serán imputables en las posiciones mensuales sucesivas, aun cuando excedan el período fiscal.
Cuando el importe del saldo a favor sea igual o superior a dos veces y media el impuesto declarado en la última declaración jurada presentada, el contribuyente podrá solicitar la exclusión temporaria del presente régimen.
Contactos
Contáctenos
- Encontrar ubicación de oficinas kpmg.findOfficeLocations
- kpmg.emailUs
- Redes sociales @ KPMG kpmg.socialMedia