IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE LOS TRABAJADORES
Decreto N°298/2022. Actualización de los pisos mínimos para la tributación del Impuesto B.O. 07/06/2022
El Poder Ejecutivo, mediante la publicación el Decreto N°298/2022 ha actualizado para el período fiscal 2022 y a los fines de lo dispuesto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (LIG) -texto ordenado en 2019 y sus modificaciones- referido a la exención del Sueldo Anual Complementario (SAC), el monto de la remuneración y/o del haber bruto, en $280.792 mensuales, inclusive.
Por otra parte, se eleva a $280.792 el piso mínimo a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados tributarán el Impuesto a las Ganancias.
En estos casos, se deberán adicionar a la deducción del apartado 2 del inciso c) del artículo 30 de la LIG, una deducción especial incrementada equivalente al monto que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c) del citado artículo 30, de manera tal que será igual al importe que -una vez computada- determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a 0.
Asimismo, se incrementa a $324.182 el monto de remuneración y/o haber bruto hasta el cual resultará de aplicación la deducción especial incrementada que se estableciera en el Anexo IV de la RG (AFIP) N°5008/2021.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente, conforme lo prevé la segunda parte del anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley del Impuesto y adecuará las disposiciones referidas al régimen de retención aplicable, en virtud de las modificaciones introducidas por la presente medida.
Las disposiciones del presente Decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de junio de 2022, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1° (exención del SAC), que surtirá efectos conforme a lo allí previsto.