Novedades Nacionales
Publicadas del 22 al 28 de abril de 2023, inclusive.
Venta de Valores Negociables con Liquidación en Moneda Extranjera. Plazos Mínimos De Tenencia. Cauciones Tomadoras Y Otras Operatorias.
Comisión Nacional de Valores. Resolución General 959/2023. B.O. 2/5/2023
Se establecen ciertas restricciones para quienes posean posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación, o hayan obtenido cualquier tipo de financiamiento, y quieran concertar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera.
Se deben observar nuevos plazos mínimos de tenencia de dichos valores negociables en cartera y se establecen ciertas regulaciones específicas para la concertación y liquidación de operaciones por parte de aquellas subcuentas alcanzadas por el concepto de cartera propia y que revistan el carácter de inversores calificados.
Otras Novedades Nacionales
Publicadas del 22 al 28 de abril de 2023, inclusive.
Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)
AFIP y Secretaría de Comercio. Resolución General Conjunta 5351/2023. B.O. 27/4/2023
Se adecua el “Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)” y se dispone que la declaración efectuada a través del referido servicio “web” -declaración SIRASE- que tenga estado de APROBADA tendrá un plazo de vigencia de 90 días corridos, contado desde la fecha en que haya adquirido dicho estado.
Adicionalmente, la información registrada en SIRASE, será puesta a disposición de los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), a efectos de su intervención en el ámbito de sus respectivas competencias. Para ello, podrán solicitar a la AFIP la inclusión de la información complementaria que estimen necesaria.
Los aludidos Organismos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos, contados desde el registro en el SIRASE. Sin embargo, los plazos podrán ampliarse en aquellos casos en que la competencia específica del Organismo adherente así lo amerite.
Esta Resolución entró en vigencia el 27 de abril de 2023.
Emergencia Agropecuaria. Beneficios Fiscales. Su implementación.
AFIP. Resolución General 5350/2023. B.O. 27/4/2023
Se establece el procedimiento para que los contribuyentes cuya actividad principal declarada a la fecha de dictado del Decreto N°193 del 9 de abril de 2023 sea la agrícola-ganadera y el inmueble en el que se desarrolle la misma se encuentre ubicado en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía -declarada, homologada y vigente en los términos de la Ley N° 26.509 y sus modificaciones al 10 de abril de 2023 y las que se declaren y homologuen hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive-, accedan a los beneficios dispuestos por el aludido decreto.
Asimismo, se establece un régimen especial de facilidades de pago en el marco de lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto N° 193/23, para los sujetos caracterizados conforme a lo previsto en el Título I, destinado a la regularización de:
a) Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas hasta el 31 de marzo de 2023, inclusive.
b) Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, todo ello formulado hasta el 31 de marzo de 2023, inclusive, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.
La regularización mediante el presente régimen no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
Emergencia Agropecuaria
Ministerio De Economía. Resolución 495/2023. B.O. 25/4/2023
En la Provincia de Entre Ríos se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1° de diciembre de 2022 y hasta el 30 de junio de 2023, a las explotaciones agrícolas de soja de primera y segunda, de sorgo, de maíz, citrícolas, hortícolas y apícolas, en todo el territorio provincial; y de arroz irrigado por represas, en los Departamentos afectados por sequía agravado por altas temperaturas.
Emergencia Agropecuaria
Ministerio De Economía. Resolución 532/2023. B.O. 27/4/2023
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 10 de marzo de 2023 y hasta el 9 de marzo de 2024, a las explotaciones avícolas afectadas por influenza aviar altamente patógena, en el Departamento General Roca de la Provincia de Río Negro.
Emergencia Agropecuaria
Ministerio De Economía. Resolución 538/2023. B.O. 28/4/2023
En la Provincia de La Pampa, se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario de ciertas localidades, según corresponda, desde el 23 de septiembre de 2022 al 31 de marzo de 2023, a las explotaciones agrícolas y ganaderas, afectadas por sequía.
Reglamento de Crédito del Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo.
Ministerio De Economía. Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. Resolución 168/2023. B.O. 27/04/2023.
Se modifica el Reglamento de Crédito del Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo. La nueva versión cuenta con la No Objeción del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Novedades Provinciales
Publicadas del 22 al 28 de abril de 2023, inclusive.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
AGIP. Resolución 94/2023. Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Operaciones reiteradas. B.O. 21/4/2023
Se introducen modificaciones al Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
En ese sentido, se considera que los sujetos realizan operaciones reiteradas cuando superan la cantidad de 25 operaciones por mes calendario con adquirentes o prestatarios con domicilio denunciado, real o legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y superan el monto de $50000.-
Esta Resolución rige a partir del día 1° de mayo de 2023.
Provincia de Tucumán
Decreto 1084/2023. Emergencia agropecuaria. B.O. 21/4/2023
Se declara el Estado de Emergencia Agropecuaria en toda la Provincia excepto en el Departamento de Tafí del Valle, para los cultivos de soja, maíz, poroto, sorgo, caña de azúcar, citrus, palta y para la actividad ganadera en su conjunto, en el marco de la Ley N° 5.860 (texto consolidado), debido a los fenómenos climáticos extraordinarios y a la incidencia de la sequía acaecida entre octubre 2022 hasta marzo de 2023, que afectaron la producción de los cultivos arriba descriptos en un porcentaje superior al 50%, en virtud de lo considerado precedentemente.
Se establece como fecha de iniciación de la presente Declaración el día 23 de marzo de 2023 con finalzación prevista para el 23 de marzo de 2024.
Dirección General de Rentas. Resolución 31/2023. Régimen de regularización de deudas fiscales B.O. 26/4/2023
A los efectos de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. 1243/3(ME)-2021-, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias abonadas hasta el día 30 de Abril de 2023 inclusive, con los respectivos intereses establecidos en el artículo 50 del Código Tributario Provincial, conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del citado artículo 3°, cuyos vencimientos operaron durante los meses de Diciembre de 2022, y Enero, Febrero y Marzo de 2023, según la obligación de que se trate.
Provincia de Chaco
Ley 3776-F. Impuesto de sellos. Exención. B.O. 24/4/2023
Se incorpora la exención en el Impuesto de Sellos para los contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda familiar única, debidamente inscriptos en el Registro de Locaciones de Inmuebles de la AFIP, cuyo valor locativo mensual no supere la suma $80.000 y una valuación fiscal del inmueble alquilado inferior a $600.000.-
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