IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE LOS TRABAJADORES
Decreto N°620/2021. Aumento del mínimo no imponible. B.O. 23/09/2021.
Se eleva a $175.000 el piso mínimo a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados tributarán el Impuesto a las Ganancias.
Asimismo, se incrementa a $203.000 el monto de remuneración y/o haber bruto hasta el cual resultará de aplicación la deducción especial incrementada que se estableciera en el Anexo IV de la RG (AFIP) N° 5008/2021.
Por último se establece que la segunda cuota del aguinaldo del año 2021 estará exenta del Impuesto para los trabajadores cuyo promedio de remuneraciones del segundo semestre no supere los $175.000.
Las disposiciones del Decreto entran en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2021, inclusive.