Novedades Nacionales

PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR

Decreto 787/2022. Restablecimiento. B.O. 28/11/2022

 

Se restablece, de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador creado por el Decreto Nº576 del 4 de septiembre de 2022, para aquellos sujetos que hayan exportado soja y productos derivados en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este Decreto.  

El contravalor de la exportación de las mencionadas mercaderías deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios. El BCRA establecerá los mecanismos para que el contravalor de las mercaderías exportadas, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, se perfeccione a $ 230.- por dólar estadounidense.

Esta condición extraordinaria y transitoria de liquidación de divisas no afectará la metodología por la cual se calcula el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 del BCRA. 

Quienes adhieran a este Programa deberán efectuar la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y liquidar las divisas en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de diciembre de 2022, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación.