Novedades Nacionales
Publicadas del 13 al 19 de mayo de 2023, inclusive.
Exterior y cambios. Adecuaciones
BCRA. Comunicación “A” 7770. 18/5/2023
En caso de nuevas financiaciones que no tengan vencimientos de capital y/o intereses hasta que hayan transcurrido 240 días corridos desde el registro de ingreso aduanero de los bienes y el vencimiento final de la financiación tenga lugar, como mínimo, una vez transcurrido 365 días corridos desde el registro de ingreso aduanero de los bienes, se admitirá, en la medida que se verifiquen ciertas condiciones, la aplicación de divisas de cobros de exportaciones de bienes a la cancelación de vencimientos de capital e intereses de ciertas operaciones:
Asimismo, los importadores que obtengan estas nuevas financiaciones podrán, a partir de transcurrido un plazo de 60 días corridos del registro de ingreso aduanero, hasta el equivalente en pesos del monto de las financiaciones registradas:
- Acreditarlo en una cuenta especial cuya retribución se determine en función de la evolución del tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 del BCRA, como las previstas en las normas de “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”.
- Suscribir Letras Internas del BCRA en pesos y liquidables por el Tipo de Cambio de Referencia de la mencionada Comunicación “A” 3500 del BCRA.
La suma del valor de los montos depositados en las mencionadas cuentas y de las tenencias en las letras del BCRA asociados a la financiación no podrá exceder el equivalente del monto pendiente de cancelación convertido al tipo de cambio de referencia (Comunicación “A” 3500) del cierre del día hábil previo.
BCRA. Comunicación “A” 7771. 18/5/2023
Se establece que las entidades sólo podrán dar acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes en el marco de lo dispuesto en los puntos 8.1. a 8.6.de la Comunicación “A”7622 y complementarias cuando se verifiquen las siguientes condiciones:
- se trate de un pago que corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” hasta el 11.5.23.
- se trate de un pago con registro de ingreso aduanero pendiente que corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” a partir del 12.5.23 y la entidad constató que a la declaración se le asignó un plazo de 0 (cero) días corridos.
También, se deroga la excepción establecida para el código de concepto “S02. Servicios de fletes”, por lo que para dar acceso al mercado de cambios para cursar pagos de servicios por el mencionado concepto las entidades deberán requerir una declaración efectuada a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) en estado "APROBADA".
Otras Novedades Nacionales
Publicadas del 13 al 19 de mayo de 2023, inclusive.
Regímenes de información relacionados con la compraventa de automotores y la transferencia de inmuebles
AFIP. Resolución General 5362/2023. B.O. 19/3/2023
A partir del 1 de junio se incrementan los importes a partir de los cuales las operaciones de venta de automotores y de inmuebles resultan alcanzadas por los regímenes de información.
Novedades Provinciales
Publicadas del 13 al 19 de mayo de 2023, inclusive.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley 6644. Impuesto de Sellos a los resúmenes de tarjetas de crédito. B.O. 19/5/2023
Se deja sin efecto el Impuesto de Sellos respecto de las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22 de diciembre de 2022 hasta el día 9 de marzo de 2023 para la remisión a sus titulares.
Asimismo, se encomienda al Poder Ejecutivo a efectuar la devolución de los importes percibidos en virtud de lo establecido en el artículo 1° de la presente Ley.
Dirección General de Rentas. Resolución 1257/2023. B.O. 16/5/2023
Se incorporan al Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 311/2020-, a los a los sujetos pasivos y Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos.
Provincia de Buenos Aires
ARBA. Resolución Normativa 22/2023. B.O. 16/5/2023
Se prevé que los interesados que deseen acceder a los beneficios impositivos que establece el “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”; deberán requerirlo ante el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER) y que dicho Registro deberá comunicar a esta Agencia de Recaudación los certificados que expida al efecto y aquellos que recepcione de Usuarios-Generadores radicados en el ámbito de la Provincia bajo áreas de concesión de jurisdicción nacional; como así también los cambios que puedan producirse, que impliquen una modificación en el alcance de las dispensas otorgadas o su cese; a fin de que ARBA proceda a registrar en su base de datos las novedades que correspondan.
Los beneficios referidos al Impuesto sobre los Ingresos Brutos – exención por 12 años a la inyección de los excedentes de energía renovables a la red de distribución que efectúe el usuario generador- serán registrados en la base de datos de ARBA, en tanto los sujetos a favor de los cuales se hubieran reconocido se encuentren debidamente inscriptos como contribuyentes del tributo ante la Agencia de Recaudación.
Provincia de Entre Ríos
Decreto 1313/2023. “Régimen Especial de Regularización Fiscal” B.O. 11/5/2023
Se establece un “Régimen Especial de Regularización Fiscal” destinado a contribuyentes y responsables para la cancelación de sus obligaciones adeudadas en concepto de tributos administrados por el organismo recaudador de Entre Ríos.
Están alcanzadas por el mencionado Régimen las obligaciones tributarias adeudadas, cuyos vencimientos hubieran operado hasta el día 31 de marzo de 2023, incluyendo sus accesorios y multas, de todos los tributos provinciales administrados por la citada entidad provincial, independientemente de que las mismas se encuentren intimadas, en gestión extrajudiclal, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, juicios de ejecución fiscal, verificadas en concurso preventivo o quiebra, o en otros regímenes de regularizaron vigentes o caducos al momento de la regularización.
El plazo para el acogimiento al régimen se extenderá desde 01 de junio de 2023 hasta el 30 de junio de 2023.
Provincia de Neuquén
Ley 3376. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. B.O. 11/5/23
Se reduce al 1,5% la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los servicios profesionales cuando sean prestadas a personas humanas o jurídicas que tengan como actividad principal alguna de las actividades de construcción y se establece que para acceder a esta alícuota diferencial, las empresas constructoras deben estar registradas en el Padrón de Constructores, de acuerdo con la reglamentación que establezca la Dirección Provincial de Rentas.
Provincia de Tucumán
Decreto 1525-3/23. Impuestos sobre los Ingresos Brutos. B.O. 12/5/23
Se establece temporalmente un esquema de alícuotas diferenciales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para determinadas actividades de elaboración de productos alimenticios cuando las ventas se efectúen a consumidores finales, siempre que se verifique el cumplimiento de determinados requisitos y condiciones.
Provincia de Chaco
Administradora Tributaria Provincial. Resolución General 2156/2023. Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas. 17/5/23
Se actualiza a $800.000.000 el monto máximo de ventas anuales que deben haber obtenido los contribuyentes en el año calendario inmediato anterior, para acceder al Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas.
Contactos
Contáctenos
- Encontrar ubicación de oficinas kpmg.findOfficeLocations
- kpmg.emailUs
- Redes sociales @ KPMG kpmg.socialMedia